Skip to content
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
  • Portada
  • Nacional
  • Internacional
  • Economía
  • Deporte
  • Cultura
  • Tecnología y Ciencia
  • Entretenimiento
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
  • Portada
  • Nacional
  • Internacional
  • Economía
  • Deporte
  • Cultura
  • Tecnología y Ciencia
  • Entretenimiento
  • Contacto
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
  Economía  Le despidieron tras arrojar licor a su jefe y orinar en el almacén en una fiesta de la empresa: intentó que el cese fuese improcedente, pero la Justicia no le dio la razón
Economía

Le despidieron tras arrojar licor a su jefe y orinar en el almacén en una fiesta de la empresa: intentó que el cese fuese improcedente, pero la Justicia no le dio la razón

4 de agosto de 2026
Más noticias

La jubilación cambia para siempre en 2027: necesitarás 38 años y 6 meses cotizados para retirarte a los 65

23 de julio de 2026

Es oficial: el precio de la gasolina volverá a subir en el mes de agosto por la reducción de este descuento

22 de julio de 2026

CriteriaCaixa gana 1.248 millones de euros en el primer semestre

30 de julio de 2026

¿Qué ocurre si se inunda al vecino al atascarse el desagüe de la terraza? La Audiencia Provincial de Navarra aclara la responsabilidad

22 de julio de 2026

La sentencia número 110/2019, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid el 1 de febrero de 2019, ha venido a confirmar que el comportamiento de un trabajador durante la fiesta de aniversario de su empresa justificaba su despido disciplinario.. Los hechos ocurrieron el 16 de diciembre de 2017, cuando el empleado, que llevaba 12 años en la compañía, protagonizó una serie de incidentes que llevaron a su empleador a tomar la decisión de despedirlo. El juzgado de instancia declaró procedente el despido y el trabajador recurrió sin éxito ante el tribunal superior.. Durante la celebración del vigésimo aniversario de la empresa, que tuvo lugar en las propias instalaciones fuera del horario laboral, el trabajador se dirigió de manera agresiva a un asesor externo de la compañía que se encontraba conversando con un compañero. Le llamó «hijo de puta» y, haciendo gestos obscenos, insultó al asesor calificándolo de «abogaducho de mierda» y afirmando que «se la chupaba a los jefes», a quienes también se refirió como «unos hijos de puta». La actitud del empleado no se detuvo ahí.. Una escalada de conductas inapropiadas. A continuación, el trabajador se dirigió a su encargado, que estaba hablando con un grupo de personas, y le lanzó un vaso de licor a la cara de forma violenta y sin mediar provocación alguna. Tras este acto, abandonó el lugar pero regresó pasados unos minutos y, en el almacén de la empresa, se puso a orinar sobre los materiales que allí se encontraban. Fue entonces cuando uno de los socios de la compañía le pidió que se marchara definitivamente.. Pero estos hechos no fueron un incidente aislado. Durante las semanas anteriores, el trabajador ya había protagonizado otros comportamientos conflictivos en las obras donde prestaba servicios. Según declararon varios testigos, era habitual que se dirigiera a sus compañeros para decirles que dejaran de trabajar porque estaban «regalando dinero a la empresa». Incluso llegaba a apagar las máquinas de sus compañeros mientras estaban trabajando, lo que generó quejas al encargado. Estos antecedentes, sumados a dos sanciones previas por embriaguez y por faltas de respeto a un superior, agravaron la valoración de su conducta.. La justicia respalda la decisión empresarial. El Tribunal Superior de Justicia consideró que los testimonios de los testigos presenciales eran suficientes para acreditar los hechos y que la conducta del trabajador constituía una falta laboral de carácter grave. La sala destacó que las agresiones verbales y las ofensas a compañeros y superiores suponen una profunda alteración de la convivencia en la empresa y constituyen un incumplimiento contractual que justifica la máxima sanción.. El tribunal señaló que la actitud del trabajador reflejaba una abierta confrontación con la empresa y una falta de respeto que quebrantaba el principio de buena fe que debe regir las relaciones laborales. Aunque el trabajador intentó impugnar la decisión alegando que los testigos no eran imparciales por su vinculación con la empresa, el tribunal rechazó el argumento al considerar que sus declaraciones eran presenciales y directas, sin que se hubiera demostrado que existiera un interés real en perjudicarle.. El fallo confirmó así la procedencia del despido, sin derecho a indemnización ni a salarios de tramitación.

 

​ 

La sentencia número 110/2019, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid el 1 de febrero de 2019, ha venido a confirmar que el comportamiento de un trabajador durante la fiesta de aniversario de su empresa justificaba su despido disciplinario.. Los hechos ocurrieron el 16 de diciembre de 2017, cuando el empleado, que llevaba 12 años en la compañía, protagonizó una serie de incidentes que llevaron a su empleador a tomar la decisión de despedirlo. El juzgado de instancia declaró procedente el despido y el trabajador recurrió sin éxito ante el tribunal superior.. Durante la celebración del vigésimo aniversario de la empresa, que tuvo lugar en las propias instalaciones fuera del horario laboral, el trabajador se dirigió de manera agresiva a un asesor externo de la compañía que se encontraba conversando con un compañero. Le llamó «hijo de puta» y, haciendo gestos obscenos, insultó al asesor calificándolo de «abogaducho de mierda» y afirmando que «se la chupaba a los jefes», a quienes también se refirió como «unos hijos de puta». La actitud del empleado no se detuvo ahí.. Una escalada de conductas inapropiadas. A continuación, el trabajador se dirigió a su encargado, que estaba hablando con un grupo de personas, y le lanzó un vaso de licor a la cara de forma violenta y sin mediar provocación alguna. Tras este acto, abandonó el lugar pero regresó pasados unos minutos y, en el almacén de la empresa, se puso a orinar sobre los materiales que allí se encontraban. Fue entonces cuando uno de los socios de la compañía le pidió que se marchara definitivamente.. Pero estos hechos no fueron un incidente aislado. Durante las semanas anteriores, el trabajador ya había protagonizado otros comportamientos conflictivos en las obras donde prestaba servicios. Según declararon varios testigos, era habitual que se dirigiera a sus compañeros para decirles que dejaran de trabajar porque estaban «regalando dinero a la empresa». Incluso llegaba a apagar las máquinas de sus compañeros mientras estaban trabajando, lo que generó quejas al encargado. Estos antecedentes, sumados a dos sanciones previas por embriaguez y por faltas de respeto a un superior, agravaron la valoración de su conducta.. La justicia respalda la decisión empresarial. El Tribunal Superior de Justicia consideró que los testimonios de los testigos presenciales eran suficientes para acreditar los hechos y que la conducta del trabajador constituía una falta laboral de carácter grave. La sala destacó que las agresiones verbales y las ofensas a compañeros y superiores suponen una profunda alteración de la convivencia en la empresa y constituyen un incumplimiento contractual que justifica la máxima sanción.. El tribunal señaló que la actitud del trabajador reflejaba una abierta confrontación con la empresa y una falta de respeto que quebrantaba el principio de buena fe que debe regir las relaciones laborales. Aunque el trabajador intentó impugnar la decisión alegando que los testigos no eran imparciales por su vinculación con la empresa, el tribunal rechazó el argumento al considerar que sus declaraciones eran presenciales y directas, sin que se hubiera demostrado que existiera un interés real en perjudicarle.. El fallo confirmó así la procedencia del despido, sin derecho a indemnización ni a salarios de tramitación.

 

FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail
La abuela de Padrejón que enamora a todo ‘Grand Prix’ y a Ramón García: «Te quito 15 años y nadie dice nada»
Paula Blasi logra la libertad en el UAE y vuela espléndida en la crono del Tour de Francia
Noticias similares
Economía

SpaceX pierde 5.488 millones en el primer semestre, un 257% más, pero dispara sus ingresos un 92% tras su salida a bolsa

4 de agosto de 2026 10925
Economía

Santiago Niño Becerra, sobre el descenso del paro en España en julio: “Mucho volumen, pero ni aumenta el valor añadido ni los salarios”

4 de agosto de 2026 10147
Economía

«Prefieren venir enfermos a perder dinero»: una administrativa sentencia el debate sobre el absentismo laboral

4 de agosto de 2026 3707
Economía

China y EEUU unen fuerzas en España con una alianza industrial que garantiza 4.200 empleos en el motor económico del país

4 de agosto de 2026 4047
Entradas Relacionadas
Nacional

El Gobierno de Ayuso pagó 6,3 millones por el ático de Chamberí

4 de agosto de 2026 6102
Economía

SpaceX pierde 5.488 millones en el primer semestre, un 257% más, pero dispara sus ingresos un 92% tras su salida a bolsa

4 de agosto de 2026 10925
Nacional

Última hora de la entrada de inmigrantes a Ceuta, en directo | El PP, sobre la acogida de menores llegados a Ceuta: “Las comunidades no aceptarán las consecuencias de la irresponsabilidad del Gobierno”

4 de agosto de 2026 283
Deporte

Tensión en el mundo del boxeo: desaparece sin dejar rastro el paquistaní Qudrat Ullah tras representar a su país en Glasgow

4 de agosto de 2026 8207
Deporte

Marta Kostyuk, tenista ucraniana: «Cada día es distinto: nunca sabes dónde caerá un misil»

4 de agosto de 2026 10063
    2025 © Zocalopublico.com | Todos los Derechos Reservados
    • Contacto
    • Sobre Nosotros
    • Aviso Legal
    • Política de Privacidad
    • Política de Cookies