Una grave negligencia en materia de prevención de riesgos laborales ha derivado en una contundente resolución judicial en la Audiencia Provincial con sede en Santiago. Según se hace eco la prensa especializada en información jurídica y sucesos, la justicia ha confirmado una indemnización que superará los 200.000 euros —sumando los intereses legales acumulados— para un trabajador que sufrió un espeluznante accidente en julio de 2017, cuando tenía 41 años.. El trágico suceso aconteció mientras el operario realizaba el corte y retiro de una viga metálica en el exterior de una nave industrial. Desde una plataforma elevadora situada a cuatro metros de altura, en un espacio sumamente reducido y sin visibilidad porque se le empañaban las gafas de protección, el obrero tuvo que manejar una amoladora a la altura de la cabeza, sufriendo un corte en el lado derecho del cuello de ocho centímetros de longitud a la altura del cartílago tiroides.. La profunda incisión requirió una intervención quirúrgica de urgencia bajo anestesia general y desencadenó un calvario de 712 días de curación. El impacto físico y el severo trauma psíquico posterior derivaron en un episodio depresivo mayor y trastorno por estrés postraumático, motivo por el cual el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le reconoció la incapacidad permanente absoluta.. Penas de cárcel y suspensión profesional para el responsable de la firma. La sentencia judicial declara probado que el encargado de la mercantil ordenó la ejecución del trabajo sin aportar ninguna formación específica ni haber planificado adecuadamente la tarea. La víctima, que acumulaba cinco años de antigüedad en el negocio, se vio forzada a trabajar en una postura inviable y asumiendo un peligro extremo para su integridad.. Debido a estas graves deficiencias organizativas, el representante legal y encargado de la entidad ha sido condenado a tres meses de prisión y al pago de una multa económica. Asimismo, la resolución le impone una inhabilitación especial de seis meses que le prohíbe ejercer como administrador o gestor de sociedades vinculadas al sector de la construcción.. Rechazo frontal a las pretensiones de la compañía aseguradora. A la compensación económica inicial fijada en 172.280,09 euros se le deberán sumar de forma obligatoria los intereses de demora devengados desde el momento exacto en que se produjo el siniestro. Una de las entidades aseguradoras implicadas en el litigio presentó un recurso de apelación con el objetivo de recortar dicha suma, pretendiendo que los intereses computaran únicamente desde la fecha en que tuvo conocimiento formal del accidente.. Sin embargo, los magistrados de la Audiencia Provincial han rechazado íntegramente los argumentos de la aseguradora, ratificando la cuantía total para reparar en la medida de lo posible los daños sufridos por el afectado. Las secuelas cognitivas y el ánimo deprimido impiden de forma definitiva que la víctima pueda reincorporarse al mercado laboral.
Una grave negligencia en materia de prevención de riesgos laborales ha derivado en una contundente resolución judicial en la Audiencia Provincial con sede en Santiago. Según se hace eco la prensa especializada en información jurídica y sucesos, la justicia ha confirmado una indemnización que superará los 200.000 euros —sumando los intereses legales acumulados— para un trabajador que sufrió un espeluznante accidente en julio de 2017, cuando tenía 41 años.. El trágico suceso aconteció mientras el operario realizaba el corte y retiro de una viga metálica en el exterior de una nave industrial. Desde una plataforma elevadora situada a cuatro metros de altura, en un espacio sumamente reducido y sin visibilidad porque se le empañaban las gafas de protección, el obrero tuvo que manejar una amoladora a la altura de la cabeza, sufriendo un corte en el lado derecho del cuello de ocho centímetros de longitud a la altura del cartílago tiroides.. La profunda incisión requirió una intervención quirúrgica de urgencia bajo anestesia general y desencadenó un calvario de 712 días de curación. El impacto físico y el severo trauma psíquico posterior derivaron en un episodio depresivo mayor y trastorno por estrés postraumático, motivo por el cual el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le reconoció la incapacidad permanente absoluta.. Penas de cárcel y suspensión profesional para el responsable de la firma. La sentencia judicial declara probado que el encargado de la mercantil ordenó la ejecución del trabajo sin aportar ninguna formación específica ni haber planificado adecuadamente la tarea. La víctima, que acumulaba cinco años de antigüedad en el negocio, se vio forzada a trabajar en una postura inviable y asumiendo un peligro extremo para su integridad.. Debido a estas graves deficiencias organizativas, el representante legal y encargado de la entidad ha sido condenado a tres meses de prisión y al pago de una multa económica. Asimismo, la resolución le impone una inhabilitación especial de seis meses que le prohíbe ejercer como administrador o gestor de sociedades vinculadas al sector de la construcción.. Rechazo frontal a las pretensiones de la compañía aseguradora. A la compensación económica inicial fijada en 172.280,09 euros se le deberán sumar de forma obligatoria los intereses de demora devengados desde el momento exacto en que se produjo el siniestro. Una de las entidades aseguradoras implicadas en el litigio presentó un recurso de apelación con el objetivo de recortar dicha suma, pretendiendo que los intereses computaran únicamente desde la fecha en que tuvo conocimiento formal del accidente.. Sin embargo, los magistrados de la Audiencia Provincial han rechazado íntegramente los argumentos de la aseguradora, ratificando la cuantía total para reparar en la medida de lo posible los daños sufridos por el afectado. Las secuelas cognitivas y el ánimo deprimido impiden de forma definitiva que la víctima pueda reincorporarse al mercado laboral.
