La campaña de la Renta 2025/2026 terminó el pasado 30 de junio, pero para muchos autónomos la relación con Hacienda todavía no ha terminado. A partir de ahora comienza una etapa especialmente importante: la revisión de las declaraciones presentadas y el posible envío de requerimientos a quienes la Agencia Tributaria detecte errores o discrepancias.. Son las conocidas como «cartas del miedo», unas notificaciones que pueden llegar a los contribuyentes cuando Hacienda encuentra diferencias entre los datos declarados y la información de la que dispone. Recibir una de estas comunicaciones no significa automáticamente que exista una sanción, pero sí obliga al afectado a responder dentro del plazo establecido o, si corresponde, corregir la información aportada.. Según explica el medio especializado Autónomos y Emprendedores, este año existe además una particularidad relacionada con los sistemas de facturación de los trabajadores por cuenta propia. La progresiva adaptación a Verifactu permitirá que determinadas operaciones queden registradas y comunicadas a Hacienda, lo que podría reducir algunas de las comprobaciones posteriores.. Septiembre marca el inicio del envío de las «cartas del miedo». El calendario de la Agencia Tributaria hace que los meses posteriores al cierre de la campaña tengan diferentes ritmos. Entre mayo y julio, Hacienda concentra buena parte de sus esfuerzos en tramitar las devoluciones que no presentan incidencias. Durante agosto, la actividad se reduce debido al periodo vacacional.. El momento especialmente relevante para los autónomos llegará en septiembre, cuando está previsto que comience el envío más intenso de requerimientos. Será entonces cuando algunos contribuyentes puedan recibir comunicaciones para aclarar determinados aspectos de su declaración.. Entre las cuestiones que pueden provocar una revisión se encuentran las ayudas públicas que no hayan sido declaradas, como determinadas subvenciones relacionadas con vehículos eléctricos o rehabilitación de viviendas. También pueden detectarse ingresos que el contribuyente no haya incluido pero que sí aparecen en declaraciones presentadas por terceros.. Las deducciones autonómicas aplicadas incorrectamente o por duplicado constituyen otro de los puntos que puede revisar la Agencia Tributaria. Lo mismo ocurre con las retenciones cuando las cantidades declaradas por el autónomo no coinciden con las comunicadas previamente por sus clientes.. Por ello, recibir una notificación no equivale necesariamente a haber cometido una infracción. Hacienda puede solicitar documentación o explicaciones antes de determinar si existe realmente una irregularidad.. Las multas pueden llegar hasta el 150% de la deuda. Las consecuencias dependen de la situación concreta y de si existe una cantidad pendiente de pago. Cuando un contribuyente estaba obligado a presentar la declaración y no lo hace, Hacienda puede reclamar el importe correspondiente junto con los intereses de demora.. Además, en determinados supuestos, las sanciones pueden situarse entre el 50% y el 150% de la cantidad adeudada, dependiendo de las circunstancias y de la gravedad de la infracción. Si no existe una deuda tributaria, la sanción prevista puede ser de 200 euros.. También puede haber consecuencias económicas cuando la declaración sí se presenta, pero posteriormente no se abona la cantidad que corresponde.. Por eso, ante una «carta del miedo», lo más importante es no ignorar la notificación. El contribuyente debe comprobar qué información solicita Hacienda, revisar los datos de la declaración y responder dentro del plazo indicado. En caso de duda, especialmente cuando se trate de una cantidad elevada o de una posible sanción, puede ser recomendable contar con asesoramiento fiscal.
La campaña de la Renta 2025/2026 terminó el pasado 30 de junio, pero para muchos autónomos la relación con Hacienda todavía no ha terminado. A partir de ahora comienza una etapa especialmente importante: la revisión de las declaraciones presentadas y el posible envío de requerimientos a quienes la Agencia Tributaria detecte errores o discrepancias.. Son las conocidas como «cartas del miedo», unas notificaciones que pueden llegar a los contribuyentes cuando Hacienda encuentra diferencias entre los datos declarados y la información de la que dispone. Recibir una de estas comunicaciones no significa automáticamente que exista una sanción, pero sí obliga al afectado a responder dentro del plazo establecido o, si corresponde, corregir la información aportada.. Según explica el medio especializado Autónomos y Emprendedores, este año existe además una particularidad relacionada con los sistemas de facturación de los trabajadores por cuenta propia. La progresiva adaptación a Verifactu permitirá que determinadas operaciones queden registradas y comunicadas a Hacienda, lo que podría reducir algunas de las comprobaciones posteriores.. Septiembre marca el inicio del envío de las «cartas del miedo». El calendario de la Agencia Tributaria hace que los meses posteriores al cierre de la campaña tengan diferentes ritmos. Entre mayo y julio, Hacienda concentra buena parte de sus esfuerzos en tramitar las devoluciones que no presentan incidencias. Durante agosto, la actividad se reduce debido al periodo vacacional.. El momento especialmente relevante para los autónomos llegará en septiembre, cuando está previsto que comience el envío más intenso de requerimientos. Será entonces cuando algunos contribuyentes puedan recibir comunicaciones para aclarar determinados aspectos de su declaración.. Entre las cuestiones que pueden provocar una revisión se encuentran las ayudas públicas que no hayan sido declaradas, como determinadas subvenciones relacionadas con vehículos eléctricos o rehabilitación de viviendas. También pueden detectarse ingresos que el contribuyente no haya incluido pero que sí aparecen en declaraciones presentadas por terceros.. Las deducciones autonómicas aplicadas incorrectamente o por duplicado constituyen otro de los puntos que puede revisar la Agencia Tributaria. Lo mismo ocurre con las retenciones cuando las cantidades declaradas por el autónomo no coinciden con las comunicadas previamente por sus clientes.. Por ello, recibir una notificación no equivale necesariamente a haber cometido una infracción. Hacienda puede solicitar documentación o explicaciones antes de determinar si existe realmente una irregularidad.. Las multas pueden llegar hasta el 150% de la deuda. Las consecuencias dependen de la situación concreta y de si existe una cantidad pendiente de pago. Cuando un contribuyente estaba obligado a presentar la declaración y no lo hace, Hacienda puede reclamar el importe correspondiente junto con los intereses de demora.. Además, en determinados supuestos, las sanciones pueden situarse entre el 50% y el 150% de la cantidad adeudada, dependiendo de las circunstancias y de la gravedad de la infracción. Si no existe una deuda tributaria, la sanción prevista puede ser de 200 euros.. También puede haber consecuencias económicas cuando la declaración sí se presenta, pero posteriormente no se abona la cantidad que corresponde.. Por eso, ante una «carta del miedo», lo más importante es no ignorar la notificación. El contribuyente debe comprobar qué información solicita Hacienda, revisar los datos de la declaración y responder dentro del plazo indicado. En caso de duda, especialmente cuando se trate de una cantidad elevada o de una posible sanción, puede ser recomendable contar con asesoramiento fiscal.
