La convivencia en un edificio o finca residencial suele conllevar algunos conflictos con el resto de propietarios. Más allá de las obligaciones de cada uno de los vecinos sobre su propia vivienda, estos también deben cumplir con una serie de cuestiones relativas a la comunidad según la Ley de Propiedad Horizontal. Como puede ser el caso de las juntas para tomar decisiones sobre las obras o reformas que se van a llevar a cabo en el edificio. Una cuestión que que puede desembocar en el impago de las derramas.. Como ya explicó el abogado Raúl Gómez, colaborador en el programa ‘No son horas’ de Onda Cero, para que una comunidad de vecinos pueda reclamar legalmente el pago de la cuota de vecinos o de las derramas, es necesario ajustarse al plazo de 5 años establecido por ley y presentar una reclamación formal al propietario en cuestión. No obstante, existen casos en los que, aun habiendo seguido dicho procedimiento, el juez puede considerar que el demandado no debe abonar el pago que le exigen el resto de dueños del edificio.. Es en este momento donde entra en juego una cuestión de gran relevancia jurídica, a pesar de que muchas comunidades suelen no darle la importancia que debería: la formalidad en toda comunicación y convocatoria que se realice por parte de la comunidad. Y optan por avisar al resto de vecinos con un mensaje de WhatsApp simple y escueto. Algo que puede conllevar consecuencias legales, pues, como recuerda el letrado, «en derecho, las formas importan y mucho».. La derrama de 4.750 euros fue declarada nula por la Audiencia de Baleares. Dicha información llega a raíz de una sentencia de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca que declaró como nulo un acuerdo en el que la comunidad de vecinos le reclamaba 4.750 euros a unos propietarios con motivo de unas obras que se realizaron en el edificio.
La convivencia en un edificio o finca residencial suele conllevar algunos conflictos con el resto de propietarios. Más allá de las obligaciones de cada uno de los vecinos sobre su propia vivienda, estos también deben cumplir con una serie de cuestiones relativas a la comunidad según la Ley de Propiedad Horizontal. Como puede ser el caso de las juntas para tomar decisiones sobre las obras o reformas que se van a llevar a cabo en el edificio. Una cuestión que que puede desembocar en el impago de las derramas.. Como ya explicó el abogado Raúl Gómez, colaborador en el programa ‘No son horas’ de Onda Cero, para que una comunidad de vecinos pueda reclamar legalmente el pago de la cuota de vecinos o de las derramas, es necesario ajustarse al plazo de 5 años establecido por ley y presentar una reclamación formal al propietario en cuestión. No obstante, existen casos en los que, aun habiendo seguido dicho procedimiento, el juez puede considerar que el demandado no debe abonar el pago que le exigen el resto de dueños del edificio.. Es en este momento donde entra en juego una cuestión de gran relevancia jurídica, a pesar de que muchas comunidades suelen no darle la importancia que debería: la formalidad en toda comunicación y convocatoria que se realice por parte de la comunidad. Y optan por avisar al resto de vecinos con un mensaje de WhatsApp simple y escueto. Algo que puede conllevar consecuencias legales, pues, como recuerda el letrado, «en derecho, las formas importan y mucho».. La derrama de 4.750 euros fue declarada nula por la Audiencia de Baleares. Dicha información llega a raíz de una sentencia de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca que declaró como nulo un acuerdo en el que la comunidad de vecinos le reclamaba 4.750 euros a unos propietarios con motivo de unas obras que se realizaron en el edificio.
