Skip to content
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
  • Portada
  • Nacional
  • Internacional
  • Economía
  • Deporte
  • Cultura
  • Tecnología y Ciencia
  • Entretenimiento
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
  • Portada
  • Nacional
  • Internacional
  • Economía
  • Deporte
  • Cultura
  • Tecnología y Ciencia
  • Entretenimiento
  • Contacto
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
  Economía  Miguel Benito Barrionuevo, abogado laboralista: «Si te dan una incapacidad permanente, tu empresa tiene la obligación de buscarte otro puesto de compatible con tu situación»
Economía

Miguel Benito Barrionuevo, abogado laboralista: «Si te dan una incapacidad permanente, tu empresa tiene la obligación de buscarte otro puesto de compatible con tu situación»

6 de noviembre de 2026
Más noticias

La justicia da la razón a una inquilina a pagar un tercio menos de alquiler debido a que su casera no eliminaba las humedades de la vivienda

29 de octubre de 2026

El desempleo sube en casi 100.000 personas en el verano y la tasa de paro vuelve al doble dígito: del 9,87% al 10,18%

27 de octubre de 2026

La hipoteca media en España supera los 181.000 euros tras subir un 64% en diez años

4 de noviembre de 2026

Pidió dejar de pagar la pensión de su hijo, ya mayor de edad y con un 48 % de discapacidad, pero la Audiencia rechazó su recurso

30 de octubre de 2026

Un trabajador al que le reconocieron una incapacidad permanente para desempeñar su profesión habitual ha conseguido que la Justicia declare nulo su despido y establezca una indemnización adicional de 10.000 euros.. Así lo ha explicado el abogado laboralista Miguel Benito Barrionuevo, que ha compartido una resolución judicial en la que se cuestiona la actuación de una empresa que prescindió de uno de sus empleados sin valorar previamente si podía continuar trabajando en otro puesto.. «Si te dan una incapacidad permanente, tu empresa tiene la obligación de buscarte otro puesto de trabajo compatible con tu actual situación», advierte el letrado. La clave está en que el reconocimiento de una incapacidad para desarrollar la profesión habitual no implica necesariamente que la persona no pueda desempeñar otras funciones. Por eso, antes de finalizar la relación laboral, la compañía debe estudiar las posibilidades de adaptación o recolocación que existan.. La empresa despidió al trabajador sin estudiar si podía ofrecerle otro puesto compatible con sus limitaciones. «¿Qué pasó aquí?», plantea Benito Barrionuevo al explicar el caso. Al trabajador le habían concedido una incapacidad permanente para su puesto habitual y, según señala, la empresa tendría que haber analizado sus limitaciones y las vacantes disponibles.. En palabras del especialista, «lo que debería haber hecho la empresa en base al artículo 49 del Estatuto es ver si con sus actuales padecimientos y los puestos de trabajo disponibles podían darle otro puesto de trabajo para que siguiese ahí trabajando en la empresa».. El problema es que la empresa optó directamente por despedir al empleado sin realizar ese análisis previo. «Como la empresa automáticamente le despidió. Sin hacer este análisis, se ha declarado este despido nulo y se ha dado esta indemnización adicional», explica. La resolución establece así una consecuencia económica de 10.000 euros para la compañía, además de la declaración de nulidad del cese.. La reforma del Estatuto de los Trabajadores obliga a estudiar adaptaciones o vacantes antes de extinguir el contrato. Este supuesto debe entenderse dentro de la reforma introducida por la Ley 2/2025, que modificó el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores. Desde entonces, el reconocimiento de una incapacidad permanente total, absoluta o gran incapacidad no supone la extinción automática del contrato.. La empresa debe valorar primero si puede realizar ajustes razonables en el puesto habitual o trasladar a la persona a una vacante disponible que resulte compatible con sus limitaciones y su perfil profesional.. La normativa también establece unos plazos, basados en que el trabajador dispone de 10 días naturales desde la notificación de la resolución de incapacidad permanente para comunicar por escrito que desea mantener la relación laboral. A partir de ahí, la empresa cuenta con un máximo de tres meses para realizar las adaptaciones necesarias o asignarle otro puesto compatible.. La extinción solo podrá justificarse cuando los ajustes supongan una carga excesiva, no exista una vacante adecuada o el empleado rechace una propuesta de cambio de puesto que sea compatible con su situación. Por eso, Benito Barrionuevo insiste: «Si en el futuro tienes o solicitas una incapacidad permanente y te quieres quedar en la empresa, ellos tienen la obligación de buscarte un puesto de trabajo compatible».

 

​ 

Un trabajador al que le reconocieron una incapacidad permanente para desempeñar su profesión habitual ha conseguido que la Justicia declare nulo su despido y establezca una indemnización adicional de 10.000 euros.. Así lo ha explicado el abogado laboralista Miguel Benito Barrionuevo, que ha compartido una resolución judicial en la que se cuestiona la actuación de una empresa que prescindió de uno de sus empleados sin valorar previamente si podía continuar trabajando en otro puesto.. «Si te dan una incapacidad permanente, tu empresa tiene la obligación de buscarte otro puesto de trabajo compatible con tu actual situación», advierte el letrado. La clave está en que el reconocimiento de una incapacidad para desarrollar la profesión habitual no implica necesariamente que la persona no pueda desempeñar otras funciones. Por eso, antes de finalizar la relación laboral, la compañía debe estudiar las posibilidades de adaptación o recolocación que existan.. La empresa despidió al trabajador sin estudiar si podía ofrecerle otro puesto compatible con sus limitaciones. «¿Qué pasó aquí?», plantea Benito Barrionuevo al explicar el caso. Al trabajador le habían concedido una incapacidad permanente para su puesto habitual y, según señala, la empresa tendría que haber analizado sus limitaciones y las vacantes disponibles.. En palabras del especialista, «lo que debería haber hecho la empresa en base al artículo 49 del Estatuto es ver si con sus actuales padecimientos y los puestos de trabajo disponibles podían darle otro puesto de trabajo para que siguiese ahí trabajando en la empresa».. El problema es que la empresa optó directamente por despedir al empleado sin realizar ese análisis previo. «Como la empresa automáticamente le despidió. Sin hacer este análisis, se ha declarado este despido nulo y se ha dado esta indemnización adicional», explica. La resolución establece así una consecuencia económica de 10.000 euros para la compañía, además de la declaración de nulidad del cese.. La reforma del Estatuto de los Trabajadores obliga a estudiar adaptaciones o vacantes antes de extinguir el contrato. Este supuesto debe entenderse dentro de la reforma introducida por la Ley 2/2025, que modificó el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores. Desde entonces, el reconocimiento de una incapacidad permanente total, absoluta o gran incapacidad no supone la extinción automática del contrato.. La empresa debe valorar primero si puede realizar ajustes razonables en el puesto habitual o trasladar a la persona a una vacante disponible que resulte compatible con sus limitaciones y su perfil profesional.. La normativa también establece unos plazos, basados en que el trabajador dispone de 10 días naturales desde la notificación de la resolución de incapacidad permanente para comunicar por escrito que desea mantener la relación laboral. A partir de ahí, la empresa cuenta con un máximo de tres meses para realizar las adaptaciones necesarias o asignarle otro puesto compatible.. La extinción solo podrá justificarse cuando los ajustes supongan una carga excesiva, no exista una vacante adecuada o el empleado rechace una propuesta de cambio de puesto que sea compatible con su situación. Por eso, Benito Barrionuevo insiste: «Si en el futuro tienes o solicitas una incapacidad permanente y te quieres quedar en la empresa, ellos tienen la obligación de buscarte un puesto de trabajo compatible».

 

FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail
Rodrigo Sorogoyen, Carlos Bardem, Alana S. Portero y Sara Barquinero, entre los más de 800 trabajadores de la cultura que respaldan en un manifiesto la huelga general
Volvió de su permiso de paternidad y encontró la clínica cerrada, aunque seguía dado de alta: la Justicia declara improcedente su despido
Noticias similares
Economía

San Francisco, Nueva York y Londres, las mejores ciudades para emprender

8 de noviembre de 2026 2163
Economía

Los ataúdes «low cost» chinos calientan la guerra comercial con Pekín

8 de noviembre de 2026 9131
Economía

La lección para Trump y el MAGA: más Reagan, más Thatcher

8 de noviembre de 2026 7159
Economía

España y el BCE: la gran oportunidad

8 de noviembre de 2026 3604
Entradas Relacionadas
Internacional

Así le contamos el segundo día de la gira del papa León XIV por Sudamérica

8 de noviembre de 2026 3727
Economía

San Francisco, Nueva York y Londres, las mejores ciudades para emprender

8 de noviembre de 2026 2163
Economía

Los ataúdes «low cost» chinos calientan la guerra comercial con Pekín

8 de noviembre de 2026 9131
Economía

La lección para Trump y el MAGA: más Reagan, más Thatcher

8 de noviembre de 2026 7159
Economía

España y el BCE: la gran oportunidad

8 de noviembre de 2026 3604
    2025 © Zocalopublico.com | Todos los Derechos Reservados
    • Contacto
    • Sobre Nosotros
    • Aviso Legal
    • Política de Privacidad
    • Política de Cookies