España ha perdido una nueva batalla judicial en su estrategia por esquivar el pago de las indemnizaciones a las que ha sido condenado por la retirada de los incentivos a los inversores renovables.
No se trata de una derrota cualquiera, sino del caso NextEra, con una penalización de 291 millones de euros para España, lo que engorda la factura de los pleitos renovables a los 1.750 millones de euros, a los que habría que sumar los casi 600 millones de euros de sobrecostes legales y financieros por los 27 laudos contrarios y pendientes de pago.
El Tribunal de Apelación de Singapur desestimó el pasado lunes el recurso presentado por España contra el registro del laudo arbitral referido al caso NextEra. La Corte mantiene el reconocimiento de la indemnización al considerar que España no puede alegar inmunidad soberana ya que al adherirse al Convenio del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) aceptó someterse a la jurisdicción de los tribunales de los demás Estados firmantes para el reconocimiento de los laudos dictados bajo ese sistema.
La sentencia subraya el carácter recíproco de este compromiso. El Tribunal de Apelación señala que un Estado que se obliga a reconocer los laudos contra otros países debe aceptar el mismo tratamiento cuando es él quien resulta condenado. Permitir lo contrario, advierte la corte, haría disfuncional el mecanismo de cumplimiento del Convenio y frustraría uno de sus objetivos esenciales.
España también había cuestionado la existencia de un acuerdo válido para arbitrar una controversia entre un Estado miembro de la Unión Europea e inversores de otro país comunitario.
Esa objeción ya había sido rechazada tanto por el tribunal arbitral como por el comité de anulación del CIADI. El Tribunal de Apelación recuerda que el CIADI constituye un sistema autónomo, con sus propios mecanismos de revisión y anulación.
Los tribunales nacionales encargados de reconocer sus laudos no pueden reexaminar la competencia del tribunal arbitral ni abrir una nueva revisión del fondo de sus decisiones. Los magistrados rechazan, asimismo, que existan razones excepcionales de justicia para cancelar el registro.
La resolución señala que no hay injusticia en exigir a España que asuma las consecuencias de las obligaciones internacionales que contrajo voluntariamente. Acceder a su petición perjudicaría a los inversores y colocaría a Singapur en situación de incumplimiento del Convenio.
El fallo confirma también las costas de primera instancia, fijadas en 80.000 dólares singapurenses más intereses de demora, e impone a España otros 50.000 dólares singapurenses como condena por la fallida apelación.
Sánchez ha engordado la factura
La resolución se suma a las decisiones adversas para España en Estados Unidos, Reino Unido y Australia. La malograda estrategia del Gobierno, que persiste en su error, no ha hecho más que engordar la factura final. El reconocimiento de los laudos en estas jurisdicciones permite a los acreedores avanzar en su reclamación de cobro y solicitar medidas sobre bienes susceptibles de embargo, sujetas a las normas aplicables y a la inmunidad de ejecución.
Según los datos recopilados de las empresas afectadas, solo las resoluciones estadounidenses contrarias a España ascienden a trece y afectan a indemnizaciones que se acercan a los 935 millones de euros. El balance incluye los asuntos Watkins, Antin, RREEF, InfraRed, NextEra, 9REN, Cube Infrastructure, BayWa, Eurus, OperaFund, Schwab, Steag y Renergy. Estas cifras forman parte de un problema más amplio.
Además del coste económico, España sufre un descrédito reputacional entre los inversores. De hecho, el Índice sobre Cumplimiento de Laudos de Arbitraje de Inversiones de 2026, elaborado por el jurista holandés Nikos Lavranos, sitúa a España como el país con mayor número de laudos internacionales impagados, por delante de Venezuela y Rusia.
El Departamento de Estado de EE UU ha recogido en un apartado específico esta situación en su reciente informe sobre la situación inversora en España.
Spain has lost another legal battle in its strategy to avoid paying the damages it has been ordered to pay due to the withdrawal of renewable investor incentives. This is not just any defeat, but the NextEra case, with a penalty of 291 million euros for Spain, adding to the renewable lawsuits bill of 1.75 billion euros, plus the nearly 600 million euros in legal and financial overruns from the 27 adverse awards and pending payments. Last Monday, the Singapore Court of Appeal dismissed Spain’s appeal against the registration of the arbitration award related to the NextEra case. The court maintains the recognition of the compensation by considering that Spain cannot claim sovereign immunity since by adhering to the Convention of the International Centre for Settlement of Investment Disputes (ICSID), it accepted submitting to the jurisdiction of the courts of the other signatory states for the recognition of awards issued under that system. The judgment highlights the reciprocal nature of this commitment. The Court of Appeal notes that a state that binds itself to recognize judgments against other countries must accept the same treatment when it is the one found guilty. Allowing otherwise, warns the court, would make the enforcement mechanism of the Convention dysfunctional and would frustrate one of its essential objectives. Spain had also questioned the existence of a valid agreement to arbitrate a dispute between a European Union member state and investors from another community country. That objection had already been rejected by both the arbitral tribunal and the annulment committee of the ICSID. The Court of Appeal reminds that the ICSID constitutes an independent system, with its own mechanisms for review and annulment. National courts responsible for recognizing its awards cannot re-examine the jurisdiction of the arbitral tribunal nor open a new review of the merits of its decisions. The judges also reject that there are exceptional reasons of justice to cancel the registration. The decision states that there is no injustice in requiring Spain to accept the consequences of the voluntary international obligations it has entered into. Granting the request would harm investors and place Singapore in breach of the Convention. The judgment also confirms the first instance costs, set at 80,000 Singapore dollars plus delay interest, and imposes an additional 50,000 Singapore dollars on Spain as a penalty for the failed appeal. Sanchez has increased the bill. The resolution adds to unfavorable decisions for Spain in the United States, the United Kingdom, and Australia.
