La Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu ha abierto un nuevo pulso judicial contra el Ayuntamiento de Madrid. Después de impedir la construcción de los dos aparcamientos subterráneos, inicialmente autorizados por el Consistorio madrileño en las inmediaciones del estadio del Real Madrid, ahora vuelven a la carga contra la permisividad de la administración de la capital que dirige José Luis Martínez-Almeida (PP) con otra contaminación acústica. Concretamente, con los ruidos que se derivaron de la celebración del partido de liga de fútbol americano que enfrentó a los Commanders y los Dolphins en noviembre de 2025.. Seguir leyendo
La asociación, que impidió la construcción de dos parkings, solicita que se anule el permiso obtenido para el encuentro entre Commanders y Dolphins en 2025
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La Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu ha abierto un nuevo pulso judicial contra el Ayuntamiento de Madrid. Después de impedir la construcción de los dos aparcamientos subterráneos, inicialmente autorizados por el Consistorio madrileño en las inmediaciones del estadio del Real Madrid, ahora vuelven a la carga contra la permisividad de la administración de la capital que dirige José Luis Martínez-Almeida (PP) con otra contaminación acústica. Concretamente, con los ruidos que se derivaron de la celebración del partido de liga de fútbol americano que enfrentó a los Commanders y los Dolphins en noviembre de 2025.
El objeto del procedimiento contencioso-administrativo, que ha adelantado El Confidencial y ha confirmado este periódico, es “la resolución de autorización otorgada por la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental de la Concejalía de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid con fecha 13 de noviembre de 2025 para la superación de los límites de los niveles sonoros establecidos, con motivo de la utilización de equipos de amplificación o reproducción sonora e instrumentos de percusión, durante la celebración del evento “NFL, COMMANDERS VS DOLPHINS”, el día 16 de noviembre de 2025, con recurso indirecto frente a la Ordenanza Municipal del Ayuntamiento de Madrid de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT) en la que se fundamenta el acto recurrido”, reza la demanda interpuesta el pasado 17 de julio.
Cuestión de marca
El Ayuntamiento de Madrid, a través de su concejalía de Medio Ambiente, justificó esa autorización, entre otras cosas, porque “al asociarse a una marca tan arraigada en la cultura estadounidense como la NFL, el Ayuntamiento de Madrid podrá promocionar la marca Madrid dentro de uno de sus mercados prioritarios y maximizar su estrategia de promoción”. Y proseguía: “De hecho, la NFL es la liga deportiva profesional con más aficionados y mayores índices de audiencia televisiva en Estados Unidos”. Por tales motivos, el Área Delegada de Deporte consideraba que concurrían las suficientes “razones de interés general” y la condición de “especial significación ciudadana” con motivo de la organización de este acto con especial proyección deportiva y entendía que era pertinente atender la petición de los organizadores para la autorización con la que superar los límites de emisión acústica, de conformidad con lo establecido para la modificación o suspensión con carácter temporal de los niveles máximos de emisión establecidos en el artículo 19.1 de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica del Ayuntamiento de Madrid. Y, según el estudio posterior realizado, la propia Administración conocía de antemano que se producirían superaciones de los límites en las viviendas afectadas.
El día de la celebración del evento, el 16 de noviembre de 2025, la asociación de vecinos perjudicados por el Bernabéu encargó la realización de mediciones acústicas a una empresa especializada, que resolvió que los niveles sonoros efectivamente registrados durante el evento “superaron con creces incluso el límite de 75 decibelios fijado en la propia Resolución autorizante”.
Los informes técnicos de IAG Ingeniería Acústica señalan que “superar en 28 decibelios el valor permitido equivale a tener más de 600 fuentes de ruido de las permitidas” y “la legislación vigente establece unos límites máximos de inmisión de ruido porque se ha demostrado científicamente que la superación de estos valores afecta directamente a la salud de las personas expuestas a estos ruidos”.
Por esos motivos, en su demanda, la asociación plantea que se anule esa autorización por ir en contra también de las legislaciones europeas y se condene al ayuntamiento a asumir las costas del proceso judicial emanante de la querella, cuya admisión a trámite sigue pendiente en un juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid.
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