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  Economía  Sanción de 20.000 euros a una empresa por contratar a dos extranjeros irregulares que estaban suplantando identidades
Economía

Sanción de 20.000 euros a una empresa por contratar a dos extranjeros irregulares que estaban suplantando identidades

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Las situaciones de empleo irregular continúan ocupando un lugar destacado en la actuación de las administraciones públicas, especialmente en sectores con una elevada demanda de mano de obra estacional, como la agricultura. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en coordinación con otros organismos, mantiene una vigilancia constante para detectar contrataciones fuera de la legalidad, combatir el fraude laboral y garantizar que las empresas cumplan con sus obligaciones en materia de empleo. El objetivo no solo pasa por sancionar las infracciones, sino también por proteger los derechos de los trabajadores y evitar situaciones de competencia desleal entre empresas.. La dimensión de estas actuaciones queda reflejada en las cifras más recientes del Ministerio de Trabajo. Solo durante 2025, la Inspección de Trabajo llevó a cabo alrededor de 1,2 millones de actuaciones, un 37% más que en 2020. En ese mismo periodo se realizaron 281.614 visitas a centros de trabajo, gracias a las cuales se afloraron 122.146 empleos irregulares, se detectaron 47.143 falsos autónomos y se recuperaron más de 51 millones de euros correspondientes a salarios no abonados. Desde enero de 2020, además, las actuaciones inspectoras han permitido aflorar 576.912 empleos y transformar 895.492 contratos temporales en indefinidos, unas cifras que reflejan la intensidad de la lucha institucional contra el fraude laboral.. En este contexto, se enmarca la sanción confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón a la empresa de trabajo temporal Noawork ETT, que deberá hacer frente a una multa de 20.002 euros por emplear a dos ciudadanos extranjeros que trabajaban utilizando la identidad de otras personas y carecían de autorización de residencia y trabajo en España. La resolución judicial concluye que la empresa también fue víctima de una suplantación de identidad, pero considera que incumplió el deber de diligencia exigible al no verificar adecuadamente que quienes prestaban servicio eran realmente las personas que figuraban en la documentación.. Los trabajadores suplantaban las identidades de terceros. El caso se remonta al 6 de agosto de 2024, cuando la Inspección de Trabajo y la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Zaragoza realizaron una actuación contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social en una finca agrícola de unas 600 hectáreas en Osera de Ebro. Allí trabajaban 68 personas contratadas a través de una empresa cliente. Cuatro trabajadores levantaron sospechas y dos de ellos huyeron cuando la Policía les pidió detenerse para identificarlos.. Las comprobaciones mediante huellas dactilares revelaron que ninguno era quien figuraba en la documentación y que dos ciudadanos pakistaníes carecían de autorización para residir y trabajar en España mientras utilizaban identidades de otras personas registradas por la empresa.. Una primera multa de 40.000 euros termina en una sanción menor. Tras la inspección, la Inspección de Trabajo levantó un acta por cuatro infracciones muy graves y la Administración impuso una sanción de 40.004 euros, a razón de 10.001 euros por cada trabajador, además de las obligaciones correspondientes con la Seguridad Social. Posteriormente, el Juzgado de Zaragoza consideró acreditadas solo dos infracciones y redujo la multa a 20.002 euros. La compañía recurrió alegando que había sido engañada, que la documentación parecía válida, que el fraude solo pudo descubrirse mediante huellas dactilares y que nunca tuvo intención de contratar trabajadores irregulares.. El Tribunal dicta sentencia pese al engaño sufrido. El TSJ de Aragón desestimó el recurso y confirmó la sentencia del Juzgado de Zaragoza. Los magistrados señalaron que no era necesario demostrar una actuación dolosa, sino una conducta negligente. La resolución considera que la empresa no verificó suficientemente la identidad de los trabajadores, pese a que sus protocolos internos exigían revisar la documentación y detectar posibles suplantaciones.. También destaca que las diferencias entre las fotografías de los documentos y el aspecto físico de dos empleados podían haberse advertido con una comprobación visual. Aunque reconoce que la compañía fue víctima del engaño, el tribunal concluye que no aplicó todos los controles exigibles y mantiene la sanción definitiva de 20.002 euros.

 

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Las situaciones de empleo irregular continúan ocupando un lugar destacado en la actuación de las administraciones públicas, especialmente en sectores con una elevada demanda de mano de obra estacional, como la agricultura. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en coordinación con otros organismos, mantiene una vigilancia constante para detectar contrataciones fuera de la legalidad, combatir el fraude laboral y garantizar que las empresas cumplan con sus obligaciones en materia de empleo. El objetivo no solo pasa por sancionar las infracciones, sino también por proteger los derechos de los trabajadores y evitar situaciones de competencia desleal entre empresas.. La dimensión de estas actuaciones queda reflejada en las cifras más recientes del Ministerio de Trabajo. Solo durante 2025, la Inspección de Trabajo llevó a cabo alrededor de 1,2 millones de actuaciones, un 37% más que en 2020. En ese mismo periodo se realizaron 281.614 visitas a centros de trabajo, gracias a las cuales se afloraron 122.146 empleos irregulares, se detectaron 47.143 falsos autónomos y se recuperaron más de 51 millones de euros correspondientes a salarios no abonados. Desde enero de 2020, además, las actuaciones inspectoras han permitido aflorar 576.912 empleos y transformar 895.492 contratos temporales en indefinidos, unas cifras que reflejan la intensidad de la lucha institucional contra el fraude laboral.. En este contexto, se enmarca la sanción confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón a la empresa de trabajo temporal Noawork ETT, que deberá hacer frente a una multa de 20.002 euros por emplear a dos ciudadanos extranjeros que trabajaban utilizando la identidad de otras personas y carecían de autorización de residencia y trabajo en España. La resolución judicial concluye que la empresa también fue víctima de una suplantación de identidad, pero considera que incumplió el deber de diligencia exigible al no verificar adecuadamente que quienes prestaban servicio eran realmente las personas que figuraban en la documentación.. Los trabajadores suplantaban las identidades de terceros. El caso se remonta al 6 de agosto de 2024, cuando la Inspección de Trabajo y la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Zaragoza realizaron una actuación contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social en una finca agrícola de unas 600 hectáreas en Osera de Ebro. Allí trabajaban 68 personas contratadas a través de una empresa cliente. Cuatro trabajadores levantaron sospechas y dos de ellos huyeron cuando la Policía les pidió detenerse para identificarlos.. Las comprobaciones mediante huellas dactilares revelaron que ninguno era quien figuraba en la documentación y que dos ciudadanos pakistaníes carecían de autorización para residir y trabajar en España mientras utilizaban identidades de otras personas registradas por la empresa.. Una primera multa de 40.000 euros termina en una sanción menor. Tras la inspección, la Inspección de Trabajo levantó un acta por cuatro infracciones muy graves y la Administración impuso una sanción de 40.004 euros, a razón de 10.001 euros por cada trabajador, además de las obligaciones correspondientes con la Seguridad Social. Posteriormente, el Juzgado de Zaragoza consideró acreditadas solo dos infracciones y redujo la multa a 20.002 euros. La compañía recurrió alegando que había sido engañada, que la documentación parecía válida, que el fraude solo pudo descubrirse mediante huellas dactilares y que nunca tuvo intención de contratar trabajadores irregulares.. El Tribunal dicta sentencia pese al engaño sufrido. El TSJ de Aragón desestimó el recurso y confirmó la sentencia del Juzgado de Zaragoza. Los magistrados señalaron que no era necesario demostrar una actuación dolosa, sino una conducta negligente. La resolución considera que la empresa no verificó suficientemente la identidad de los trabajadores, pese a que sus protocolos internos exigían revisar la documentación y detectar posibles suplantaciones.. También destaca que las diferencias entre las fotografías de los documentos y el aspecto físico de dos empleados podían haberse advertido con una comprobación visual. Aunque reconoce que la compañía fue víctima del engaño, el tribunal concluye que no aplicó todos los controles exigibles y mantiene la sanción definitiva de 20.002 euros.

 

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