Skip to content
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
  • Portada
  • Nacional
  • Internacional
  • Economía
  • Deporte
  • Cultura
  • Tecnología y Ciencia
  • Entretenimiento
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
  • Portada
  • Nacional
  • Internacional
  • Economía
  • Deporte
  • Cultura
  • Tecnología y Ciencia
  • Entretenimiento
  • Contacto
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
  Economía  Escaleras, pasillos y zonas comunes: las normas que deben cumplir los propietarios según la Ley de Propiedad Horizontal
Economía

Escaleras, pasillos y zonas comunes: las normas que deben cumplir los propietarios según la Ley de Propiedad Horizontal

15 de septiembre de 2026
Más noticias

¿Puede un vecino cerrar su terraza sin permiso de la comunidad? La Ley de Propiedad Horizontal lo aclara

16 de septiembre de 2026

La justicia declara inembargable la pensión de un autónomo que cobró 12.000 euros de forma indebida porque sus ingresos no llegan al SMI

15 de septiembre de 2026

El CEO de Seat y Cupra: «El futuro de Seat está asegurado»

16 de septiembre de 2026

CaixaBank transforma más de 300 oficinas para atender a 2,4 millones de clientes

23 de septiembre de 2026

La convivencia con los vecinos puede llegar a resultar algo compleja; por ello, la Ley de Propiedad Horizontal establece una serie de normas y obligaciones que deben cumplir todos los propietarios que se encuentren residiendo en un edificio dividido en diferentes viviendas. Disposiciones tan importantes como si se establece un piso de alquiler turístico o se monta un negocio en su interior.. Sin embargo, también establece una serie de normas que regulan cómo deben comportarse en las zonas comunes. Estas, según las define el artículo 396 del Código Civil, son cualquier parte de un edificio o urbanización que pertenece a todos los propietarios y que no es de uso privado o privativo. Entre estos elementos se encuentran la escalera, los pasillos, el ascensor o el portal, entre otros.. Debido a que se tratan de zonas del edificio que pertenecen a todos los propietarios, ninguno podrá hacer una alteración de estas sin el consentimiento de la comunidad de vecinos, como recuerda el artículo 397 del Código Civil. Aunque esta modificación vaya a resultar beneficiosa para el resto. Sin embargo, el desconocimiento de las normas o un uso inadecuado de los elementos comunes suelen ser algunos de los problemas más comunes en los edificios.. En el estatuto de la comunidad suelen aparecer las normas de uso. En primer lugar, es importante tener en cuenta que todos los propietarios tienen derecho al uso y disfrute de las zonas comunes, aunque establece que este no puede causar perjuicio al resto de vecinos. Según establece el artículo 7.2 de la LPH, se puede considerar un uso indebido aquellas que «contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas», quedando completamente prohibidas.. Sin embargo, el encargado de disponer unas normas concretas de uso de los elementos comunes, tales como la escalera, los pasillos o el propio ascensor, es la comunidad de vecinos. Los propietarios pueden regular en los estatutos de la comunidad el comportamiento y uso que se debe dar a dichas zonas, como, por ejemplo, establecer un horario de uso concreto o restringir ciertas conductas que puedan llegar a resultar molestas.. Los vecinos tienen la obligación de contribuir a su mantenimiento y limpieza. Asimismo, al pertenecer a todos los propietarios y según lo dispuesto en el artículo 9e de la LPH, estos tienen la obligación de contribuir «a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización», así como contribuir a que se mantengan limpias y cuidadas.. Por ello, en caso de que la comunidad llegue a un acuerdo por votación mayoritaria y lo registre en un acta oficial, firmada por el presidente y el secretario, los propietarios podrán estar obligados a llevar a cabo labores de limpieza en las zonas comunes. Asimismo, otro punto que pueden decidir las comunidades es la decoración de elementos como el portal o la escalera. Los vecinos no podrán colocar la ornamentación que deseen, sino que deberán pedir permiso a la comunidad.. Habitualmente, es el estatuto de la comunidad el que establece las normas tanto estéticas como de materiales que se pueden utilizar tanto en las obras que afecten a la fachada del edificio como al resto de elementos comunes. Es por ello que, antes de llevar a cabo reformas de este tipo, será necesario consultar con la comunidad y que esta dé su aprobación.. ¿Cómo solucionar este tipo de conflictos?. Entre los conflictos más habituales que se suelen dar entre propietarios debido a los elementos comunes se encuentra la ocupación indebida. Esta ocurre cuando un vecino decide utilizar una zona del pasillo, escalera o garaje, por ejemplo, para colocar objetos personales. Sin embargo, no es la única que suele darse en los edificios de viviendas.. También es bastante común que surjan disputas por una monopolización de ciertos espacios, como las piscinas o jardines, haciendo que el resto de propietarios no puedan disfrutar de ellas de manera equitativa; o que causen daños en las instalaciones debido a un uso indebido de estas. Este tipo de conflictos debe solucionarse en un orden establecido.. En primer lugar, deberá tratarse en las reuniones de vecinos, con el objetivo de solucionar el conflicto de la manera más rápida posible. En caso de que este proceso no funcione, será necesario que el administrador de fincas intervenga. En los conflictos más graves, el propietario que haya causado daños a las zonas comunes o malestar a sus vecinos podrá enfrentarse a sanciones económicas o, incluso, restricciones temporales del uso de dichos elementos.

 

​ 

La convivencia con los vecinos puede llegar a resultar algo compleja; por ello, la Ley de Propiedad Horizontal establece una serie de normas y obligaciones que deben cumplir todos los propietarios que se encuentren residiendo en un edificio dividido en diferentes viviendas. Disposiciones tan importantes como si se establece un piso de alquiler turístico o se monta un negocio en su interior.. Sin embargo, también establece una serie de normas que regulan cómo deben comportarse en las zonas comunes. Estas, según las define el artículo 396 del Código Civil, son cualquier parte de un edificio o urbanización que pertenece a todos los propietarios y que no es de uso privado o privativo. Entre estos elementos se encuentran la escalera, los pasillos, el ascensor o el portal, entre otros.. Debido a que se tratan de zonas del edificio que pertenecen a todos los propietarios, ninguno podrá hacer una alteración de estas sin el consentimiento de la comunidad de vecinos, como recuerda el artículo 397 del Código Civil. Aunque esta modificación vaya a resultar beneficiosa para el resto. Sin embargo, el desconocimiento de las normas o un uso inadecuado de los elementos comunes suelen ser algunos de los problemas más comunes en los edificios.. En el estatuto de la comunidad suelen aparecer las normas de uso. En primer lugar, es importante tener en cuenta que todos los propietarios tienen derecho al uso y disfrute de las zonas comunes, aunque establece que este no puede causar perjuicio al resto de vecinos. Según establece el artículo 7.2 de la LPH, se puede considerar un uso indebido aquellas que «contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas», quedando completamente prohibidas.. Sin embargo, el encargado de disponer unas normas concretas de uso de los elementos comunes, tales como la escalera, los pasillos o el propio ascensor, es la comunidad de vecinos. Los propietarios pueden regular en los estatutos de la comunidad el comportamiento y uso que se debe dar a dichas zonas, como, por ejemplo, establecer un horario de uso concreto o restringir ciertas conductas que puedan llegar a resultar molestas.. Los vecinos tienen la obligación de contribuir a su mantenimiento y limpieza. Asimismo, al pertenecer a todos los propietarios y según lo dispuesto en el artículo 9e de la LPH, estos tienen la obligación de contribuir «a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización», así como contribuir a que se mantengan limpias y cuidadas.. Por ello, en caso de que la comunidad llegue a un acuerdo por votación mayoritaria y lo registre en un acta oficial, firmada por el presidente y el secretario, los propietarios podrán estar obligados a llevar a cabo labores de limpieza en las zonas comunes. Asimismo, otro punto que pueden decidir las comunidades es la decoración de elementos como el portal o la escalera. Los vecinos no podrán colocar la ornamentación que deseen, sino que deberán pedir permiso a la comunidad.. Habitualmente, es el estatuto de la comunidad el que establece las normas tanto estéticas como de materiales que se pueden utilizar tanto en las obras que afecten a la fachada del edificio como al resto de elementos comunes. Es por ello que, antes de llevar a cabo reformas de este tipo, será necesario consultar con la comunidad y que esta dé su aprobación.. ¿Cómo solucionar este tipo de conflictos?. Entre los conflictos más habituales que se suelen dar entre propietarios debido a los elementos comunes se encuentra la ocupación indebida. Esta ocurre cuando un vecino decide utilizar una zona del pasillo, escalera o garaje, por ejemplo, para colocar objetos personales. Sin embargo, no es la única que suele darse en los edificios de viviendas.. También es bastante común que surjan disputas por una monopolización de ciertos espacios, como las piscinas o jardines, haciendo que el resto de propietarios no puedan disfrutar de ellas de manera equitativa; o que causen daños en las instalaciones debido a un uso indebido de estas. Este tipo de conflictos debe solucionarse en un orden establecido.. En primer lugar, deberá tratarse en las reuniones de vecinos, con el objetivo de solucionar el conflicto de la manera más rápida posible. En caso de que este proceso no funcione, será necesario que el administrador de fincas intervenga. En los conflictos más graves, el propietario que haya causado daños a las zonas comunes o malestar a sus vecinos podrá enfrentarse a sanciones económicas o, incluso, restricciones temporales del uso de dichos elementos.

 

FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail
Blanca Paloma, cantante: “Compuse este disco atravesada por la masacre en Gaza”
El Estatuto de los Trabajadores lo ratifica: si tienes un año de antigüedad cuentas con 20 horas retribuidas de formación
Noticias similares
Economía

Ignacio de la Calzada, abogado, sobre pedir el paro para emprender: «Se puede solicitar que te lo den de golpe siempre que justifiques la inversión»

29 de septiembre de 2026 7170
Economía

Víctor Arpa, abogado, sobre si el INSS te deniega la incapacidad permanente: «Cuidado con quedarte simplemente en casa»

29 de septiembre de 2026 14416
Economía

Nuevo decreto de vivienda: ¿qué va a pasar con el alquiler por habitaciones?

29 de septiembre de 2026 10934
Economía

La Justicia lo deja claro: las vacaciones no se pueden compensar económicamente si la relación laboral sigue vigente

29 de septiembre de 2026 12626
Entradas Relacionadas
Nacional

Los Reyes ofrecen una cena de gala en honor a Macron en el Palacio Real

29 de septiembre de 2026 12301
Nacional

Macron defiende la UE ante los estudiantes en su visita a España: “Somos este viejo continente que se subestima. Pero no vamos tan mal”

29 de septiembre de 2026 321
Nacional

El Senado rechaza de nuevo el tratado de amistad Francia-España que avaló el Constitucional

29 de septiembre de 2026 12991
Internacional

Trump lanza una página oficial de información sobre el Gobierno de EE UU que le desmiente

29 de septiembre de 2026 9471
Internacional

Dimite el director de la Torre Eiffel tras la polémica por excluir a trabajadoras durante la visita de un grupo ultra religioso

29 de septiembre de 2026 10782
    2025 © Zocalopublico.com | Todos los Derechos Reservados
    • Contacto
    • Sobre Nosotros
    • Aviso Legal
    • Política de Privacidad
    • Política de Cookies