Las relaciones laborales no son para siempre y, en ocasiones, terminan por decisión de la empresa. Cuando esto ocurre, una de las principales dudas de los trabajadores es qué indemnización les corresponde y cómo se calcula la cantidad que pueden percibir.
La cuantía depende, principalmente, del tipo de despido y de la antigüedad del empleado en la empresa. Según el Estatuto de los Trabajadores (ET), la indemnización es de 20 días de salario por año trabajado en los despidos objetivos y de 33 días por año en los improcedentes, con los límites máximos establecidos legalmente.
Aunque la normativa no contempla un incremento específico por alcanzar determinados años de antigüedad, el tiempo trabajado influye directamente en el cálculo de la indemnización. Así, cuantos más años haya permanecido el empleado en la empresa, mayor será la compensación que le corresponda, hasta alcanzar el límite previsto para cada tipo de despido.
Despido improcedente: hasta 24 mensualidades
Cuando un despido se declara improcedente, la indemnización general es de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, equivalentes a 720 días de salario.
Así, un empleado con un año de antigüedad tendría derecho a una indemnización equivalente a 33 días de salario. Si hubiera trabajado dos años, serían 66 días, mientras que con cinco años alcanzaría los 165 días, siempre que no se superase el límite máximo.
Para que un despido sea declarado improcedente, debe determinarse que la decisión empresarial no se ajusta a derecho, por ejemplo, porque no existen motivos suficientes para justificar el cese disciplinario o porque la empresa ha incumplido los requisitos legales aplicables.
Despido objetivo: 20 días por año trabajado
La indemnización es diferente cuando el despido responde a causas objetivas. Estas pueden estar relacionadas con la ineptitud del trabajador, la falta de adaptación a modificaciones técnicas o causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
En estos casos, la compensación asciende a 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades, equivalentes a 360 días de salario.
Por tanto, un trabajador con un año de antigüedad cobraría el equivalente a 20 días de salario, mientras que otro con dos años tendría derecho a 40 días. Con seis meses de trabajo, la indemnización sería de 10 días de salario.
El límite máximo de 12 mensualidades se alcanza al acumular 18 años de antigüedad, siempre que el cálculo no se vea afectado por otras circunstancias.
Las relaciones laborales no son para siempre y, en ocasiones, terminan por decisión de la empresa. Cuando esto ocurre, una de las principales dudas de los trabajadores es qué indemnización les corresponde y cómo se calcula la cantidad que pueden percibir.
La cuantía depende, principalmente, del tipo de despido y de la antigüedad del empleado en la empresa. Según el Estatuto de los Trabajadores (ET), la indemnización es de 20 días de salario por año trabajado en los despidos objetivos y de 33 días por año en los improcedentes, con los límites máximos establecidos legalmente.
Aunque la normativa no contempla un incremento específico por alcanzar determinados años de antigüedad, el tiempo trabajado influye directamente en el cálculo de la indemnización. Así, cuantos más años haya permanecido el empleado en la empresa, mayor será la compensación que le corresponda, hasta alcanzar el límite previsto para cada tipo de despido.
Despido improcedente: hasta 24 mensualidades
Cuando un despido se declara improcedente, la indemnización general es de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, equivalentes a 720 días de salario.
Así, un empleado con un año de antigüedad tendría derecho a una indemnización equivalente a 33 días de salario. Si hubiera trabajado dos años, serían 66 días, mientras que con cinco años alcanzaría los 165 días, siempre que no se superase el límite máximo.
Para que un despido sea declarado improcedente, debe determinarse que la decisión empresarial no se ajusta a derecho, por ejemplo, porque no existen motivos suficientes para justificar el cese disciplinario o porque la empresa ha incumplido los requisitos legales aplicables.
Despido objetivo: 20 días por año trabajado
La indemnización es diferente cuando el despido responde a causas objetivas. Estas pueden estar relacionadas con la ineptitud del trabajador, la falta de adaptación a modificaciones técnicas o causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
En estos casos, la compensación asciende a 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades, equivalentes a 360 días de salario.
Por tanto, un trabajador con un año de antigüedad cobraría el equivalente a 20 días de salario, mientras que otro con dos años tendría derecho a 40 días. Con seis meses de trabajo, la indemnización sería de 10 días de salario.
El límite máximo de 12 mensualidades se alcanza al acumular 18 años de antigüedad, siempre que el cálculo no se vea afectado por otras circunstancias.
