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  Economía  Alfonso Muñoz Cuenca, funcionario de la Seguridad Social, sobre los despidos cerca de la edad de retiro: «Que hayas perdido tu puesto de trabajo no significa que automáticamente puedas tener acceso a la jubilación anticipada»
Economía

Alfonso Muñoz Cuenca, funcionario de la Seguridad Social, sobre los despidos cerca de la edad de retiro: «Que hayas perdido tu puesto de trabajo no significa que automáticamente puedas tener acceso a la jubilación anticipada»

28 de agosto de 2026
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Según las tablas oficiales de la Seguridad Social para 2026, la edad ordinaria es de 65 años con 38 años y 3 meses cotizados, o de 66 años y 10 meses con menos. Con cuatro años de anticipo, las edades mínimas son 61 años o 62 años y 10 meses, si se cumplen los demás requisitos. El calendario depende de la cotización.. El despido debe responder a una causa legal. El acceso exige varias condiciones.. La pensión se reduce según los años cotizados y los meses de anticipo: la edad mínima no garantiza cobrarla íntegra. Anticipar el retiro tiene un coste permanente.. Edad, cotización y demanda de empleo. Alfonso Muñoz Cuenca advierte en el vídeo: «que hayas perdido tu puesto de trabajo no significa que automáticamente puedas tener acceso a la jubilación anticipada involuntaria». El despido no sustituye los requisitos.. El artículo 207 de la Ley General de la Seguridad Social exige estar en alta o situación asimilada, acreditar 33 años de cotización efectiva, incluidos dos dentro de los 15 anteriores al hecho causante o al cese de la obligación de cotizar. Para esos 33 años solo computa, hasta un año, el servicio militar obligatorio, la prestación social sustitutoria o el servicio social femenino obligatorio. También exige seis meses de inscripción como demandante inmediatamente anteriores a la solicitud. El Criterio de gestión 15/2025 del INSS interpreta esa referencia como la fecha del hecho causante consignada en la solicitud, distinta de la presentación. La inscripción debe mantenerse.. El vídeo enumera: despido colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción; despido objetivo; resolución judicial concursal; muerte, jubilación o incapacidad del empresario individual; extinción de la personalidad jurídica y fuerza mayor constatada por la autoridad laboral. También cita las salidas por movilidad geográfica, cambios sustanciales o incumplimientos graves. La ley añade la extinción por voluntad de la trabajadora víctima de violencia de género o sexual. El despido disciplinario queda fuera. La lista legal es cerrada.. Tipos de cese y trabajo posterior. En el despido colectivo u objetivo y en las extinciones voluntarias previstas por ley, hay que acreditar el cobro de la indemnización o una demanda para reclamarla o impugnar el cese. La Seguridad Social pide transferencia bancaria o documento equivalente. La prueba bancaria puede ser determinante. Hay que guardar los justificantes.. En un caso publicado por La Razón, un trabajador pactó 17.232 euros en 24 mensualidades, pero no pudo demostrar los ingresos y perdió la jubilación anticipada. La indemnización fraccionada exige conservar los abonos; si la empresa no paga, hay que acreditar la demanda judicial. El acuerdo firmado no basta.. Una respuesta de la Subdirección General de Ordenación y Asistencia Jurídica del INSS, fechada el 12 de enero de 2026, señala que el Criterio de gestión 12/2015 permite trabajar después por cuenta ajena o propia a quien salió mediante un ERE y ya tenía 33 años efectivos al terminar el contrato, si cumple el resto. Para completarlos cuentan el paro, el subsidio para mayores de 52 años o un convenio especial, pero no el empleo posterior. La condición se fija en el cese inicial.. Al solicitar la pensión debe cumplir la edad, el alta o situación asimilada y la inscripción exigida. Trabajar antes de jubilarse es distinto de la jubilación activa. Muñoz Cuenca lo resume: «lo que importa es la causa concreta por la que terminó nuestra relación laboral». Cada modalidad tiene reglas propias.. Conviene reunir la vida laboral, la resolución del despido y los justificantes de la indemnización. Si falta un requisito, la Seguridad Social puede denegar el acceso. La documentación debe estar completa.

 

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Según las tablas oficiales de la Seguridad Social para 2026, la edad ordinaria es de 65 años con 38 años y 3 meses cotizados, o de 66 años y 10 meses con menos. Con cuatro años de anticipo, las edades mínimas son 61 años o 62 años y 10 meses, si se cumplen los demás requisitos. El calendario depende de la cotización.. El despido debe responder a una causa legal. El acceso exige varias condiciones.. La pensión se reduce según los años cotizados y los meses de anticipo: la edad mínima no garantiza cobrarla íntegra. Anticipar el retiro tiene un coste permanente.. Edad, cotización y demanda de empleo. Alfonso Muñoz Cuenca advierte en el vídeo: «que hayas perdido tu puesto de trabajo no significa que automáticamente puedas tener acceso a la jubilación anticipada involuntaria». El despido no sustituye los requisitos.. El artículo 207 de la Ley General de la Seguridad Social exige estar en alta o situación asimilada, acreditar 33 años de cotización efectiva, incluidos dos dentro de los 15 anteriores al hecho causante o al cese de la obligación de cotizar. Para esos 33 años solo computa, hasta un año, el servicio militar obligatorio, la prestación social sustitutoria o el servicio social femenino obligatorio. También exige seis meses de inscripción como demandante inmediatamente anteriores a la solicitud. El Criterio de gestión 15/2025 del INSS interpreta esa referencia como la fecha del hecho causante consignada en la solicitud, distinta de la presentación. La inscripción debe mantenerse.. El vídeo enumera: despido colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción; despido objetivo; resolución judicial concursal; muerte, jubilación o incapacidad del empresario individual; extinción de la personalidad jurídica y fuerza mayor constatada por la autoridad laboral. También cita las salidas por movilidad geográfica, cambios sustanciales o incumplimientos graves. La ley añade la extinción por voluntad de la trabajadora víctima de violencia de género o sexual. El despido disciplinario queda fuera. La lista legal es cerrada.. Tipos de cese y trabajo posterior. En el despido colectivo u objetivo y en las extinciones voluntarias previstas por ley, hay que acreditar el cobro de la indemnización o una demanda para reclamarla o impugnar el cese. La Seguridad Social pide transferencia bancaria o documento equivalente. La prueba bancaria puede ser determinante. Hay que guardar los justificantes.. En un caso publicado por La Razón, un trabajador pactó 17.232 euros en 24 mensualidades, pero no pudo demostrar los ingresos y perdió la jubilación anticipada. La indemnización fraccionada exige conservar los abonos; si la empresa no paga, hay que acreditar la demanda judicial. El acuerdo firmado no basta.. Una respuesta de la Subdirección General de Ordenación y Asistencia Jurídica del INSS, fechada el 12 de enero de 2026, señala que el Criterio de gestión 12/2015 permite trabajar después por cuenta ajena o propia a quien salió mediante un ERE y ya tenía 33 años efectivos al terminar el contrato, si cumple el resto. Para completarlos cuentan el paro, el subsidio para mayores de 52 años o un convenio especial, pero no el empleo posterior. La condición se fija en el cese inicial.. Al solicitar la pensión debe cumplir la edad, el alta o situación asimilada y la inscripción exigida. Trabajar antes de jubilarse es distinto de la jubilación activa. Muñoz Cuenca lo resume: «lo que importa es la causa concreta por la que terminó nuestra relación laboral». Cada modalidad tiene reglas propias.. Conviene reunir la vida laboral, la resolución del despido y los justificantes de la indemnización. Si falta un requisito, la Seguridad Social puede denegar el acceso. La documentación debe estar completa.

 

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