La Ley Rider se extenderá a todas las plataformas antes de que acabe el año. Así lo pretende el Ministerio de Trabajo, que ha lanzado una consulta pública previa con el objetivo de presentar un anteproyecto de ley para transponer la Directiva europea de mejora de las condicionales laborales en el trabajo en plataformas, más conocida como Le Rider europea. «No hay soluciones alternativas», asegura el departamento que dirige Yolanda Díaz en la consulta pública, que está abierta a la recepción de aportaciones hasta el próximo 14 de agosto.. El ministerio de Díaz argumenta que el avance imparable de la IA para organizar el trabajo humano y su impacto en las empresas, con sistemas que pueden vulnerar los derechos de los trabajadores, exige una regulación amplia y actualizada que tenga en cuenta esta gestión algorítmica. Por ello, se fija como fecha límite para modificar la normativa española el 2 de diciembre de 2026, plazo máximo que tienen los Estados miembros de la UE para transponer plenamente la Directiva europea. En concreto, la Directiva (UE) 2024/2831 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, obliga a los Estados miembros a introducir medidas para poder determinar la situación laboral de las personas que trabajan en plataformas y dar transparencia y seguridad a la gestión del trabajo mediante algoritmos.. Mientras que la Ley Rider española -que entró en vigor en 2021- se centra en el sector del reparto, introduciendo en el Estatuto de los Trabajadores la presunción de laboralidad de los trabajadores que prestan servicios de reparto en empresas de plataforma y exigiendo a esas compañías transparencia algorítmica, la Directiva europea «resulta de mayor alcance, en términos de ámbito de aplicación y de derechos objeto de protección», defiende Trabajo, ya que se extiende a toda la economía de plataformas.. Asimismo, Trabajo señala que la nueva regulación que prepara para extender la Ley Rider a otros sectores que operan en plataformas también debe contemplar la regulación contenida en el Convenio sobre el Trabajo Decente en la Economía de Plataformas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que reconoce derechos laborales básicos a los trabajadores de plataformas, como la libertad sindical o la protección social, pero con un enfoque parcialmente distinto al utilizado por la norma europea.. «La transposición de la Directiva requiere acometer una serie de cambios en la normativa laboral española que afectarían a materias de diferente naturaleza, como la adecuada clasificación de la relación de trabajo en plataformas, los derechos relacionados con la transparencia algorítmica y los derechos reconocidos en materia de protección de datos personales en el trabajo. Por otra parte, la transposición de la Directiva debe realizarse de manera respetuosa con las obligaciones establecidas en el Convenio sobre el Trabajo Decente en la Economía de Plataformas (Convenio 193) y sin contradecir la normativa ya vigente en materia de protección de datos personales y de inteligencia artificial», explica el Ministerio de Trabajo.. Díaz quiere crear así una nueva Ley Rider mucho más exhaustiva. Y «no se consideran soluciones alternativas distintas a la inserción en el ordenamiento nacional de los nuevos derechos y obligaciones establecidos», recoge el texto. Esto no pilla por sorpresa a las empresas. La vicepresidenta y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ya mostró el pasado mes de mayo su intención de aplicar la Ley Rider a todas las empresas que usan algoritmos en la gestión de sus trabajadores, lo que incluye, por ejemplo, a las plataformas de empleo doméstico, una intención que ya manifestó en 2024.
La Ley Rider se extenderá a todas las plataformas antes de que acabe el año. Así lo pretende el Ministerio de Trabajo, que ha lanzado una consulta pública previa con el objetivo de presentar un anteproyecto de ley para transponer la Directiva europea de mejora de las condicionales laborales en el trabajo en plataformas, más conocida como Le Rider europea. «No hay soluciones alternativas», asegura el departamento que dirige Yolanda Díaz en la consulta pública, que está abierta a la recepción de aportaciones hasta el próximo 14 de agosto.. El ministerio de Díaz argumenta que el avance imparable de la IA para organizar el trabajo humano y su impacto en las empresas, con sistemas que pueden vulnerar los derechos de los trabajadores, exige una regulación amplia y actualizada que tenga en cuenta esta gestión algorítmica. Por ello, se fija como fecha límite para modificar la normativa española el 2 de diciembre de 2026, plazo máximo que tienen los Estados miembros de la UE para transponer plenamente la Directiva europea. En concreto, la Directiva (UE) 2024/2831 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, obliga a los Estados miembros a introducir medidas para poder determinar la situación laboral de las personas que trabajan en plataformas y dar transparencia y seguridad a la gestión del trabajo mediante algoritmos.. Mientras que la Ley Rider española -que entró en vigor en 2021- se centra en el sector del reparto, introduciendo en el Estatuto de los Trabajadores la presunción de laboralidad de los trabajadores que prestan servicios de reparto en empresas de plataforma y exigiendo a esas compañías transparencia algorítmica, la Directiva europea «resulta de mayor alcance, en términos de ámbito de aplicación y de derechos objeto de protección», defiende Trabajo, ya que se extiende a toda la economía de plataformas.. Asimismo, Trabajo señala que la nueva regulación que prepara para extender la Ley Rider a otros sectores que operan en plataformas también debe contemplar la regulación contenida en el Convenio sobre el Trabajo Decente en la Economía de Plataformas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que reconoce derechos laborales básicos a los trabajadores de plataformas, como la libertad sindical o la protección social, pero con un enfoque parcialmente distinto al utilizado por la norma europea.. «La transposición de la Directiva requiere acometer una serie de cambios en la normativa laboral española que afectarían a materias de diferente naturaleza, como la adecuada clasificación de la relación de trabajo en plataformas, los derechos relacionados con la transparencia algorítmica y los derechos reconocidos en materia de protección de datos personales en el trabajo. Por otra parte, la transposición de la Directiva debe realizarse de manera respetuosa con las obligaciones establecidas en el Convenio sobre el Trabajo Decente en la Economía de Plataformas (Convenio 193) y sin contradecir la normativa ya vigente en materia de protección de datos personales y de inteligencia artificial», explica el Ministerio de Trabajo.. Díaz quiere crear así una nueva Ley Rider mucho más exhaustiva. Y «no se consideran soluciones alternativas distintas a la inserción en el ordenamiento nacional de los nuevos derechos y obligaciones establecidos», recoge el texto. Esto no pilla por sorpresa a las empresas. La vicepresidenta y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ya mostró el pasado mes de mayo su intención de aplicar la Ley Rider a todas las empresas que usan algoritmos en la gestión de sus trabajadores, lo que incluye, por ejemplo, a las plataformas de empleo doméstico, una intención que ya manifestó en 2024.
