Skip to content
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
  • Portada
  • Nacional
  • Internacional
  • Economía
  • Deporte
  • Cultura
  • Tecnología y Ciencia
  • Entretenimiento
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
  • Portada
  • Nacional
  • Internacional
  • Economía
  • Deporte
  • Cultura
  • Tecnología y Ciencia
  • Entretenimiento
  • Contacto
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
  Economía  Una administrativa hizo 37 transferencias y desvió 271.284 euros: descubrieron los movimientos cuando otra persona la sustituyó
Economía

Una administrativa hizo 37 transferencias y desvió 271.284 euros: descubrieron los movimientos cuando otra persona la sustituyó

6 de noviembre de 2026
Más noticias

Bajas por menopausia y violencia de género sin 180 días cotizados: Así quedan los nuevos requisitos en la Seguridad Social

25 de octubre de 2026

Consumo abre expediente a una plataforma por no retirar sus anuncios de alquiler turístico en territorios palestinos ocupados por Israel

26 de octubre de 2026

La justicia es firme, un fallo en el cálculo de la indemnización por despido puede declarar este como improcedente

6 de noviembre de 2026

Puente anuncia su dimisión como ministro de Transportes y renuncia a las listas del 29N tras cuatro horas de comparecencia inútil

3 de noviembre de 2026

Las irregularidades salieron a la luz cuando una administrativa se ausentó del trabajo y otra persona ocupó temporalmente su puesto. Al revisar los movimientos bancarios de la empresa cántabra, su sustituta encontró operaciones que no cuadraban. La investigación posterior identificó 37 transferencias y órdenes de pago realizadas entre octubre de 2018 y septiembre de 2020.. El dinero había salido de las cuentas de la compañía hacia otras vinculadas a la trabajadora, a quien entonces era su pareja y a una sociedad compartida por ambos, según los hechos probados de la Audiencia Provincial de Cantabria. Parte de las cantidades regresó después. Una vez descontado lo recuperado, el perjuicio quedó fijado en 271.284,32 euros.. El caso llegó a los tribunales y la Audiencia condenó a la administrativa a cuatro años de prisión por apropiación indebida agravada. El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria mantuvo esa pena al resolver su recurso. La sentencia de apelación, difundida por Economist & Jurist, todavía podía recurrirse en casación ante el Supremo.. El hallazgo durante una sustitución. La acusada tenía entre sus funciones gestionar pagos y movimientos de las cuentas empresariales. Durante casi dos años efectuó operaciones por un importe bruto de 308.872,47 euros. De esa suma se reingresaron 37.588,15 euros, por lo que la cifra de 271.284,32 euros corresponde al quebranto final acreditado por el tribunal, no al total inicial de dinero movido.. Las cuentas de destino resultaron decisivas. Según la resolución de primera instancia, algunas operaciones llegaron directamente a una cuenta de la trabajadora y su pareja. En otras figuraban como beneficiarias la propia empresa perjudicada u otras entidades con las que trabajaba habitualmente, aunque las cuentas receptoras pertenecían a personas o a una sociedad relacionadas con ella. El análisis de las transferencias bancarias y de sus titulares permitió reconstruir el recorrido del dinero.. La empleada reconoció haber realizado las operaciones, aunque sostuvo que había actuado bajo la presión de su pareja. Los magistrados examinaron esa explicación junto con los documentos bancarios, la auditoría y las declaraciones practicadas en el juicio. También consta que, tras descubrirse los hechos, firmó un reconocimiento de deuda y se comprometió a devolver lo sustraído.. Por qué la pena continuó siendo de cuatro años. El tribunal de apelación acogió parcialmente el recurso de la trabajadora. Según la resolución reseñada por el medio jurídico, retiró la agravación basada en el abuso de relaciones personales y apreció una dilación indebida en la instrucción. Esos cambios no redujeron los cuatro años de prisión: la Audiencia ya había fijado la pena en el mínimo previsto para el perjuicio económico acreditado en este caso.. La condena incluye la obligación de indemnizar a la empresa por el importe que quedó sin recuperar, además de los intereses correspondientes. En primera instancia, la Audiencia la absolvió de la acusación de falsedad documental. Así, la responsabilidad penal se centró en la disposición indebida de fondos que administraba por razón de su trabajo.. Para los investigadores, la baja laboral tuvo un efecto inesperado: permitió que otra persona examinara las cuentas y advirtiera lo que no se había detectado durante las operaciones habituales. La sentencia reconstruye después cada movimiento mediante los registros financieros. La sustitución abrió la revisión; fueron los documentos y la auditoría los que sostuvieron el fallo judicial.

 

​ 

Las irregularidades salieron a la luz cuando una administrativa se ausentó del trabajo y otra persona ocupó temporalmente su puesto. Al revisar los movimientos bancarios de la empresa cántabra, su sustituta encontró operaciones que no cuadraban. La investigación posterior identificó 37 transferencias y órdenes de pago realizadas entre octubre de 2018 y septiembre de 2020.. El dinero había salido de las cuentas de la compañía hacia otras vinculadas a la trabajadora, a quien entonces era su pareja y a una sociedad compartida por ambos, según los hechos probados de la Audiencia Provincial de Cantabria. Parte de las cantidades regresó después. Una vez descontado lo recuperado, el perjuicio quedó fijado en 271.284,32 euros.. El caso llegó a los tribunales y la Audiencia condenó a la administrativa a cuatro años de prisión por apropiación indebida agravada. El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria mantuvo esa pena al resolver su recurso. La sentencia de apelación, difundida por Economist & Jurist, todavía podía recurrirse en casación ante el Supremo.. El hallazgo durante una sustitución. La acusada tenía entre sus funciones gestionar pagos y movimientos de las cuentas empresariales. Durante casi dos años efectuó operaciones por un importe bruto de 308.872,47 euros. De esa suma se reingresaron 37.588,15 euros, por lo que la cifra de 271.284,32 euros corresponde al quebranto final acreditado por el tribunal, no al total inicial de dinero movido.. Las cuentas de destino resultaron decisivas. Según la resolución de primera instancia, algunas operaciones llegaron directamente a una cuenta de la trabajadora y su pareja. En otras figuraban como beneficiarias la propia empresa perjudicada u otras entidades con las que trabajaba habitualmente, aunque las cuentas receptoras pertenecían a personas o a una sociedad relacionadas con ella. El análisis de las transferencias bancarias y de sus titulares permitió reconstruir el recorrido del dinero.. La empleada reconoció haber realizado las operaciones, aunque sostuvo que había actuado bajo la presión de su pareja. Los magistrados examinaron esa explicación junto con los documentos bancarios, la auditoría y las declaraciones practicadas en el juicio. También consta que, tras descubrirse los hechos, firmó un reconocimiento de deuda y se comprometió a devolver lo sustraído.. Por qué la pena continuó siendo de cuatro años. El tribunal de apelación acogió parcialmente el recurso de la trabajadora. Según la resolución reseñada por el medio jurídico, retiró la agravación basada en el abuso de relaciones personales y apreció una dilación indebida en la instrucción. Esos cambios no redujeron los cuatro años de prisión: la Audiencia ya había fijado la pena en el mínimo previsto para el perjuicio económico acreditado en este caso.. La condena incluye la obligación de indemnizar a la empresa por el importe que quedó sin recuperar, además de los intereses correspondientes. En primera instancia, la Audiencia la absolvió de la acusación de falsedad documental. Así, la responsabilidad penal se centró en la disposición indebida de fondos que administraba por razón de su trabajo.. Para los investigadores, la baja laboral tuvo un efecto inesperado: permitió que otra persona examinara las cuentas y advirtiera lo que no se había detectado durante las operaciones habituales. La sentencia reconstruye después cada movimiento mediante los registros financieros. La sustitución abrió la revisión; fueron los documentos y la auditoría los que sostuvieron el fallo judicial.

 

FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail
La editorial Almadía mantiene su confianza en la novela de David Silva Rojas y no retira el premio
La justicia es firme, un fallo en el cálculo de la indemnización por despido puede declarar este como improcedente
Noticias similares
Economía

Polémica en Marruecos al no ser admitida una propuesta emiratí para reabrir una refinería en proceso de venta judicial

7 de noviembre de 2026 6631
Economía

Ouigo cancela 8 servicios ferroviarios el día de la huelga general del próximo miércoles

7 de noviembre de 2026 11789
Economía

El petróleo se abarata un 17% en una semana

7 de noviembre de 2026 4719
Economía

El Tribunal Supremo condena a indemnizar con 70.000 euros a un matrimonio en Madrid tras quedarse embarazados por una vasectomía fallida

7 de noviembre de 2026 9011
Entradas Relacionadas
Nacional

El programa electoral de Rufián: financiación singular, coto a los nómadas digitales y jornada laboral de 37,5 horas

7 de noviembre de 2026 6166
Internacional

Trump afronta los dos últimos años de mandato como un octogenario desafiante obsesionado con las obras

7 de noviembre de 2026 3430
Internacional

Florida, de bastión a trinchera de los republicanos en Estados Unidos

7 de noviembre de 2026 12840
Internacional

La marea demócrata abre la carrera por la Casa Blanca, con centristas y progresistas reforzados de cara a 2028

7 de noviembre de 2026 6345
Internacional

Más allá de Washington: los demócratas cimentan su reconquista con los parlamentos estatales

7 de noviembre de 2026 11846
    2025 © Zocalopublico.com | Todos los Derechos Reservados
    • Contacto
    • Sobre Nosotros
    • Aviso Legal
    • Política de Privacidad
    • Política de Cookies