Skip to content
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
  • Portada
  • Nacional
  • Internacional
  • Economía
  • Deporte
  • Cultura
  • Tecnología y Ciencia
  • Entretenimiento
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
  • Portada
  • Nacional
  • Internacional
  • Economía
  • Deporte
  • Cultura
  • Tecnología y Ciencia
  • Entretenimiento
  • Contacto
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
  Economía  El Supremo reafirma que no todos los interinos tienen derecho a una plaza fija y se la deniega a una trabajadora por no haber aprobado una oposición previa
Economía

El Supremo reafirma que no todos los interinos tienen derecho a una plaza fija y se la deniega a una trabajadora por no haber aprobado una oposición previa

18 de julio de 2026

Atender a los pasajeros en un aeropuerto canario fue durante más de un lustro la vida laboral de esta trabajadora, que enlazó ocho contratos temporales sin que la necesidad del servicio desapareciera nunca.

Su historia arrancó en 2006, cuando se inscribió en una bolsa de trabajo creada por una convocatoria pública de la entidad gestora de los aeropuertos. Aquella bolsa era el mecanismo para cubrir puestos de apoyo y atención a usuarios, y gracias a ella empezó a ser llamada en 2011. A partir de ahí, los contratos se sucedieron con objetos diversos (campañas, planes de calidad, sustituciones) pero siempre en el mismo destino y realizando tareas que, según testificaron sus compañeros, eran idénticas a las del personal fijo.

La trabajadora, convencida de que esta temporalidad continuada le otorgaba el derecho a la estabilidad, llevó su caso a los tribunales. Tanto el juzgado de lo social como el Tribunal Superior de Justicia de Canarias le dieron la razón y declararon su relación laboral como fija.

Sin embargo, la empresa pública recurrió al Tribunal Supremo argumentando que, al pertenecer al sector público estatal, la fijeza solo podía alcanzarse si la empleada había superado un proceso selectivo basado en los principios de igualdad, mérito y capacidad. El alto tribunal, en la sentencia número 622/2026 dictada el 7 de julio, ha terminado por darle la vuelta al caso y denegar la fijeza.

El motivo es claro: no consta que la demandante aprobara ninguna oposición para acceder a un puesto fijo. La bolsa de trabajo de la que procedía era un instrumento para contrataciones temporales y, aunque se formó a partir de una convocatoria pública, no equivalía a un proceso de selección para plaza fija con los filtros constitucionales exigidos.

El Supremo recuerda que «la conversión de la relación laboral temporal en fija solo se produce cuando el trabajador que sufre el abuso en la temporalidad había superado un proceso selectivo para personal fijo sin obtener plaza«, aplicando la doctrina fijada por el propio tribunal semanas antes tras el reciente pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

La frontera entre la bolsa de trabajo y la oposición

La diferencia no es menor. Quienes han logrado la fijeza en sentencias recientes compartían un rasgo común: habían aprobado ejercicios, acudido a tribunales y demostrado su capacitación en una convocatoria de empleo público permanente, aunque el número de plazas les impidiera obtener un puesto en aquel momento. Esta trabajadora, en cambio, solo figuraba en una lista de reserva para cubrir necesidades puntuales.

El tribunal insiste en que esa vía de acceso no garantiza los principios de igualdad, mérito y capacidad, que son la base del empleo público y no pueden ser soslayados por muy prolongada que sea la temporalidad sufrida.

La resolución no cuestiona que pudiera existir un uso abusivo de la contratación temporal (los ocho contratos encadenados y la permanencia de la necesidad lo sugieren), pero aclara que ese abuso no basta para convertir el vínculo en fijo si falta el requisito de haber aprobado una oposición. El fallo, por tanto, revoca las sentencias anteriores y desestima la demanda, aunque no impone costas a la trabajadora.

Un horizonte distinto para los interinos sin oposición aprobada

La sentencia 622/2026 traza una línea roja: sin haber superado un proceso selectivo para puesto fijo, el abuso de temporalidad cierra la puerta a obtener la plaza en propiedad, limitando las opciones de los afectados a reclamar indemnizaciones o la figura de indefinido no fijo en procedimientos alternativos.

Más noticias

La inflación en EE UU se modera y cae al 3,5% a la espera del efecto de los nuevos ataques a Irán

14 de julio de 2026

Ryanair alerta de colapsos en cuatro aeropuertos españoles este verano

11 de julio de 2026

Un importante aeropuerto español se prepara para una transformación histórica: invertirá más de 1.100 millones de euros

15 de julio de 2026

¿Es legal que la empresa te exija un examen médico privado estando de baja? Esto es lo que dice la ley

23 de julio de 2026

Para la trabajadora del aeropuerto, la decisión supone volver a la casilla de salida después de años de litigio. Su historia, sin embargo, deja una enseñanza nítida: el camino hacia la estabilidad en el empleo público pasa, inevitablemente, por haber acreditado el mérito y la capacidad ante un tribunal de oposición, un filtro que las bolsas de trabajo temporal no pueden sustituir.

 

​ 

Atender a los pasajeros en un aeropuerto canario fue durante más de un lustro la vida laboral de esta trabajadora, que enlazó ocho contratos temporales sin que la necesidad del servicio desapareciera nunca.

Su historia arrancó en 2006, cuando se inscribió en una bolsa de trabajo creada por una convocatoria pública de la entidad gestora de los aeropuertos. Aquella bolsa era el mecanismo para cubrir puestos de apoyo y atención a usuarios, y gracias a ella empezó a ser llamada en 2011. A partir de ahí, los contratos se sucedieron con objetos diversos (campañas, planes de calidad, sustituciones) pero siempre en el mismo destino y realizando tareas que, según testificaron sus compañeros, eran idénticas a las del personal fijo.

La trabajadora, convencida de que esta temporalidad continuada le otorgaba el derecho a la estabilidad, llevó su caso a los tribunales. Tanto el juzgado de lo social como el Tribunal Superior de Justicia de Canarias le dieron la razón y declararon su relación laboral como fija.

Sin embargo, la empresa pública recurrió al Tribunal Supremo argumentando que, al pertenecer al sector público estatal, la fijeza solo podía alcanzarse si la empleada había superado un proceso selectivo basado en los principios de igualdad, mérito y capacidad. El alto tribunal, en la sentencia número 622/2026 dictada el 7 de julio, ha terminado por darle la vuelta al caso y denegar la fijeza.

El motivo es claro: no consta que la demandante aprobara ninguna oposición para acceder a un puesto fijo. La bolsa de trabajo de la que procedía era un instrumento para contrataciones temporales y, aunque se formó a partir de una convocatoria pública, no equivalía a un proceso de selección para plaza fija con los filtros constitucionales exigidos.

El Supremo recuerda que «la conversión de la relación laboral temporal en fija solo se produce cuando el trabajador que sufre el abuso en la temporalidad había superado un proceso selectivo para personal fijo sin obtener plaza«, aplicando la doctrina fijada por el propio tribunal semanas antes tras el reciente pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Luxemburgo.

La frontera entre la bolsa de trabajo y la oposición

La diferencia no es menor. Quienes han logrado la fijeza en sentencias recientes compartían un rasgo común: habían aprobado ejercicios, acudido a tribunales y demostrado su capacitación en una convocatoria de empleo público permanente, aunque el número de plazas les impidiera obtener un puesto en aquel momento. Esta trabajadora, en cambio, solo figuraba en una lista de reserva para cubrir necesidades puntuales.

El tribunal insiste en que esa vía de acceso no garantiza los principios de igualdad, mérito y capacidad, que son la base del empleo público y no pueden ser soslayados por muy prolongada que sea la temporalidad sufrida.

La resolución no cuestiona que pudiera existir un uso abusivo de la contratación temporal (los ocho contratos encadenados y la permanencia de la necesidad lo sugieren), pero aclara que ese abuso no basta para convertir el vínculo en fijo si falta el requisito de haber aprobado una oposición. El fallo, por tanto, revoca las sentencias anteriores y desestima la demanda, aunque no impone costas a la trabajadora.

Un horizonte distinto para los interinos sin oposición aprobada

La sentencia 622/2026 traza una línea roja: sin haber superado un proceso selectivo para puesto fijo, el abuso de temporalidad cierra la puerta a obtener la plaza en propiedad, limitando las opciones de los afectados a reclamar indemnizaciones o la figura de indefinido no fijo en procedimientos alternativos.

Para la trabajadora del aeropuerto, la decisión supone volver a la casilla de salida después de años de litigio. Su historia, sin embargo, deja una enseñanza nítida: el camino hacia la estabilidad en el empleo público pasa, inevitablemente, por haber acreditado el mérito y la capacidad ante un tribunal de oposición, un filtro que las bolsas de trabajo temporal no pueden sustituir.

 

FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail
El nuevo líder supremo de Irán evitará aparecer en público hasta que termine la guerra
Rafael Villegas, buzo profesional de 57 años: «Si la normativa contemplara nuestra realidad, yo ya estaría jubilado»
Noticias similares
Economía

La subida de precios acelera las obras públicas que quedan sin ejecutar, que se elevan ya a 1.130 en solo seis meses

23 de julio de 2026 11790
Economía

El precio de los carburantes, desbocado por el fin de la rebaja del IVA: el depósito se encarece un 13% en tres semanas, un euro extra cada 48 horas

23 de julio de 2026 3339
Economía

Bruselas multa a Google con 890 millones de euros por abuso de mercado y favorecer a sus propios servicios

23 de julio de 2026 10073
Economía

Iván Terrón, asesor energético, revela el truco del aire acondicionado: «La sensación térmica es la misma a 24 que a 20 grados»

23 de julio de 2026 9813
Entradas Relacionadas
Nacional

Un testigo revela a la jueza de la dana que avisó a la cúpula de la Diputación del riesgo seis horas antes de la alerta

23 de julio de 2026 3323
Nacional

Última hora de los incendios forestales, en directo | Perimetrado el incendio de Almorox (Toledo) tras quemar unas 1.000 hectáreas

23 de julio de 2026 5844
Nacional

Castilla-La Mancha se suma a los avisos rojos por calor de Murcia y la Comunidad Valenciana

23 de julio de 2026 4997
Nacional

Última hora de la actualidad política, en directo | El PSOE espera de la entrevista a Zapatero que dé “explicaciones que despejen dudas”

23 de julio de 2026 2913
Nacional

Pardo de Vera pide anular la sentencia de Ábalos porque establece “una opinión de culpabilidad” contra ella

23 de julio de 2026 9712
    2025 © Zocalopublico.com | Todos los Derechos Reservados
    • Contacto
    • Sobre Nosotros
    • Aviso Legal
    • Política de Privacidad
    • Política de Cookies