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  Economía  Un celador consigue una pensión por incapacidad permanente después de que el INSS rechazara su solicitud
Economía

Un celador consigue una pensión por incapacidad permanente después de que el INSS rechazara su solicitud

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Para poder recibir una pensión por incapacidad permanente, es necesario que el Instituto Nacional de Seguridad Social evalúe el expediente médico y las limitaciones del trabajador. Este se encargará de determinar si otorga o no esta prestación y, en caso positivo, el grado de inhabilitación. Una decisión que no siempre es acertada, determinando la cuantía que recibirá el afectado u obligándole a reclamar, en el peor de los casos.. Este fue el caso de Ramón, un celador que había estado trabajando durante años en el sector sanitario y cuya intensa actividad laboral comenzó a provocarle graves dolores. Estos comenzaron en la zona lumbar, pero, con el paso del tiempo, empezó a extenderse hasta las rodillas. Y lo que en un principio era un malestar que podía mitigarse con medicación, pronto comenzó a condicionarle en su jornada.. Cuando buscó un diagnóstico, las pruebas médicas revelaron que sufría una discopatía lumbar, así como varias hernias discales y gonartrosis en ambas rodillas. Unas patologías que provocan dolor y rigidez y con las que cada vez le resultaba más difícil compaginar la gran carga física que suponía su trabajo. Por lo que decidió solicitar la incapacidad temporal para comenzar con tratamientos y rehabilitación, que mejoraran su situación.. Su abogada recurrió la negativa del INSS. No obstante, la posibilidad de mejorar cada vez quedaba más lejos y, viendo que no podría volver a llevar a cabo las tareas que le exigían para su puesto de trabajo sin sufrir dolor, decidió solicitar la incapacidad permanente total. Este grado lo otorga el INSS a aquellos trabajadores que, por enfermedad o accidente, se ven inhabilitados para llevar a cabo su actividad laboral habitual, pero les permite dedicarse a otra profesión.. La sorpresa llegó cuando el INSS denegó su solicitud. Pero Ramón decidió recurrir la decisión con la ayuda de un equipo de abogados. Marina Alaminos, la letrada encargada de representarle durante este proceso, está especializada en casos de incapacidades permanentes y, como asegura, este tipo de negativas es bastante habitual por parte de la entidad de la Seguridad Social, aunque siempre puede reclamarse.. Después de dos negativas, una jueza otorgó la incapacidad permanente total. Según explicó, cuando el caso de Ramón llegó a su bufete, tenía claro por dónde debía enfocarlo, «no bastaba con valorar sus diagnósticos. Había que compararlos con lo que realmente hacía un celador cada día». Pues durante su jornada laboral, su cliente se tenía que encargar de trasladar las camillas y sillas de ruedas en las que se encontraban los pacientes del hospital, así como asistirlos durante el aseo o en la preparación para el quirófano.. Todo ello son tareas que requieren de una gran fuerza física y, sobre todo, la ausencia de dolores permanentes. Por ello, Alaminos lo tenía claro: había que recurrir la decisión del INSS. Un proceso en el que adjuntaron tanto los informes médicos de su cliente y defendieron que, con sus patologías, no podría volver a su puesto de trabajo. No obstante, la respuesta de la entidad volvió a ser negativa.. Ante esta decisión, el equipo de abogados decidió continuar con el caso y presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social, defendiendo que, aunque Ramón podía continuar trabajando, «eso no significaba que pudiera seguir siendo celador», explica la abogada. Este argumento fue aceptado por la jueza, quien estudió las capacidades y limitaciones que presentaba el hombre y decidió otorgarle la incapacidad permanente total para su profesión.. Recibirá una pensión del 55% de la base reguladora. Una sentencia de gran importancia para la vida laboral y económica de Ramón, pues, como explica Alaminos, «podría percibir su pensión y, si su salud se lo permitía, buscar en el futuro otra actividad compatible con sus limitaciones». Gracias a ello, su cliente logró una pensión del 55% de la base reguladora y la posibilidad de encontrar un trabajo que se adapte a los síntomas de sus patologías.. Por ello, Marina Alaminos recuerda que, aunque la primera sentencia del INSS sea negativa, esto no quiere decir que el trabajador pierda el derecho a volver a solicitar la incapacidad y recurrir la decisión hasta en tres ocasiones. Primero ante la Seguridad Social, luego ante el Juzgado de lo Social y, finalmente, ante el Tribunal Supremo, cuando así lo considere el equipo de abogados.

 

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Para poder recibir una pensión por incapacidad permanente, es necesario que el Instituto Nacional de Seguridad Social evalúe el expediente médico y las limitaciones del trabajador. Este se encargará de determinar si otorga o no esta prestación y, en caso positivo, el grado de inhabilitación. Una decisión que no siempre es acertada, determinando la cuantía que recibirá el afectado u obligándole a reclamar, en el peor de los casos.. Este fue el caso de Ramón, un celador que había estado trabajando durante años en el sector sanitario y cuya intensa actividad laboral comenzó a provocarle graves dolores. Estos comenzaron en la zona lumbar, pero, con el paso del tiempo, empezó a extenderse hasta las rodillas. Y lo que en un principio era un malestar que podía mitigarse con medicación, pronto comenzó a condicionarle en su jornada.. Cuando buscó un diagnóstico, las pruebas médicas revelaron que sufría una discopatía lumbar, así como varias hernias discales y gonartrosis en ambas rodillas. Unas patologías que provocan dolor y rigidez y con las que cada vez le resultaba más difícil compaginar la gran carga física que suponía su trabajo. Por lo que decidió solicitar la incapacidad temporal para comenzar con tratamientos y rehabilitación, que mejoraran su situación.. Su abogada recurrió la negativa del INSS. No obstante, la posibilidad de mejorar cada vez quedaba más lejos y, viendo que no podría volver a llevar a cabo las tareas que le exigían para su puesto de trabajo sin sufrir dolor, decidió solicitar la incapacidad permanente total. Este grado lo otorga el INSS a aquellos trabajadores que, por enfermedad o accidente, se ven inhabilitados para llevar a cabo su actividad laboral habitual, pero les permite dedicarse a otra profesión.. La sorpresa llegó cuando el INSS denegó su solicitud. Pero Ramón decidió recurrir la decisión con la ayuda de un equipo de abogados. Marina Alaminos, la letrada encargada de representarle durante este proceso, está especializada en casos de incapacidades permanentes y, como asegura, este tipo de negativas es bastante habitual por parte de la entidad de la Seguridad Social, aunque siempre puede reclamarse.. Después de dos negativas, una jueza otorgó la incapacidad permanente total. Según explicó, cuando el caso de Ramón llegó a su bufete, tenía claro por dónde debía enfocarlo, «no bastaba con valorar sus diagnósticos. Había que compararlos con lo que realmente hacía un celador cada día». Pues durante su jornada laboral, su cliente se tenía que encargar de trasladar las camillas y sillas de ruedas en las que se encontraban los pacientes del hospital, así como asistirlos durante el aseo o en la preparación para el quirófano.. Todo ello son tareas que requieren de una gran fuerza física y, sobre todo, la ausencia de dolores permanentes. Por ello, Alaminos lo tenía claro: había que recurrir la decisión del INSS. Un proceso en el que adjuntaron tanto los informes médicos de su cliente y defendieron que, con sus patologías, no podría volver a su puesto de trabajo. No obstante, la respuesta de la entidad volvió a ser negativa.. Ante esta decisión, el equipo de abogados decidió continuar con el caso y presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social, defendiendo que, aunque Ramón podía continuar trabajando, «eso no significaba que pudiera seguir siendo celador», explica la abogada. Este argumento fue aceptado por la jueza, quien estudió las capacidades y limitaciones que presentaba el hombre y decidió otorgarle la incapacidad permanente total para su profesión.. Recibirá una pensión del 55% de la base reguladora. Una sentencia de gran importancia para la vida laboral y económica de Ramón, pues, como explica Alaminos, «podría percibir su pensión y, si su salud se lo permitía, buscar en el futuro otra actividad compatible con sus limitaciones». Gracias a ello, su cliente logró una pensión del 55% de la base reguladora y la posibilidad de encontrar un trabajo que se adapte a los síntomas de sus patologías.. Por ello, Marina Alaminos recuerda que, aunque la primera sentencia del INSS sea negativa, esto no quiere decir que el trabajador pierda el derecho a volver a solicitar la incapacidad y recurrir la decisión hasta en tres ocasiones. Primero ante la Seguridad Social, luego ante el Juzgado de lo Social y, finalmente, ante el Tribunal Supremo, cuando así lo considere el equipo de abogados.

 

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