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  Economía  ¿Tengo que seguir pagando la hipoteca de un familiar fallecido?: los errores más comunes de los herederos
Economía

¿Tengo que seguir pagando la hipoteca de un familiar fallecido?: los errores más comunes de los herederos

11 de agosto de 2026
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Ante el fallecimiento de un familiar, la burocracia es uno de los pasos más duros al que se deben enfrentar los familiares. Las hipotecas son una de las deudas que más dudas generan entre los herederos, ¿qué pasa con ellas cuando el titular ya no puede pagarla? En esos casos, suelen cometerse errores que terminan saliendo mucho más caros de lo que deberían.. Si el titular de una hipoteca fallece, la deuda no desaparece, sino que pasa directamente al heredero que decida quedarse con el inmueble. «No hay ninguna cláusula oculta en la hipoteca que se active con el fallecimiento del titular. Todo está regulado por ley y depende de cómo se resuelva la herencia», explica Joaquín García, experto hipotecario de Wypo, intermediario de crédito inmobiliario supervisado por el Banco de España, también una de las peor gestionadas.. Sin embargo, muchas familias piensan que el seguro asociado a la hipoteca cubre la deuda al completo en caso de fallecimiento, pero no siempre es así. Por ello hay que tener en cuenta las dos figuras que acompañan a la firma del producto y que pueden entrar en juego si se llega a dar esta situación.. En primer lugar se encuentra el seguro de vida, que paga un capital a los beneficiarios, que pueden destinarlo a lo que necesiten, incluida la hipoteca si así lo consideran. Es la opción más flexible, aunque tiene una fiscalidad más alta cuando la aseguradora abona la cantidad. Después está el seguro de amortización, que está pensado únicamente pensado para cancelar la hipoteca si fallece el titular, porque el beneficiario es siempre el banco.. «Ambos protegen a los herederos, pero de forma distinta. El seguro de vida da más margen de maniobra a la familia; el de amortización va directo a saldar la deuda con el banco», resume el experto.. También hay que tener en cuenta que, si el familiar que terminará siendo titular de la vivienda no puede o no quiere hacer frente a la deuda, tiene la opción de rechazar la herencia. Ante él se abren también otros caminos, como aceptarla con todas las cargas, haciéndose cargo de la hipoteca incluso con patrimonio propio si fuera necesario o aceptarla «a beneficio de inventario», de forma que solo se responde de la deuda hasta donde alcancen los bienes heredados.. ¿Qué hace el acreedor de la deuda mientras se resuelve todo este proceso? El banco no pone en marcha ningún proceso de forma automática y solo tiene conocimiento del fallecimiento cuando los herederos se lo notifican. Por ello, lo habitual es que las cuotas se sigan cobrando de la cuenta del fallecido si hay saldo disponible y si hay un caso de impago podría iniciarse, más adelante, un proceso de ejecución hipotecaria, pero no es algo inmediato.. Los dos fallos más comunes de las familias al gestionar estas situaciones son, en primer lugar, no avisar al banco del fallecimiento y no consultar a fondo el Certificado de Últimas Voluntades, donde queda constancia de los seguros contratados y sus posibles coberturas por fallecimiento. La revisión de las salvaguardas asociadas al producto contratado debería ser el primer paso a seguir a la hora de comenzar la gestión de la herencia de una vivienda hipotecada.

 

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Ante el fallecimiento de un familiar, la burocracia es uno de los pasos más duros al que se deben enfrentar los familiares. Las hipotecas son una de las deudas que más dudas generan entre los herederos, ¿qué pasa con ellas cuando el titular ya no puede pagarla? En esos casos, suelen cometerse errores que terminan saliendo mucho más caros de lo que deberían.. Si el titular de una hipoteca fallece, la deuda no desaparece, sino que pasa directamente al heredero que decida quedarse con el inmueble. «No hay ninguna cláusula oculta en la hipoteca que se active con el fallecimiento del titular. Todo está regulado por ley y depende de cómo se resuelva la herencia», explica Joaquín García, experto hipotecario de Wypo, intermediario de crédito inmobiliario supervisado por el Banco de España, también una de las peor gestionadas.. Sin embargo, muchas familias piensan que el seguro asociado a la hipoteca cubre la deuda al completo en caso de fallecimiento, pero no siempre es así. Por ello hay que tener en cuenta las dos figuras que acompañan a la firma del producto y que pueden entrar en juego si se llega a dar esta situación.. En primer lugar se encuentra el seguro de vida, que paga un capital a los beneficiarios, que pueden destinarlo a lo que necesiten, incluida la hipoteca si así lo consideran. Es la opción más flexible, aunque tiene una fiscalidad más alta cuando la aseguradora abona la cantidad. Después está el seguro de amortización, que está pensado únicamente pensado para cancelar la hipoteca si fallece el titular, porque el beneficiario es siempre el banco.. «Ambos protegen a los herederos, pero de forma distinta. El seguro de vida da más margen de maniobra a la familia; el de amortización va directo a saldar la deuda con el banco», resume el experto.. También hay que tener en cuenta que, si el familiar que terminará siendo titular de la vivienda no puede o no quiere hacer frente a la deuda, tiene la opción de rechazar la herencia. Ante él se abren también otros caminos, como aceptarla con todas las cargas, haciéndose cargo de la hipoteca incluso con patrimonio propio si fuera necesario o aceptarla «a beneficio de inventario», de forma que solo se responde de la deuda hasta donde alcancen los bienes heredados.. ¿Qué hace el acreedor de la deuda mientras se resuelve todo este proceso? El banco no pone en marcha ningún proceso de forma automática y solo tiene conocimiento del fallecimiento cuando los herederos se lo notifican. Por ello, lo habitual es que las cuotas se sigan cobrando de la cuenta del fallecido si hay saldo disponible y si hay un caso de impago podría iniciarse, más adelante, un proceso de ejecución hipotecaria, pero no es algo inmediato.. Los dos fallos más comunes de las familias al gestionar estas situaciones son, en primer lugar, no avisar al banco del fallecimiento y no consultar a fondo el Certificado de Últimas Voluntades, donde queda constancia de los seguros contratados y sus posibles coberturas por fallecimiento. La revisión de las salvaguardas asociadas al producto contratado debería ser el primer paso a seguir a la hora de comenzar la gestión de la herencia de una vivienda hipotecada.

 

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