El absentismo laboral sigue ganando peso en España y las bajas médicas explican buena parte de las horas de trabajo que se pierden cada trimestre. Según el último informe de Randstad Research, correspondiente al primer trimestre de 2026, el absentismo supuso la pérdida del 7,2% de las horas pactadas, una cifra que representa el máximo de los últimos cinco años y que mantiene la tendencia ascendente de este indicador. En este periodo, una media de 1.602.889 personas no acudió cada día a su puesto de trabajo, una realidad que pone cifras a un fenómeno que afecta tanto a las empresas como a los trabajadores.. La mayor parte de esas ausencias estuvieron relacionadas con la incapacidad temporal, es decir, con las conocidas bajas médicas. En concreto, el absentismo por IT provocó la pérdida del 5,6% de las horas pactadas durante los primeros tres meses del año. Del promedio diario de personas que no acudieron a trabajar, 1.240.138 se encontraban de baja médica, lo que supone que más de un millón de trabajadores se ausentaron cada día por motivos vinculados a su estado de salud. El dato refleja hasta qué punto la incapacidad temporal ocupa un lugar central en el mercado laboral y también abre la puerta a situaciones menos habituales, como la de una persona que enferma cuando todavía no tiene que acudir a su puesto porque se encuentra en excedencia.. Aquí aparece una situación que puede generar dudas incluso entre trabajadores con experiencia. ¿Qué ocurre si una persona está en excedencia y durante ese periodo enferma? La excedencia supone la suspensión de la relación laboral durante un tiempo determinado, de manera que el trabajador deja de trabajar y, en la voluntaria, también de cobrar. El problema surge cuando la enfermedad aparece en ese periodo y se prolonga hasta el momento de volver a la empresa. En principio, la excedencia voluntaria no se considera situación asimilada al alta, lo que complica el acceso directo a la prestación.. El factor clave del Tribunal Supremo sobre esta cuestión. La respuesta del Tribunal Supremo introduce un matiz clave. La incapacidad temporal no es solo estar enfermo, sino no poder trabajar y necesitar asistencia médica. Por eso, si no hay obligación de trabajar durante la excedencia, no siempre puede hablarse de baja médica en sentido estricto. En su sentencia de 12 de diciembre de 2018, el Alto Tribunal concluye que la protección puede nacer cuando termina la excedencia y el trabajador debe reincorporarse, si sigue enfermo y no puede hacerlo. Este enfoque desplaza el foco desde el inicio de la enfermedad hacia el momento en el que realmente se produce la imposibilidad de trabajar.. ¿Qué sucede cuando estás a punto de reincorporarte?. La clave está en ese momento de reincorporación. La incapacidad temporal se analiza de forma continuada, no en un único instante. Así, aunque la enfermedad empiece durante la excedencia, el derecho puede activarse cuando el trabajador vuelve a estar de alta y no puede trabajar. El Supremo aclara además que la excedencia voluntaria no se convierte en situación asimilada al alta, sino que el derecho surge cuando se cumplen todos los requisitos en el momento adecuado. Esto evita interpretaciones automáticas y obliga a analizar cada caso en función de su evolución temporal concreta.. Una lógica similar se ha aplicado en otros periodos de suspensión del contrato, como la suspensión de empleo y sueldo. En estos casos tampoco siempre existe una regulación expresa, pero la jurisprudencia ha evitado situaciones de desprotección. La conclusión es clara: enfermar durante una excedencia no garantiza cobrar la baja desde el inicio, pero tampoco excluye automáticamente la protección. Todo depende del momento en que el trabajador debe reincorporarse y de si en ese instante cumple los requisitos para la incapacidad temporal.
El absentismo laboral sigue ganando peso en España y las bajas médicas explican buena parte de las horas de trabajo que se pierden cada trimestre. Según el último informe de Randstad Research, correspondiente al primer trimestre de 2026, el absentismo supuso la pérdida del 7,2% de las horas pactadas, una cifra que representa el máximo de los últimos cinco años y que mantiene la tendencia ascendente de este indicador. En este periodo, una media de 1.602.889 personas no acudió cada día a su puesto de trabajo, una realidad que pone cifras a un fenómeno que afecta tanto a las empresas como a los trabajadores.. La mayor parte de esas ausencias estuvieron relacionadas con la incapacidad temporal, es decir, con las conocidas bajas médicas. En concreto, el absentismo por IT provocó la pérdida del 5,6% de las horas pactadas durante los primeros tres meses del año. Del promedio diario de personas que no acudieron a trabajar, 1.240.138 se encontraban de baja médica, lo que supone que más de un millón de trabajadores se ausentaron cada día por motivos vinculados a su estado de salud. El dato refleja hasta qué punto la incapacidad temporal ocupa un lugar central en el mercado laboral y también abre la puerta a situaciones menos habituales, como la de una persona que enferma cuando todavía no tiene que acudir a su puesto porque se encuentra en excedencia.. Aquí aparece una situación que puede generar dudas incluso entre trabajadores con experiencia. ¿Qué ocurre si una persona está en excedencia y durante ese periodo enferma? La excedencia supone la suspensión de la relación laboral durante un tiempo determinado, de manera que el trabajador deja de trabajar y, en la voluntaria, también de cobrar. El problema surge cuando la enfermedad aparece en ese periodo y se prolonga hasta el momento de volver a la empresa. En principio, la excedencia voluntaria no se considera situación asimilada al alta, lo que complica el acceso directo a la prestación.. El factor clave del Tribunal Supremo sobre esta cuestión. La respuesta del Tribunal Supremo introduce un matiz clave. La incapacidad temporal no es solo estar enfermo, sino no poder trabajar y necesitar asistencia médica. Por eso, si no hay obligación de trabajar durante la excedencia, no siempre puede hablarse de baja médica en sentido estricto. En su sentencia de 12 de diciembre de 2018, el Alto Tribunal concluye que la protección puede nacer cuando termina la excedencia y el trabajador debe reincorporarse, si sigue enfermo y no puede hacerlo. Este enfoque desplaza el foco desde el inicio de la enfermedad hacia el momento en el que realmente se produce la imposibilidad de trabajar.. ¿Qué sucede cuando estás a punto de reincorporarte?. La clave está en ese momento de reincorporación. La incapacidad temporal se analiza de forma continuada, no en un único instante. Así, aunque la enfermedad empiece durante la excedencia, el derecho puede activarse cuando el trabajador vuelve a estar de alta y no puede trabajar. El Supremo aclara además que la excedencia voluntaria no se convierte en situación asimilada al alta, sino que el derecho surge cuando se cumplen todos los requisitos en el momento adecuado. Esto evita interpretaciones automáticas y obliga a analizar cada caso en función de su evolución temporal concreta.. Una lógica similar se ha aplicado en otros periodos de suspensión del contrato, como la suspensión de empleo y sueldo. En estos casos tampoco siempre existe una regulación expresa, pero la jurisprudencia ha evitado situaciones de desprotección. La conclusión es clara: enfermar durante una excedencia no garantiza cobrar la baja desde el inicio, pero tampoco excluye automáticamente la protección. Todo depende del momento en que el trabajador debe reincorporarse y de si en ese instante cumple los requisitos para la incapacidad temporal.
