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  Economía  «En tus vacaciones no tienes que contestar a tu jefe, pero sí que puede sancionarte»: un experto explica este derecho
Economía

«En tus vacaciones no tienes que contestar a tu jefe, pero sí que puede sancionarte»: un experto explica este derecho

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En la realidad actual del mercado de trabajo, desconectar del mismo cuando termina la jornada sigue siendo una de las asignaturas pendientes para miles de trabajadores en España. La facilidad para recibir un mensaje, una llamada o un correo electrónico en cualquier momento ha difuminado cada vez más la frontera entre el tiempo personal y el laboral. El móvil se ha convertido en una extensión de la oficina y, aunque la ley reconoce el derecho a la desconexión digital, la realidad demuestra que muchos empleados continúan pendientes de cualquier notificación incluso durante sus vacaciones o en sus días de descanso.. Los datos reflejan hasta qué punto esta situación se ha normalizado. La encuesta sobre Desconexión Digital elaborada por InfoJobs en 2026 muestra que dos de cada tres trabajadores, el 66%, tienen instaladas en su teléfono personal aplicaciones o herramientas para comunicarse con la empresa. Entre quienes teletrabajan, esa cifra se acerca a ocho de cada diez, es decir, un 78%. Además, solo el 46% consigue desconectar realmente cuando termina su jornada y una parte importante de los empleados relaciona los contactos laborales fuera del horario con sentimientos de presión y desgaste, una percepción que evidencia el impacto que esta práctica tiene sobre el bienestar.. En este contexto surge una duda muy habitual cada vez que llegan las vacaciones. En este contexto, ¿está un trabajador obligado a responder si su jefe le llama para pedirle que vuelva a la oficina o que resuelva un problema urgente? La respuesta legal parece clara, aunque existen matices importantes que pueden generar consecuencias. Sobre esta cuestión ha querido pronunciarse Ignacio de la Calzada, abogado laboralista conocido en redes sociales por divulgar de forma sencilla los derechos laborales y resolver las dudas más frecuentes de los trabajadores.. ¿Tienes que responder o puedes ignorar la llamada de tu jefe?. El abogado plantea una situación muy reconocible. Un empleado está descansando en casa, viendo la televisión, de viaje o simplemente disfrutando de su tiempo libre cuando recibe la llamada de su responsable para pedirle que regrese a trabajar porque ha surgido una urgencia. En ese escenario, explica que la legislación protege al trabajador mediante el derecho a la desconexión digital. Eso significa que no tiene obligación de contestar la llamada, de responder a un mensaje ni de acudir al trabajo fuera de su jornada o durante sus vacaciones. Tampoco puede ser sancionado únicamente por ejercer ese derecho.. Cuidado con la naturaleza de la llamada: te puede salir caro. Sin embargo, De la Calzada advierte de que conviene distinguir entre una petición imprevista de la empresa y una situación derivada de una actuación negligente del propio trabajador. Si la empresa reclama que vuelva simplemente porque ha aparecido una tarea urgente, el empleado puede negarse sin incumplir la ley. Pero si el origen del problema está en un error grave o una negligencia cometida anteriormente por ese trabajador, la situación cambia. Aunque sigue sin existir la obligación de interrumpir las vacaciones para solucionarlo, la empresa sí podría valorar posteriormente esa conducta y, si considera acreditada una negligencia, imponer una sanción conforme a la normativa laboral.. «En tus vacaciones no tienes que contestar, pero pueden sancionarte». Por ello, el experto insiste en que el derecho a la desconexión digital no elimina el resto de responsabilidades que un trabajador mantiene con su empresa. La ley impide que el empresario exija trabajo fuera del horario establecido, pero no protege frente a las consecuencias que pueda acarrear una actuación negligente realizada durante la jornada laboral. En definitiva, disfrutar del descanso sin responder llamadas o mensajes es un derecho reconocido, aunque eso no significa que desaparezcan las posibles responsabilidades si el conflicto tiene su origen en un incumplimiento previo. Como recuerda el abogado, los derechos existen, pero también las obligaciones.

 

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En la realidad actual del mercado de trabajo, desconectar del mismo cuando termina la jornada sigue siendo una de las asignaturas pendientes para miles de trabajadores en España. La facilidad para recibir un mensaje, una llamada o un correo electrónico en cualquier momento ha difuminado cada vez más la frontera entre el tiempo personal y el laboral. El móvil se ha convertido en una extensión de la oficina y, aunque la ley reconoce el derecho a la desconexión digital, la realidad demuestra que muchos empleados continúan pendientes de cualquier notificación incluso durante sus vacaciones o en sus días de descanso.. Los datos reflejan hasta qué punto esta situación se ha normalizado. La encuesta sobre Desconexión Digital elaborada por InfoJobs en 2026 muestra que dos de cada tres trabajadores, el 66%, tienen instaladas en su teléfono personal aplicaciones o herramientas para comunicarse con la empresa. Entre quienes teletrabajan, esa cifra se acerca a ocho de cada diez, es decir, un 78%. Además, solo el 46% consigue desconectar realmente cuando termina su jornada y una parte importante de los empleados relaciona los contactos laborales fuera del horario con sentimientos de presión y desgaste, una percepción que evidencia el impacto que esta práctica tiene sobre el bienestar.. En este contexto surge una duda muy habitual cada vez que llegan las vacaciones. En este contexto, ¿está un trabajador obligado a responder si su jefe le llama para pedirle que vuelva a la oficina o que resuelva un problema urgente? La respuesta legal parece clara, aunque existen matices importantes que pueden generar consecuencias. Sobre esta cuestión ha querido pronunciarse Ignacio de la Calzada, abogado laboralista conocido en redes sociales por divulgar de forma sencilla los derechos laborales y resolver las dudas más frecuentes de los trabajadores.. ¿Tienes que responder o puedes ignorar la llamada de tu jefe?. El abogado plantea una situación muy reconocible. Un empleado está descansando en casa, viendo la televisión, de viaje o simplemente disfrutando de su tiempo libre cuando recibe la llamada de su responsable para pedirle que regrese a trabajar porque ha surgido una urgencia. En ese escenario, explica que la legislación protege al trabajador mediante el derecho a la desconexión digital. Eso significa que no tiene obligación de contestar la llamada, de responder a un mensaje ni de acudir al trabajo fuera de su jornada o durante sus vacaciones. Tampoco puede ser sancionado únicamente por ejercer ese derecho.. Cuidado con la naturaleza de la llamada: te puede salir caro. Sin embargo, De la Calzada advierte de que conviene distinguir entre una petición imprevista de la empresa y una situación derivada de una actuación negligente del propio trabajador. Si la empresa reclama que vuelva simplemente porque ha aparecido una tarea urgente, el empleado puede negarse sin incumplir la ley. Pero si el origen del problema está en un error grave o una negligencia cometida anteriormente por ese trabajador, la situación cambia. Aunque sigue sin existir la obligación de interrumpir las vacaciones para solucionarlo, la empresa sí podría valorar posteriormente esa conducta y, si considera acreditada una negligencia, imponer una sanción conforme a la normativa laboral.. «En tus vacaciones no tienes que contestar, pero pueden sancionarte». Por ello, el experto insiste en que el derecho a la desconexión digital no elimina el resto de responsabilidades que un trabajador mantiene con su empresa. La ley impide que el empresario exija trabajo fuera del horario establecido, pero no protege frente a las consecuencias que pueda acarrear una actuación negligente realizada durante la jornada laboral. En definitiva, disfrutar del descanso sin responder llamadas o mensajes es un derecho reconocido, aunque eso no significa que desaparezcan las posibles responsabilidades si el conflicto tiene su origen en un incumplimiento previo. Como recuerda el abogado, los derechos existen, pero también las obligaciones.

 

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