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  Economía  El Gobierno activa las «gargantas profundas» en las empresas para denunciar casos de corrupción
Economía

El Gobierno activa las «gargantas profundas» en las empresas para denunciar casos de corrupción

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El Ministerio de Trabajo vuelve a la carga con su intención de controlar todo lo que acontezca dentro de las empresas y ha logrado que el Consejo de Ministros apruebe un anteproyecto de ley para proteger de posibles represalias a los trabajadores que denuncien casos de corrupción o ilegalidades laborales en su lugar de trabajo. Bajo este nuevo paraguas legal, la dirección de la empresa denunciada «no podrá discriminarlos ni despedirlos», advierten fuentes ministeriales.. El anteproyecto de ley de protección al denunciante de corrupción considera como un derecho reconocido la denuncia de las infracciones normativas en el terreno laboral o en casos de corrupción por parte de otros trabajadores y personal laboral. Por tanto, estos denunciantes, así como sus familiares y personas próximas, estarán amparados bajo la protección de esta nueva ley «frente a cualquier acción de su empleador, que no podrá emprender represalias en forma de discriminación, ni despido, y ni siquiera se le puede forzar a un cambio de puesto o de destino».. En caso de que se produjera un despido, este sería considerado nulo y el trabajador readmitido. Desde el Ministerio aseguran que lo que la ley pretende es que los trabajadores «no permanezcan callados ante un caso de corrupción por respeto a una supuesta relación de confianza recíproca con su empleador». También han explicado que esta protección se extiende a «todos los canales de denuncia, no solo ante la autoridad de protección de informante, sino también, por ejemplo, en la Prensa, que no podría informar de forma personalizada sobre ningún caso abierto. Por tanto, el trabajador queda blindado contra el despido tanto por causas objetivas como por causas disciplinarias.. Para materializar este blindaje de los trabajadores y garantizarles la máxima protección será necesario modificar varios preceptos del Estatuto de los Trabajadores. Entre las modificaciones se encuentra la que permita «fundamentar la demanda contra un despido colectivo por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción o derivadas de fuerza mayor, cuando tenga por objeto represaliar a las personas trabajadoras con ocasión de una revelación o presentación de información o comunicación conforme a lo previsto en la ley reguladora de la protección de las personas que informen», explican las misma fuentes.. Las denuncias en las empresas de más de 50 trabajadores con representación sindical deberán presentarlas por los canales internos habituales de información, pero en las empresas de menor tamaño y micropymes solo se podrán utilizar los canales externos de información o, en su caso, «hacer una revelación pública» de los hechos denunciados, lo que les permitirá acceder «en igualdad de condiciones al sistema de protección que despliega la Autoridad Independiente de Protección del Informante».. Pero este anteproyecto de ley tiene que ser aprobado en el Parlamento y pasar de nuevo por el Consejo de Ministros. Así, con la falta de mayoría en el Congreso, esta ley puede encallarse como muchas otras y ser rechazada por la oposición y quedarse de nuevo en el limbo de las intenciones.

 

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El Ministerio de Trabajo vuelve a la carga con su intención de controlar todo lo que acontezca dentro de las empresas y ha logrado que el Consejo de Ministros apruebe un anteproyecto de ley para proteger de posibles represalias a los trabajadores que denuncien casos de corrupción o ilegalidades laborales en su lugar de trabajo. Bajo este nuevo paraguas legal, la dirección de la empresa denunciada «no podrá discriminarlos ni despedirlos», apuntan fuentes ministeriales.. El anteproyecto de ley de protección al denunciante de corrupción considera como un derecho reconocido la denuncia de las infracciones normativas en el terreno laboral o casos de corrupción por parte de otros trabajadores y personal laboral. Por tanto, estos denunciantes, así como sus familiares y personas próximas, estarán amparados bajo la protección de esta nueva ley «frente a cualquier acción de su empleador, que no podrá emprender represalias en forma de discriminación, ni despido, y ni siquiera se le puede forzar a un cambio de puesto o de destino.. En caso de que se produjera un despido, este sería considerado nulo y el trabajador readmitido. Desde el Ministerio aseguran que lo que la ley pretende es que los trabajadores «no permanezcan callados ante un caso de corrupción por respeto a una supuesta relación de confianza recíproca con su empleador». También han explicado que esta protección se extiende a «todos los canales de denuncia, no solo ante la autoridad de protección de informante, sino también, por ejemplo, en la Prensa, que no podría informar de forma personalizada sobre ningún caso abierto. Por tanto, el trabajador queda blindado contra el despido tanto por causas objetivas como por causas disciplinarias.. Para materializar este blindaje de los trabajadores y garantizarles la máxima protección será necesario modificar varios preceptos del Estatuto de los Trabajadores. Entre las modificaciones se encuentra la que permita «fundamentar la demanda contra un despido colectivo por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción o derivadas de fuerza mayor, cuando tenga por objeto represaliar a las personas trabajadoras con ocasión de una revelación o presentación de información o comunicación conforme a lo previsto en la ley reguladora de la protección de las personas que informen», explican las misma fuentes.. Las denuncias en las empresas de más de 50 trabajadores con representación sindical deberán presentarlas por los canales internos habituales de información, pero en las empresas de menor tamaño y micropymes solo se podrán utilizar los canales externos de información o, en su caso, «hacer una revelación pública» de los hechos denunciados, lo que les permitirá acceder «en igualdad de condiciones al sistema de protección que despliega la Autoridad Independiente de Protección del Informante».. Pero este anteproyecto de ley tiene que ser aprobado en el Parlamento y pasar de nuevo por el Consejo de Ministros. Así, con la falta de mayoría en el Congreso, esta ley puede encallarse como muchas otras y ser rechazada por la oposición y quedarse de nuevo en el limbo de las intenciones.

 

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