La Unión Europea ha desbloqueado después de una década la reforma de los derechos de los pasajeros aéreos con un acuerdo político que obligará a las aerolíneas a ofrecer desde el inicio del proceso de compra una tarifa base que incluya el transporte de una maleta de mano en cabina y que mantiene intactas las compensaciones económicas por retrasos de vuelo. Además, las compañías no podrán cobrar a las familias ni a las personas dependientes por garantizar que viajen sentadas juntas.. El acuerdo, alcanzado entre los negociadores del Consejo de la UE y del Parlamento Europeo, recibió este viernes el respaldo de los Veintisiete en el comité de conciliación, pese al voto en contra de España y Letonia y las abstenciones de Finlandia y Austria. El texto deberá ser ratificado el próximo lunes por el comité de conciliación de la Eurocámara para completar su tramitación.. Claves. La reforma -que entrará en vigor doce meses después de que concluya su adopción- conserva los actuales umbrales que dan derecho a indemnización por retrasos, cancelaciones o denegaciones de embarque, una cuestión que varios Estados miembros habían intentado flexibilizar durante las negociaciones. De este modo, los pasajeros seguirán pudiendo reclamar compensaciones a partir de tres horas de retraso. Las cuantías se mantienen en 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, 400 euros para vuelos intracomunitarios o trayectos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros, y 600 euros para el resto de las rutas.. Uno de los puntos más debatidos ha sido el equipaje de mano. Finalmente, la UE ha renunciado a reconocer expresamente el derecho a embarcar gratuitamente con una maleta de cabina tipo trolley, tal y como avala una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE). Sin embargo, el acuerdo obliga a las aerolíneas a mostrar por defecto una tarifa que incluya ese equipaje, con el objetivo de garantizar una mayor transparencia en el precio final del billete. Posteriormente, las compañías podrán ofrecer descuentos a los viajeros que decidan volar sin maleta de mano. Sí queda protegido el derecho a transportar sin coste adicional un bulto personal que pueda colocarse bajo el asiento delantero.. La Asociación de Aerolíneas Aéreas (ALA) ha asegurado este viernes que la Unión Europea y los Estados miembro han dado la razón al sector «corroborando que es perfectamente legal ofrecer una tarifa más barata a aquellos pasajeros que solamente lleven un bulto de mano frente a lo defendido por el Ministerio de Consumo (español), y por lo cual este ha impuesto multas millonarias». No obstante, considera que «la decisión de que la tarifa básica inicialmente mostrada incluya un servicio que no todos los pasajeros precisan, como es el de llevar a bordo una maleta de mano tipo ‘trolley’, además de ser contraria a la legislación comunitaria que establece que cualquier suplemento opcional no debe de incluirse en la tarifa inicialmente ofrecida, sino que debe ser el cliente el que lo elija (…) es probable que induzca a muchos consumidores a acabar pagando por un servicio que no precisan».. El Ministerio de Consumo ha criticado la falta de ambición del acuerdo político alcanzado en la UE para la reforma de los derechos del pasaje aéreo, lo que ha llevado a España a votar contra ella. «La gratuidad del equipaje de mano es un derecho reconocido para los pasajeros, tal y como han defendido decenas de sentencias de los tribunales en España, y tal y como señaló una sentencia del TJUE, en la que de basó el Ministerio de Consumo para sancionar a cinco aerolíneas ‘lowcost’ por, entre otras infracciones, cobrar a los pasajeros por este equipaje», ha añadido.. La reforma incorpora además nuevas garantías para las familias. Las aerolíneas ya no podrán cobrar para garantizar que los menores se sientan junto a sus padres y también deberán garantizar que si viajan con un carrito para bebés puedan depositarlo en la puerta de entrada al avión y recuperarlo en el mismo lugar al finalizar el vuelo. Las personas con movilidad reducida que pierdan un vuelo porque no se les dio la asistencia necesaria para llegar al embarque, tendrán también derecho a pedir compensación por ello.. Otras claves del acuerdo, según explican fuentes negociadoras, tienen que ver con reforzar los derechos de los pasajeros por ejemplo cuando acepten como compensación un vale en lugar del reembolso, ya que la reforma deja claro que estos bonos no podrán tener fecha de caducidad, ni condiciones inconvenientes. Asimismo quedan prohibidas las tasas por cambios administrativos de nombre o por errores ortográficos y las aerolíneas estarán obligadas a enviar por correo electrónico a los pasajeros que sufran retrasos o cancelaciones con toda la información pertinente para conocer sus derechos y los pasos a seguir para reclamar la indemnización que les corresponda.
La Unión Europea ha desbloqueado después de una década la reforma de los derechos de los pasajeros aéreos con un acuerdo político que obligará a las aerolíneas a ofrecer desde el inicio del proceso de compra una tarifa base que incluya el transporte de una maleta de mano en cabina y que mantiene intactas las compensaciones económicas por retrasos de vuelo. Además, las compañías no podrán cobrar a las familias ni a las personas dependientes por garantizar que viajen sentadas juntas.. El acuerdo, alcanzado entre los negociadores del Consejo de la UE y del Parlamento Europeo, recibió este viernes el respaldo de los Veintisiete en el comité de conciliación, pese al voto en contra de España y Letonia y las abstenciones de Finlandia y Austria. El texto deberá ser ratificado el próximo lunes por el comité de conciliación de la Eurocámara para completar su tramitación.. La reforma -que entrará en vigor doce meses después de que concluya su adopción- conserva los actuales umbrales que dan derecho a indemnización por retrasos, cancelaciones o denegaciones de embarque, una cuestión que varios Estados miembros habían intentado flexibilizar durante las negociaciones. De este modo, los pasajeros seguirán pudiendo reclamar compensaciones a partir de tres horas de retraso. Las cuantías se mantienen en 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, 400 euros para vuelos intracomunitarios o trayectos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros, y 600 euros para el resto de las rutas.. Uno de los puntos más debatidos ha sido el equipaje de mano. Finalmente, la UE ha renunciado a reconocer expresamente el derecho a embarcar gratuitamente con una maleta de cabina tipo trolley, tal y como avala una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE). Sin embargo, el acuerdo obliga a las aerolíneas a mostrar por defecto una tarifa que incluya ese equipaje, con el objetivo de garantizar una mayor transparencia en el precio final del billete. Posteriormente, las compañías podrán ofrecer descuentos a los viajeros que decidan volar sin maleta de mano. Sí queda protegido el derecho a transportar sin coste adicional un bulto personal que pueda colocarse bajo el asiento delantero.. La Asociación de Aerolíneas Aéreas (ALA) ha asegurado este viernes que la Unión Europea y los Estados miembro han dado la razón al sector «corroborando que es perfectamente legal ofrecer una tarifa más barata a aquellos pasajeros que solamente lleven un bulto de mano frente a lo defendido por el Ministerio de Consumo (español), y por lo cual este ha impuesto multas millonarias». No obstante, considera que «la decisión de que la tarifa básica inicialmente mostrada incluya un servicio que no todos los pasajeros precisan, como es el de llevar a bordo una maleta de mano tipo ‘trolley’, además de ser contraria a la legislación comunitaria que establece que cualquier suplemento opcional no debe de incluirse en la tarifa inicialmente ofrecida, sino que debe ser el cliente el que lo elija (…) es probable que induzca a muchos consumidores a acabar pagando por un servicio que no precisan».. El Ministerio de Consumo ha criticado la falta de ambición del acuerdo político alcanzado en la UE para la reforma de los derechos del pasaje aéreo, lo que ha llevado a España a votar contra ella. «La gratuidad del equipaje de mano es un derecho reconocido para los pasajeros, tal y como han defendido decenas de sentencias de los tribunales en España, y tal y como señaló una sentencia del TJUE, en la que de basó el Ministerio de Consumo para sancionar a cinco aerolíneas ‘lowcost’ por, entre otras infracciones, cobrar a los pasajeros por este equipaje», ha añadido.. La reforma incorpora además nuevas garantías para las familias. Las aerolíneas ya no podrán cobrar para garantizar que los menores se sientan junto a sus padres y también deberán garantizar que si viajan con un carrito para bebés puedan depositarlo en la puerta de entrada al avión y recuperarlo en el mismo lugar al finalizar el vuelo. Las personas con movilidad reducida que pierdan un vuelo porque no se les dio la asistencia necesaria para llegar al embarque, tendrán también derecho a pedir compensación por ello.. Otras claves del acuerdo, según explican fuentes negociadoras, tienen que ver con reforzar los derechos de los pasajeros por ejemplo cuando acepten como compensación un vale en lugar del reembolso, ya que la reforma deja claro que estos bonos no podrán tener fecha de caducidad, ni condiciones inconvenientes. Asimismo quedan prohibidas las tasas por cambios administrativos de nombre o por errores ortográficos y las aerolíneas estarán obligadas a enviar por correo electrónico a los pasajeros que sufran retrasos o cancelaciones con toda la información pertinente para conocer sus derechos y los pasos a seguir para reclamar la indemnización que les corresponda.
