El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado el despido disciplinario de un trabajador que utilizó información confidencial de su puesto para consultar los ingresos de un ciudadano y compartirlos con una persona con la que hablaba por Tinder. La Justicia considera que su actuación vulneró el deber de secreto profesional y quebrantó la buena fe contractual, por lo que avala la extinción de su contrato sin derecho a indemnización.. La resolución, según explica Confilegal, respalda la decisión de la dirección de la entidad pública para la que trabajaba de sancionarlo por una falta muy grave. El empleado tenía acceso a datos económicos de ciudadanos que solicitaban ayudas públicas y aprovechó esa posibilidad para obtener información que después comunicó a un tercero ajeno a la organización.. El tribunal entiende que utilizar esos datos para fines personales resulta incompatible con las obligaciones profesionales del trabajador. El hecho de que la información se compartiera en una conversación privada no elimina la gravedad de la conducta, puesto que el empleado la había conseguido gracias al acceso privilegiado que le proporcionaba su puesto.. La información confidencial que acabó en un chat de Tinder. El trabajador se encargaba de comprobar si las personas que solicitaban ayudas públicas cumplían los requisitos económicos exigidos. En el ejercicio de esas funciones, consultó los ingresos declarados por un ciudadano, que superaban los 40.000 euros anuales.. En lugar de limitarse a utilizar esa información para las comprobaciones propias de su puesto, decidió comunicársela a una persona con la que conversaba mediante la aplicación de citas Tinder. El destinatario del mensaje era un tercero ajeno a la entidad y no tenía relación con las funciones profesionales del empleado.. La filtración salió a la luz después de que se realizaran comprobaciones internas. Estas permitieron constatar que el trabajador había accedido a información reservada y la había compartido sin una justificación vinculada a su actividad laboral.. La conducta planteó así un problema que iba más allá de una conversación personal: el empleado había utilizado información obtenida en el desempeño de sus funciones para un propósito completamente ajeno a su trabajo.. El tribunal considera justificado el despido disciplinario. Tras conocer los hechos, la dirección de la entidad tramitó el despido disciplinario al considerar que el trabajador había cometido una falta muy grave conforme al convenio colectivo aplicable. Entre los motivos invocados figuraban el abuso de confianza y la revelación de documentos o datos reservados a personas ajenas a la organización.. El empleado recurrió la sanción al considerar que el despido era desproporcionado. Sin embargo, la Sala de lo Social del TSJN ha desestimado sus pretensiones y ha confirmado la procedencia de la medida adoptada.. La resolución subraya la importancia de respetar el deber de secreto profesional cuando el puesto de trabajo permite acceder a información económica de los ciudadanos. La confianza depositada en el trabajador no le autorizaba a utilizar esos datos para fines particulares ni a comunicárselos a personas sin permiso para conocerlos.. De este modo, el tribunal avala la decisión de la entidad y confirma que la utilización de información confidencial para una conversación en una aplicación de citas constituye un incumplimiento suficientemente grave para justificar el despido disciplinario.
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado el despido disciplinario de un trabajador que utilizó información confidencial de su puesto para consultar los ingresos de un ciudadano y compartirlos con una persona con la que hablaba por Tinder. La Justicia considera que su actuación vulneró el deber de secreto profesional y quebrantó la buena fe contractual, por lo que avala la extinción de su contrato sin derecho a indemnización.. La resolución, según explica Confilegal, respalda la decisión de la dirección de la entidad pública para la que trabajaba de sancionarlo por una falta muy grave. El empleado tenía acceso a datos económicos de ciudadanos que solicitaban ayudas públicas y aprovechó esa posibilidad para obtener información que después comunicó a un tercero ajeno a la organización.. El tribunal entiende que utilizar esos datos para fines personales resulta incompatible con las obligaciones profesionales del trabajador. El hecho de que la información se compartiera en una conversación privada no elimina la gravedad de la conducta, puesto que el empleado la había conseguido gracias al acceso privilegiado que le proporcionaba su puesto.. La información confidencial que acabó en un chat de Tinder. El trabajador se encargaba de comprobar si las personas que solicitaban ayudas públicas cumplían los requisitos económicos exigidos. En el ejercicio de esas funciones, consultó los ingresos declarados por un ciudadano, que superaban los 40.000 euros anuales.. En lugar de limitarse a utilizar esa información para las comprobaciones propias de su puesto, decidió comunicársela a una persona con la que conversaba mediante la aplicación de citas Tinder. El destinatario del mensaje era un tercero ajeno a la entidad y no tenía relación con las funciones profesionales del empleado.. La filtración salió a la luz después de que se realizaran comprobaciones internas. Estas permitieron constatar que el trabajador había accedido a información reservada y la había compartido sin una justificación vinculada a su actividad laboral.. La conducta planteó así un problema que iba más allá de una conversación personal: el empleado había utilizado información obtenida en el desempeño de sus funciones para un propósito completamente ajeno a su trabajo.. El tribunal considera justificado el despido disciplinario. Tras conocer los hechos, la dirección de la entidad tramitó el despido disciplinario al considerar que el trabajador había cometido una falta muy grave conforme al convenio colectivo aplicable. Entre los motivos invocados figuraban el abuso de confianza y la revelación de documentos o datos reservados a personas ajenas a la organización.. El empleado recurrió la sanción al considerar que el despido era desproporcionado. Sin embargo, la Sala de lo Social del TSJN ha desestimado sus pretensiones y ha confirmado la procedencia de la medida adoptada.. La resolución subraya la importancia de respetar el deber de secreto profesional cuando el puesto de trabajo permite acceder a información económica de los ciudadanos. La confianza depositada en el trabajador no le autorizaba a utilizar esos datos para fines particulares ni a comunicárselos a personas sin permiso para conocerlos.. De este modo, el tribunal avala la decisión de la entidad y confirma que la utilización de información confidencial para una conversación en una aplicación de citas constituye un incumplimiento suficientemente grave para justificar el despido disciplinario.
