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  Cultura  La Justicia europea avala la publicación ‘online’ de ‘El diario de Ana Frank’ aunque esté protegido en algunos países
Cultura

La Justicia europea avala la publicación ‘online’ de ‘El diario de Ana Frank’ aunque esté protegido en algunos países

9 de julio de 2026

En tiempos en que los fantasmas del pasado reciente más oscuro de Europa regresan y hasta se banalizan, es más importante que nunca tener un acceso pleno a testimonios del horror nazi como es el Diario de Ana Frank. El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha avalado que el legado de la adolescente judía que vivió —y relató en su cuaderno— los dos años que permaneció escondida con su familia en una casa en Ámsterdam durante la Segunda Guerra Mundial antes de ser delatada, descubierta y trasladada a un campo de exterminio del que nunca regresó, pueda seguir siendo consultado y estudiado, gratis, por internet. Eso sí, subraya Luxemburgo, los responsables de su publicación online deben garantizar que se bloquea de manera “eficaz” el acceso al material en aquellos países donde siguen vigentes los derechos de autor.. Seguir leyendo

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En tiempos en que los fantasmas del pasado reciente más oscuro de Europa regresan y hasta se banalizan, es más importante que nunca tener un acceso pleno a testimonios del horror nazi como es el Diario de Ana Frank. El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha avalado que el legado de la adolescente judía que vivió —y relató en su cuaderno— los dos años que permaneció escondida con su familia en una casa en Ámsterdam durante la Segunda Guerra Mundial antes de ser delatada, descubierta y trasladada a un campo de exterminio del que nunca regresó, pueda seguir siendo consultado y estudiado, gratis, por internet. Eso sí, subraya Luxemburgo, los responsables de su publicación online deben garantizar que se bloquea de manera “eficaz” el acceso al material en aquellos países donde siguen vigentes los derechos de autor.. Pese a estas salvaguardias, se trata de un mensaje contundente sobre la extensión y protección de los derechos de autor en un mundo casi plenamente digital, que puede tener implicaciones más allá del caso concreto, ya de por sí simbólico. “Una obra que haya pasado a ser de dominio público puede publicarse gratuitamente online en un Estado miembro aunque siga estando protegida en otro Estado miembro”, concluyen los jueces europeos. Siempre y cuando, puntualiza el TJUE, se adopten “medidas tecnológicas eficaces” y “en la vanguardia” para proteger la obra en aquellos países donde aún no han expirado los derechos de autor, como sucede en este caso en el propio Países Bajos, centro del litigio ahora dirimido, o también en España. En este sentido, los jueces consideran que las barreras que ha puesto la web donde se publican los textos de Ana Frank son razonablemente suficientes, aunque puedan ser salvados con un VPN.. La disputa que ha llevado a este veredicto ha enfrentado en los últimos años a dos de las organizaciones que velan por el legado de la joven autora de uno de los relatos del Holocausto más conocidos y leídos, el Diario de Ana Frank. Por un lado está el demandante, el Fondo Ana Frank, creado en 1963 por el padre de la adolescente, Otto Frank, único superviviente de la familia, que ya había publicado el diario de su hija en 1947. El Fondo, que tiene vocación de “perpetuar el legado social, educativo y cultural” de Ana Frank, pasó a ser tras la muerte de Otto el titular de los derechos de autor sobre las obras de la joven, que no sobrevivió al horror que contribuyó a denunciar en sus cuadernos pero que sigue siendo uno de los símbolos de la Shoah.. Ana Frank y su familia.Hans Meesters. Del otro lado está la Fundación Ana Frank, constituida en 1957 para, entre otros, velar por la conservación de la casa en Ámsterdam donde la adolescente permaneció escondida durante dos años junto a sus padres y hermana, además de otras cuatro personas, antes de ser descubiertos todos por los nazis, en agosto de 1944, y deportados al campo de exterminio de Auschwitz-Birkenau, en territorio polaco anexionado por Alemania. En noviembre de ese año, las dos hermanas, Margot y Ana, fueron trasladadas, solas, al campo de Bergen-Belsen, donde acabaron falleciendo, en el espacio de pocos días, de tifus en febrero de 1945. Ana tenía 15 años, Margot, 19. Solo el padre sobrevivió y dedicó el resto de su vida a difundir la obra de su hija pequeña para que no se olvidaran historias como la suya y las de millones de personas y familias destruidas o marcadas por el Holocausto. La fundación también está encargada de la “difusión de los ideales legados al mundo en el Diario de Ana Frank”, recuerda el TJUE.. Precisamente con esa intención, en septiembre de 2021, la Fundación, junto con otras entidades, decidió poner a disposición, gratis en internet, una edición académica en neerlandés de los manuscritos de Ana Frank.. Se trata no solamente del famoso diario, el cuaderno que recibió por su 13 cumpleaños, el 12 de junio de 1944, apenas un mes antes de tener que esconderse junto con su familia. En la web creada por la Fundación también se pueden consultar otros de sus escritos, como La Casa de Atrás, el título con el que Ana pensaba escribir un libro sobre su experiencia escondida con su familia reescribiendo parte de su diario, o los 34 cuentos cortos sobre su época en la escuela, lo que sucedía en la Casa de atrás y relatos fantásticos que inventó. También está digitalizado otro proyecto literario, La vida de Cady, la novela que interrumpió a los pocos capítulos. La web permite, asimismo, hacer una interrelación esquemática entre todos estos escritos.. Pero ahí comenzó la larga disputa con el Fondo Ana Frank ahora dirimido por el tribunal de Luxemburgo.. El problema: en Países Bajos, algunas partes de estas obras siguen protegidas hasta 2037. También en muchos otros países, incluida España. Sin embargo, en 18 países, entre ellos Bélgica o Alemania, los derechos de autor ya han expirado y dichas obras han pasado al dominio público. Consciente de esta situación, la Fundación Ana Frank dispuso varias salvaguardas que limitan el acceso al manuscrito académico en su web: está restringido mediante un sistema de bloqueo geográfico que impide su consulta desde aquellos Estados en los que los manuscritos están protegidos por derechos de autor. De hecho, al ingresar en la página inicial, aparece la lista de países de “dominio público” desde donde sí se puede ingresar a la web y se pregunta al internauta si accede a la misma desde uno de esos lugares o no. Incluso si miente y trata de acceder desde uno de los países restringidos, como España, la web se cierra y muestra un mensaje indicando que “la edición científica de los manuscritos de Ana Frank no son accesibles en todos los países debido a los derechos de autor”.. Pero como sucede en tantos otros casos, este obstáculo es salvable de forma relativamente sencilla, mediante el uso de una red privada virtual (Virtual Private Network, VPN) o un servicio similar que permite, entre otros, evadir restricciones geográficas para acceder a contenidos.. De ahí que el demandante, el Fondo Ana Frank, interpusiera un recurso judicial para exigir el cese de la difusión en línea del manuscrito científico, argumentando que se estaban vulnerando los derechos de autor en los propios Países Bajos. El caso llegó al TJUE cuando el Tribunal Supremo holandés decidió realizar una cuestión prejudicial al tribunal de la UE consultado si el Derecho europeo “califica de ‘comunicación al público’ dicha puesta a disposición en línea cuando los internautas neerlandeses pueden eludir el bloqueo geográfico mediante una red privada virtual (Virtual Private Network, VPN) o un servicio similar”.. La respuesta, en resumen, es no: “Una obra que ha pasado al dominio público en determinados Estados miembros, pero que sigue protegida por los derechos de autor en otro Estado miembro y que se publica de forma gratuita en un sitio web que incorpora una medida de bloqueo geográfico destinada a impedir el acceso a dicho sitio a los usuarios que lo consultan desde ese Estado miembro, no constituye una ‘comunicación al público’ en dicho Estado miembro, en el sentido de dicha disposición, cuando dicha medida de bloqueo sea ‘eficaz’, en el sentido de que se encuentre a la ‘vanguardia de la tecnología’, y ello incluso si dichos usuarios pueden eludirla recurriendo a una red privada virtual (VPN) o a un servicio similar”, zanjan los jueces en sus conclusiones.

  

El TJUE resuelve así una disputa entre el Fondo Ana Frank y la Fundación del mismo nombre en torno a los derechos de autor y la posibilidad de publicar en internet obras protegidas en otros países

 

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