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  Economía  La Seguridad Social paga una media de 166 euros por beneficiario del Ingreso Mínimo Vital y hasta 115 euros más por cada menor
Economía

La Seguridad Social paga una media de 166 euros por beneficiario del Ingreso Mínimo Vital y hasta 115 euros más por cada menor

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El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación de la Seguridad Social destinada a garantizar un nivel mínimo de ingresos a las personas y familias en situación de vulnerabilidad económica cuando sus recursos no son suficientes para cubrir sus necesidades básicas. Actualmente, esta ayuda llega a más de 2,6 millones de personas repartidas en cerca de 860.000 hogares, aunque el Gobierno sigue trabajando para ampliar su alcance, ya que muchas personas con derecho a percibirla aún no la solicitan por desconocimiento o porque creen, erróneamente, que no cumplen los requisitos.. De acuerdo con los últimos datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la cuantía media que reciben las unidades de convivencia se sitúa en 506,99 euros al mes. Esto equivale a unos 166 euros por beneficiario, ya que cada hogar está integrado, de media, por 3,04 personas.. Cómo se calcula la cuantía del IMV. El importe del Ingreso Mínimo Vital no es fijo para todos los beneficiarios. La prestación cubre la diferencia entre los ingresos de la unidad de convivencia y la renta garantizada que le corresponde según su composición. Asimismo, la legislación contempla incrementos para determinados colectivos, como las personas con discapacidad o las familias monoparentales.. A ello se suma el complemento de ayuda a la infancia, dirigido a los hogares con menores de edad. Su cuantía depende de la edad de cada hijo: 115 euros mensuales para menores de tres años, 80,50 euros para niños de entre tres y seis años y 57,50 euros para los mayores de seis y menores de 18 años. Estos importes se añaden a la prestación cuando se cumplen los requisitos establecidos.. Los dos requisitos imprescindibles para cobrar el Ingreso Mínimo Vital. La normativa del IMV establece dos condiciones básicas que deben cumplir quienes soliciten la prestación. La primera consiste en acreditar una residencia legal y efectiva en España durante, al menos, el año inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud. No obstante, este requisito no se exige a los menores que se incorporen a la unidad de convivencia ni a las víctimas de trata de seres humanos, explotación sexual o violencia de género.. El segundo requisito es encontrarse en una situación de vulnerabilidad económica, es decir, no disponer de ingresos, rentas o patrimonio suficientes dentro de los límites fijados por la ley. Para determinarlo, la Seguridad Social compara los ingresos computables del ejercicio anterior con la renta garantizada que corresponde a cada unidad de convivencia. Como norma general, esos ingresos deben situarse, al menos, 10 euros por debajo de la cuantía garantizada.. Además de los ingresos, también se tiene en cuenta el patrimonio familiar, aunque la vivienda habitual queda excluida del cálculo, tal y como recoge la normativa. Los límites patrimoniales varían en función del número de miembros que integran la unidad de convivencia.

 

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El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación de la Seguridad Social destinada a garantizar un nivel mínimo de ingresos a las personas y familias en situación de vulnerabilidad económica cuando sus recursos no son suficientes para cubrir sus necesidades básicas. Actualmente, esta ayuda llega a más de 2,6 millones de personas repartidas en cerca de 860.000 hogares, aunque el Gobierno sigue trabajando para ampliar su alcance, ya que muchas personas con derecho a percibirla aún no la solicitan por desconocimiento o porque creen, erróneamente, que no cumplen los requisitos.. De acuerdo con los últimos datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la cuantía media que reciben las unidades de convivencia se sitúa en 506,99 euros al mes. Esto equivale a unos 166 euros por beneficiario, ya que cada hogar está integrado, de media, por 3,04 personas.. Cómo se calcula la cuantía del IMV. El importe del Ingreso Mínimo Vital no es fijo para todos los beneficiarios. La prestación cubre la diferencia entre los ingresos de la unidad de convivencia y la renta garantizada que le corresponde según su composición. Asimismo, la legislación contempla incrementos para determinados colectivos, como las personas con discapacidad o las familias monoparentales.. A ello se suma el complemento de ayuda a la infancia, dirigido a los hogares con menores de edad. Su cuantía depende de la edad de cada hijo: 115 euros mensuales para menores de tres años, 80,50 euros para niños de entre tres y seis años y 57,50 euros para los mayores de seis y menores de 18 años. Estos importes se añaden a la prestación cuando se cumplen los requisitos establecidos.. Los dos requisitos imprescindibles para cobrar el Ingreso Mínimo Vital. La normativa del IMV establece dos condiciones básicas que deben cumplir quienes soliciten la prestación. La primera consiste en acreditar una residencia legal y efectiva en España durante, al menos, el año inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud. No obstante, este requisito no se exige a los menores que se incorporen a la unidad de convivencia ni a las víctimas de trata de seres humanos, explotación sexual o violencia de género.. El segundo requisito es encontrarse en una situación de vulnerabilidad económica, es decir, no disponer de ingresos, rentas o patrimonio suficientes dentro de los límites fijados por la ley. Para determinarlo, la Seguridad Social compara los ingresos computables del ejercicio anterior con la renta garantizada que corresponde a cada unidad de convivencia. Como norma general, esos ingresos deben situarse, al menos, 10 euros por debajo de la cuantía garantizada.. Además de los ingresos, también se tiene en cuenta el patrimonio familiar, aunque la vivienda habitual queda excluida del cálculo, tal y como recoge la normativa. Los límites patrimoniales varían en función del número de miembros que integran la unidad de convivencia.

 

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