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  Economía  Mañana entra en vigor un gran cambio de la Seguridad Social que afecta a miles de trabajadores que están de baja
Economía

Mañana entra en vigor un gran cambio de la Seguridad Social que afecta a miles de trabajadores que están de baja

31 de agosto de 2026
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A partir de mañana, día 1 de septiembre de 2026, las personas que se encuentren en situación de incapacidad temporal o permanente deberán prestar mucha atención a las notificaciones de su teléfono móvil. La Seguridad Social comenzará a comunicarse con los trabajadores de baja laboral exclusivamente mediante su sede electrónica, aunque con excepciones.. La Administración Pública española está buscando mejorar su digitalización y, para ello, a partir del primer martes de septiembre de 2026 comenzará a realizar sus notificaciones exclusivamente de manera telemática. Una medida que coincide con el refuerzo de la vigilancia de los trabajadores con varias bajas laborales al año.. Este cambio aparece desarrollado en la Orden ISM/541/2026, de 27 de mayo, publicada en el BOE la cual modifica la anterior Orden ISM/903/2020 relativa a las notificaciones y comunicaciones electrónicas de la Administración de la Seguridad Social. Concretamente, introduce cambios en los artículos 4, 5 y 6 de dicha orden.. Existe un plazo de 10 días para poder abrir y leer las notificaciones de la Seguridad Social. A partir de la entrada en vigor de dicha modificación, este 1 de septiembre, aquellas personas que hayan solicitado o que se encuentren percibiendo prestaciones por incapacidad temporal, permanente o lesión permanente no incapacitante empezarán a recibir todas las notificaciones a través del buzón de la sede electrónica de la Seguridad Social.. Por esta vía, la Administración Pública comunicará tanto la denegación, la prórroga o el reconocimiento de la prestación, como la necesidad de aportar documentación o las citaciones de reconocimientos médicos. Asimismo, existe un plazo de 10 días naturales a partir del día de la recepción para poder entrar y leer la notificación. En caso de que no se abra en el plazo establecido, el sistema la dará por leída.. Según indica la propia normativa, «se considera que estas personas, por estar incorporadas al mundo laboral o profesional en el que está generalizada la tenencia y el uso de dispositivos electrónicos, cuentan con conocimientos y medios suficientes para recibir las comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos. No obstante, se introducen ciertas salvaguardas para garantizar que las actuaciones administrativas llegan a la persona destinataria». Las notificaciones podrán llegar a través de email o SMS. Para asegurar que las notificaciones se lean a tiempo, el organismo ha implementado un sistema de alertas. Este permite vincular el correo electrónico personal o el número de teléfono con el objetivo de hacer llevar un email o SMS cada vez que cuente con una comunicación nueva y pendiente de abrir en el buzón de la sede electrónica de la Seguridad Social.. «No obstante, para los casos residuales de personas que pudieran tener dificultades para acceder a las comunicaciones electrónicas, la norma refuerza la posibilidad de que puedan ser atendidas presencialmente en una oficina». Concretamente, el apartado 5 del artículo 6 indica que podrán acudir de forma presencial a los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).. Aunque, no todas las notificaciones se realizarán de manera telemática. Aquellas que contengan documentos que no puedan digitalizarse, cheques a favor del receptor o deban entregarse en el domicilio de este no se verán afectadas por esta modificación. Asimismo, también podrán entregarse personalmente aquellas comunicaciones que se soliciten en un CAISS o lo requieran por cuestiones de inmediatez.

 

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A partir de mañana, día 1 de septiembre de 2026, las personas que se encuentren en situación de incapacidad temporal o permanente deberán prestar mucha atención a las notificaciones de su teléfono móvil. La Seguridad Social comenzará a comunicarse con los trabajadores de baja laboral exclusivamente mediante su sede electrónica, aunque con excepciones.. La Administración Pública española está buscando mejorar su digitalización y, para ello, a partir del primer martes de septiembre de 2026 comenzará a realizar sus notificaciones exclusivamente de manera telemática. Una medida que coincide con el refuerzo de la vigilancia de los trabajadores con varias bajas laborales al año.. Este cambio aparece desarrollado en la Orden ISM/541/2026, de 27 de mayo, publicada en el BOE la cual modifica la anterior Orden ISM/903/2020 relativa a las notificaciones y comunicaciones electrónicas de la Administración de la Seguridad Social. Concretamente, introduce cambios en los artículos 4, 5 y 6 de dicha orden.. Existe un plazo de 10 días para poder abrir y leer las notificaciones de la Seguridad Social. A partir de la entrada en vigor de dicha modificación, este 1 de septiembre, aquellas personas que hayan solicitado o que se encuentren percibiendo prestaciones por incapacidad temporal, permanente o lesión permanente no incapacitante empezarán a recibir todas las notificaciones a través del buzón de la sede electrónica de la Seguridad Social.. Por esta vía, la Administración Pública comunicará tanto la denegación, la prórroga o el reconocimiento de la prestación, como la necesidad de aportar documentación o las citaciones de reconocimientos médicos. Asimismo, existe un plazo de 10 días naturales a partir del día de la recepción para poder entrar y leer la notificación. En caso de que no se abra en el plazo establecido, el sistema la dará por leída.. Según indica la propia normativa, «se considera que estas personas, por estar incorporadas al mundo laboral o profesional en el que está generalizada la tenencia y el uso de dispositivos electrónicos, cuentan con conocimientos y medios suficientes para recibir las comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos. No obstante, se introducen ciertas salvaguardas para garantizar que las actuaciones administrativas llegan a la persona destinataria». Las notificaciones podrán llegar a través de email o SMS. Para asegurar que las notificaciones se lean a tiempo, el organismo ha implementado un sistema de alertas. Este permite vincular el correo electrónico personal o el número de teléfono con el objetivo de hacer llevar un email o SMS cada vez que cuente con una comunicación nueva y pendiente de abrir en el buzón de la sede electrónica de la Seguridad Social.. «No obstante, para los casos residuales de personas que pudieran tener dificultades para acceder a las comunicaciones electrónicas, la norma refuerza la posibilidad de que puedan ser atendidas presencialmente en una oficina». Concretamente, el apartado 5 del artículo 6 indica que podrán acudir de forma presencial a los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).. Aunque, no todas las notificaciones se realizarán de manera telemática. Aquellas que contengan documentos que no puedan digitalizarse, cheques a favor del receptor o deban entregarse en el domicilio de este no se verán afectadas por esta modificación. Asimismo, también podrán entregarse personalmente aquellas comunicaciones que se soliciten en un CAISS o lo requieran por cuestiones de inmediatez.

 

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