Las plazas de garaje son uno de los espacios que más conflictos generan dentro de las comunidades de vecinos. Bicis, armarios, motos, cajas o coches mal aparcados suelen provocar discusiones entre vecinos que normalmente no saben qué permite o no la ley.. Lo que sí puedes hacer en tu plaza de garaje. Según recoge el artículo 3 de la Ley de Propiedad Horizontal, cada propietario tiene un derecho exclusivo sobre su plaza de garaje, siempre que se trate de un espacio delimitado e independiente.. Esto significa que, en contextos especiales, es posible utilizar parte de la plaza para guardar objetos o instalar pequeños armarios, pero siempre con un uso limitado.. La clave está en que el uso de la plaza no afecte a los elementos comunes ni perjudique a otros vecinos.. El detalle que muchos desconocen. La ley establece que ningún propietario puede realizar actuaciones que dificulten la maniobrabilidad de otros vehículos o invadan espacios ajenos En otras palabras, si los objetos almacenados se salen de los límites de la plaza e impiden que otro vecino aparque con normalidad, la comunidad puede exigir su retirada.. Además, los artículos 7 y 9 de la LPH prohíben cualquier actuación que altere la seguridad del edificio o perjudique los derechos de otros propietarios.. Atención con el seguro del garaje. Otro aspecto importante que suele pasar desapercibido tiene que ver con las pólizas de seguro.. Algunas comunidades cuentan con seguros que solo cubren el estacionamiento de vehículos. Si en una plaza se almacenan cajas, muebles u otros objetos, podrían surgir problemas de cobertura en caso de incendio o daños materiales.. Por ello, antes de utilizar una plaza como trastero conviene revisar tanto los estatutos de la comunidad como las condiciones del seguro.. ¿Y los cargadores de coches eléctricos?. El Tribunal Supremo ha aclarado definitivamente esta cuestión. Los propietarios pueden instalar un cargador en su plaza sin necesidad de pedir autorización expresa a la comunidad.. La única obligación es comunicar previamente la instalación al administrador o a la comunidad de vecinos.. Conocer estos detalles y conocer la ley puede evitar muchos problemas y ayudar a resolver conflictos que, a menudo, nacen simplemente por desconocimiento de la normativa.
Las plazas de garaje son uno de los espacios que más conflictos generan dentro de las comunidades de vecinos. Bicis, armarios, motos, cajas o coches mal aparcados suelen provocar discusiones entre vecinos que normalmente no saben qué permite o no la ley.. Lo que sí puedes hacer en tu plaza de garaje. Según recoge el artículo 3 de la Ley de Propiedad Horizontal, cada propietario tiene un derecho exclusivo sobre su plaza de garaje, siempre que se trate de un espacio delimitado e independiente.. Esto significa que, en contextos especiales, es posible utilizar parte de la plaza para guardar objetos o instalar pequeños armarios, pero siempre con un uso limitado.. La clave está en que el uso de la plaza no afecte a los elementos comunes ni perjudique a otros vecinos.. El detalle que muchos desconocen. La ley establece que ningún propietario puede realizar actuaciones que dificulten la maniobrabilidad de otros vehículos o invadan espacios ajenos En otras palabras, si los objetos almacenados se salen de los límites de la plaza e impiden que otro vecino aparque con normalidad, la comunidad puede exigir su retirada.. Además, los artículos 7 y 9 de la LPH prohíben cualquier actuación que altere la seguridad del edificio o perjudique los derechos de otros propietarios.. Atención con el seguro del garaje. Otro aspecto importante que suele pasar desapercibido tiene que ver con las pólizas de seguro.. Algunas comunidades cuentan con seguros que solo cubren el estacionamiento de vehículos. Si en una plaza se almacenan cajas, muebles u otros objetos, podrían surgir problemas de cobertura en caso de incendio o daños materiales.. Por ello, antes de utilizar una plaza como trastero conviene revisar tanto los estatutos de la comunidad como las condiciones del seguro.. ¿Y los cargadores de coches eléctricos?. El Tribunal Supremo ha aclarado definitivamente esta cuestión. Los propietarios pueden instalar un cargador en su plaza sin necesidad de pedir autorización expresa a la comunidad.. La única obligación es comunicar previamente la instalación al administrador o a la comunidad de vecinos.. Conocer estos detalles y conocer la ley puede evitar muchos problemas y ayudar a resolver conflictos que, a menudo, nacen simplemente por desconocimiento de la normativa.
