Javier Sanz ha determinado conservar sin arrendar uno de los pisos que acaba de adquirir pese a haber destinado, según cuenta, hasta 300.000 euros a reformarlo, y aguardará al resultado de las elecciones generales antes de buscar un inquilino porque teme que las normas sobre vivienda mermen sus posibilidades de recuperar el inmueble y actualizar la renta.
La determinación afecta a una vivienda concreta de su patrimonio, pero el empresario no detalló cuánto abonó por ella, qué alquiler solicitaría ni cómo calcula el rendimiento que obtendría, datos necesarios para verificar si la operación sería rentable en los términos que plantea.
La espera tampoco asegura un cambio legal inmediato: los comicios están convocados para el 29 de noviembre y los dos decretos de vivienda aprobados en octubre deben seguir su propio trámite parlamentario, mientras que Sanz no ha fijado una fecha para sacar el piso al mercado.
Los costes que enumera
En una entrevista con Espejo Público, Sanz explicó que compró un piso que consideraba inhabitable y que la reforma le costó hasta 300.000 euros, pero prefiere dejarlo vacío mientras se aclara el porvenir de las medidas de vivienda porque percibe inseguridad jurídica como propietario.
«La rentabilidad es irrisoria», afirmó sobre el alquiler en el contexto actual de precios altos, y entre los gastos que dice afrontar citó los intereses hipotecarios, los impuestos, el IBI, la comunidad y las reparaciones por posibles desperfectos, aunque no ofreció ingresos previstos ni un desglose que permita calcular una tasa de rentabilidad.
El empresario aseguró que tiene varios inmuebles y dijo que «no es un negocio como tal», sino una forma de diversificar su patrimonio; también sostuvo que las reglas que, a su entender, limitan la recuperación de viviendas ante impagos y las subidas de renta pueden llevar a otros propietarios a dejar pisos cerrados, aunque no aportó datos sobre el conjunto del mercado.
Cuando decida alquilar, Sanz dice que pedirá un contrato de trabajo y valorará la impresión que le cause la persona interesada; mencionó que le gustaría conocer incluso sus antecedentes penales, «pero eso no es posible», y aludió a empresas que ofrecen seguros de alquiler.
Qué establecen los decretos
El Real Decreto-ley 29/2026 se publicó el 7 de octubre y entró en vigor al día siguiente, aunque está sujeto a convalidación; regula prórrogas extraordinarias y la suspensión de determinados desahucios de personas vulnerables sin alternativa habitacional, una protección sometida a condiciones específicas que no impide siempre recuperar una vivienda si hay impagos.
La misma norma limita la actualización anual de ciertas rentas hasta finales de 2027 según el contrato y el precio aplicado, por lo que la restricción que menciona Sanz debe distinguirse de las reglas sobre el precio inicial de una vivienda que entra ahora en el mercado.
El segundo decreto, el 28/2026, modifica el régimen de renovación de los contratos de vivienda habitual y señala el 15 de noviembre como fecha de entrada en vigor, pendiente aún del trámite de convalidación previsto para los decretos ley.
Las declaraciones de Sanz muestran por qué un propietario concreto ha optado por esperar, pero no acreditan la rentabilidad de su piso ni permiten medir cuántas viviendas permanecen fuera del mercado por el mismo motivo, mientras que el resultado electoral por sí solo tampoco determina qué normas regirán cuando decida ofrecerlo.
Javier Sanz ha determinado conservar sin arrendar uno de los pisos que acaba de adquirir pese a haber destinado, según cuenta, hasta 300.000 euros a reformarlo, y aguardará al resultado de las elecciones generales antes de buscar un inquilino porque teme que las normas sobre vivienda mermen sus posibilidades de recuperar el inmueble y actualizar la renta.
La determinación afecta a una vivienda concreta de su patrimonio, pero el empresario no detalló cuánto abonó por ella, qué alquiler solicitaría ni cómo calcula el rendimiento que obtendría, datos necesarios para verificar si la operación sería rentable en los términos que plantea.
La espera tampoco asegura un cambio legal inmediato: los comicios están convocados para el 29 de noviembre y los dos decretos de vivienda aprobados en octubre deben seguir su propio trámite parlamentario, mientras que Sanz no ha fijado una fecha para sacar el piso al mercado.
Los costes que enumera
En una entrevista con Espejo Público, Sanz explicó que compró un piso que consideraba inhabitable y que la reforma le costó hasta 300.000 euros, pero prefiere dejarlo vacío mientras se aclara el porvenir de las medidas de vivienda porque percibe inseguridad jurídica como propietario.
«La rentabilidad es irrisoria», afirmó sobre el alquiler en el contexto actual de precios altos, y entre los gastos que dice afrontar citó los intereses hipotecarios, los impuestos, el IBI, la comunidad y las reparaciones por posibles desperfectos, aunque no ofreció ingresos previstos ni un desglose que permita calcular una tasa de rentabilidad.
El empresario aseguró que tiene varios inmuebles y dijo que «no es un negocio como tal», sino una forma de diversificar su patrimonio; también sostuvo que las reglas que, a su entender, limitan la recuperación de viviendas ante impagos y las subidas de renta pueden llevar a otros propietarios a dejar pisos cerrados, aunque no aportó datos sobre el conjunto del mercado.
Cuando decida alquilar, Sanz dice que pedirá un contrato de trabajo y valorará la impresión que le cause la persona interesada; mencionó que le gustaría conocer incluso sus antecedentes penales, «pero eso no es posible», y aludió a empresas que ofrecen seguros de alquiler.
Qué establecen los decretos
El Real Decreto-ley 29/2026 se publicó el 7 de octubre y entró en vigor al día siguiente, aunque está sujeto a convalidación; regula prórrogas extraordinarias y la suspensión de determinados desahucios de personas vulnerables sin alternativa habitacional, una protección sometida a condiciones específicas que no impide siempre recuperar una vivienda si hay impagos.
La misma norma limita la actualización anual de ciertas rentas hasta finales de 2027 según el contrato y el precio aplicado, por lo que la restricción que menciona Sanz debe distinguirse de las reglas sobre el precio inicial de una vivienda que entra ahora en el mercado.
El segundo decreto, el 28/2026, modifica el régimen de renovación de los contratos de vivienda habitual y señala el 15 de noviembre como fecha de entrada en vigor, pendiente aún del trámite de convalidación previsto para los decretos ley.
Las declaraciones de Sanz muestran por qué un propietario concreto ha optado por esperar, pero no acreditan la rentabilidad de su piso ni permiten medir cuántas viviendas permanecen fuera del mercado por el mismo motivo, mientras que el resultado electoral por sí solo tampoco determina qué normas regirán cuando decida ofrecerlo.
