Enviar una baja voluntaria puede cerrar de golpe la relación con la empresa. Antes de hacerlo, existe una alternativa que permite apartarse durante un tiempo y conservar una vía de vuelta: la excedencia voluntaria. La decisión cambia por completo los derechos del trabajador, porque la dimisión pone fin al vínculo y la excedencia lo mantiene en pausa.. Esta opción tampoco equivale a guardar el puesto para más adelante. Durante la excedencia no se trabaja ni se cobra salario y, como regla general, el periodo no añade nueva antigüedad. La que ya se hubiera acumulado permanece, mientras que el regreso dependerá de las vacantes y de las reglas aplicables. La excedencia no asegura una reincorporación automática.. El Estatuto de los Trabajadores reconoce la excedencia voluntaria a quien lleva al menos un año en la empresa. Puede durar entre cuatro meses y cinco años, y para volver a ejercer este derecho deben transcurrir cuatro años desde el final de la excedencia anterior. El convenio colectivo puede añadir condiciones más favorables, por lo que conviene revisarlo antes de presentar la solicitud y fijar por escrito las fechas.. La pausa durante el contrato. La recomendación parte de un vídeo de la cuenta de TikTok de Virginia, dirigido a quienes están a punto de enviar la baja por agotamiento o enfado. Su autora lo resume con una frase coloquial: «no dimitas, alma de cántaro». El consejo no significa que la excedencia sea siempre mejor, sino que permite posponer una decisión irreversible mientras se valoran otras opciones.. Desde el punto de vista jurídico, la relación laboral queda suspendida durante la excedencia voluntaria. Eso libera al trabajador de prestar servicios y a la empresa de pagar el salario, pero mantiene vivo el vínculo. La persona no conserva necesariamente el mismo puesto, salvo que el convenio establezca una protección específica, y la regla general no contempla una reserva del puesto. El derecho que queda abierto es el reingreso preferente.. El regreso ante la empresa. Al acercarse la fecha de vuelta, el trabajador debe solicitar el reingreso conforme a lo que dispongan la ley y el convenio. La empresa no tiene que colocarle en la misma mesa ni en idénticas funciones, pero sí debe atender su petición si aparece una vacante de igual o similar categoría. Si no existe una plaza adecuada, la respuesta puede ser negativa de forma provisional, no necesariamente una extinción del contrato. La vacante marca el momento del regreso.. El problema aparece cuando la empresa niega la vuelta pese a que hay un puesto compatible o no logra justificar por qué no puede recolocar a la persona. En esas circunstancias, los tribunales pueden reconocer el derecho al reingreso y, según la forma y el contenido de la respuesta empresarial, apreciar una negativa equivalente a un despido improcedente. Un caso de reingreso resuelto en 2026 terminó con la reincorporación del trabajador y el pago de salarios dejados de percibir. La negativa empresarial debe poder probarse.. Virginia también recuerda que existe «un derecho preferente al reingreso», pero esa preferencia no permite saltarse los requisitos del convenio ni convierte cualquier vacante en una obligación de contratación. Antes de escribir el correo de baja, conviene pedir asesoramiento, conservar la documentación y comparar la excedencia con las consecuencias de dimitir. Una pausa puede ser útil; también puede dejar al trabajador sin puesto disponible cuando termine. La decisión debe tomarse con toda la información.
Enviar una baja voluntaria puede cerrar de golpe la relación con la empresa. Antes de hacerlo, existe una alternativa que permite apartarse durante un tiempo y conservar una vía de vuelta: la excedencia voluntaria. La decisión cambia por completo los derechos del trabajador, porque la dimisión pone fin al vínculo y la excedencia lo mantiene en pausa.. Esta opción tampoco equivale a guardar el puesto para más adelante. Durante la excedencia no se trabaja ni se cobra salario y, como regla general, el periodo no añade nueva antigüedad. La que ya se hubiera acumulado permanece, mientras que el regreso dependerá de las vacantes y de las reglas aplicables. La excedencia no asegura una reincorporación automática.. El Estatuto de los Trabajadores reconoce la excedencia voluntaria a quien lleva al menos un año en la empresa. Puede durar entre cuatro meses y cinco años, y para volver a ejercer este derecho deben transcurrir cuatro años desde el final de la excedencia anterior. El convenio colectivo puede añadir condiciones más favorables, por lo que conviene revisarlo antes de presentar la solicitud y fijar por escrito las fechas.. La pausa durante el contrato. La recomendación parte de un vídeo de la cuenta de TikTok de Virginia, dirigido a quienes están a punto de enviar la baja por agotamiento o enfado. Su autora lo resume con una frase coloquial: «no dimitas, alma de cántaro». El consejo no significa que la excedencia sea siempre mejor, sino que permite posponer una decisión irreversible mientras se valoran otras opciones.. Desde el punto de vista jurídico, la relación laboral queda suspendida durante la excedencia voluntaria. Eso libera al trabajador de prestar servicios y a la empresa de pagar el salario, pero mantiene vivo el vínculo. La persona no conserva necesariamente el mismo puesto, salvo que el convenio establezca una protección específica, y la regla general no contempla una reserva del puesto. El derecho que queda abierto es el reingreso preferente.. El regreso ante la empresa. Al acercarse la fecha de vuelta, el trabajador debe solicitar el reingreso conforme a lo que dispongan la ley y el convenio. La empresa no tiene que colocarle en la misma mesa ni en idénticas funciones, pero sí debe atender su petición si aparece una vacante de igual o similar categoría. Si no existe una plaza adecuada, la respuesta puede ser negativa de forma provisional, no necesariamente una extinción del contrato. La vacante marca el momento del regreso.. El problema aparece cuando la empresa niega la vuelta pese a que hay un puesto compatible o no logra justificar por qué no puede recolocar a la persona. En esas circunstancias, los tribunales pueden reconocer el derecho al reingreso y, según la forma y el contenido de la respuesta empresarial, apreciar una negativa equivalente a un despido improcedente. Un caso de reingreso resuelto en 2026 terminó con la reincorporación del trabajador y el pago de salarios dejados de percibir. La negativa empresarial debe poder probarse.. Virginia también recuerda que existe «un derecho preferente al reingreso», pero esa preferencia no permite saltarse los requisitos del convenio ni convierte cualquier vacante en una obligación de contratación. Antes de escribir el correo de baja, conviene pedir asesoramiento, conservar la documentación y comparar la excedencia con las consecuencias de dimitir. Una pausa puede ser útil; también puede dejar al trabajador sin puesto disponible cuando termine. La decisión debe tomarse con toda la información.
