Skip to content
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
  • Portada
  • Nacional
  • Internacional
  • Economía
  • Deporte
  • Cultura
  • Tecnología y Ciencia
  • Entretenimiento
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
  • Portada
  • Nacional
  • Internacional
  • Economía
  • Deporte
  • Cultura
  • Tecnología y Ciencia
  • Entretenimiento
  • Contacto
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
  Nacional  La Junta Electoral rechaza quitar el voto por correo a los residentes en el extranjero pero pide aclaraciones al INE sobre los empadronamientos
Nacional

La Junta Electoral rechaza quitar el voto por correo a los residentes en el extranjero pero pide aclaraciones al INE sobre los empadronamientos

16 de julio de 2026

La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado este jueves solicitar una serie de aclaraciones y un informe a la Oficina del Censo Electoral, dependiente del Instituto Nacional de Estadística, para motivar mejor la atribución de los municipios en los que votar a los nacionalizados por la llamada ley de nietos. La JEC precisa esa resolución ante las reclamaciones de varias entidades y partidos, en alusión a la formación ultra Vox, sobre una posible interpretación confusa de una disposición adicional a la Ley de Memoria Democrática de 2022, que fue la que habilitó la nacionalización de miles de inmigrantes y descendientes de exiliados por culpa de la Guerra Civil. Sobre la supresión del censo de electores extranjeros, como pedía Vox, la JEC aclara que no procede y que ha sido aplicado desde 2011 sin reclamaciones hasta ahora.. Seguir leyendo

  

La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado este jueves solicitar una serie de aclaraciones y un informe a la Oficina del Censo Electoral, dependiente del Instituto Nacional de Estadística, para motivar mejor la atribución de los municipios en los que votar a los nacionalizados por la llamada ley de nietos. La JEC precisa esa resolución ante las reclamaciones de varias entidades y partidos, en alusión a la formación ultra Vox, sobre una posible interpretación confusa de una disposición adicional a la Ley de Memoria Democrática de 2022, que fue la que habilitó la nacionalización de miles de inmigrantes y descendientes de exiliados por culpa de la Guerra Civil. Sobre la supresión del censo de electores extranjeros, como pedía Vox, la JEC aclara que no procede y que ha sido aplicado desde 2011 sin reclamaciones hasta ahora.

La JEC se hace eco así de los escritos recibidos por Vox y otras entidades que ponían en duda o cuestionaban una interpretación en la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática de 25 de octubre de 2022 de cómo aplicar esa norma para las personas que han obtenido ya la nacionalidad o están en ese trámite por ser descendientes de exiliados que se marcharon de España por la Guerra Civil. Partidos y entidades que pedían la suspensión de ese Censo de Electores Residentes Ausentes (CERA) porque creían que se habían incrementado así de manera sospechosa.

Más noticias

El comandante imputado en el ‘caso Koldo’ ratifica ante el juez que Leire Díez le ofreció ser asesor de la directora de la Guardia Civil

7 de julio de 2026

Localizados los cadáveres de dos gemelos de 11 años ahogados en el río Ter a su paso por Manlleu

14 de julio de 2026

El robo de cable, los grafitis y los atropellos: los principales problemas de Rodalies en Cataluña

13 de julio de 2026

Moreno anuncia que el incendio de Los Gallardos está estabilizado y ha quemado 7.000 hectáreas

12 de julio de 2026

El PP de Alberto Núñez Feijóo llegó a cuestionar la avalancha de peticiones de nacionalización como un intento de “ingeniería electoral” del Gobierno de Pedro Sánchez, aunque luego reculó y demandó más transparencia, menos opacidad y menos prisa en la resolución de ese proceso. Tras la actuación de la JEC, el PP se reafirma en sus dudas. Un vocal de la JEC propuesto por el PP ha anunciado un voto particular en contra de esa resolución aprobada mayoritariamente.

A las demandas de Vox, la JEC indica que es “la Constitución Española la que reconoce a los españoles el derecho de sufragio en sus artículos 13.2 y 23. Mientras que su artículo 68.5 establece que ‘Son electores y elegibles todos los españoles que estén en pleno uso de sus derechos políticos. La ley reconocerá y el Estado facilitará el ejercicio del derecho de sufragio a los españoles que se encuentren fuera del territorio de España’”.

La JEC recuerda, en cualquier caso, que las competencias sobre “las circunstancias que permiten la concesión de la nacionalidad y su procedimiento” exceden de lo que corresponde a la Junta Electoral Central, al igual que no les procede hacer valoraciones de leyes o disposiciones reglamentarias como las mencionadas, y aconseja ahí a los que las cuestionan que acudan al Tribunal Constitucional o la jurisdicción contencioso-administrativa. Los expertos electorales remachan que la orden ministerial que regula la elaboración de ese censo “se ha venido aplicando desde su aprobación en el año 2011, sin que se hayan producido reclamaciones como consecuencia de su aplicación”.

La recomendación evidente que sale de la reunión este jueves de la JEC tiene que ver con la determinación del municipio en el que se realiza la inscripción electoral de esos nacionalizados y por tanto dónde pueden votar. La Junta recuerda ahí que le pidió un informe al respecto a la Oficina del Censo Electoral, dependiente del INE y por tanto adscrita al Ministerio de Economía, sobre esos mecanismos de actualización de esos censos y su evolución desde la entrada en vigor de la ley el 19 de octubre de 2022. El informe se remitió el 10 de julio pasado y “acredita la existencia de mecanismos de actualización, control y trazabilidad del CERA dentro del ámbito de sus competencias”, según la JEC, que sin embargo, sostiene que no deducen “un pronunciamiento claro y determinante sobre la corrección jurídica del procedimiento de actualización” de ese censo en cuanto a la determinación del municipio de inscripción electoral.

La JEC entiende que determinar el municipio para el voto “constituye elemento esencial para la correcta formación del Censo de Electores Residentes Ausentes, en la medida en que condiciona la circunscripción electoral a la que queda adscrito el elector” y precisa que esos criterios “deben ser objetivos, homogéneos, suficientemente acreditados y susceptibles de una aplicación uniforme por todas las Oficinas Consulares, garantizando así la igualdad de todos los electores, la transparencia del procedimiento y la correcta formación del censo electoral”.

Es ahí cuando la JEC solicita a la Oficina del Censo Electoral que le informe, especialmente, “sobre el hecho de si se examinan las declaraciones explicativas de los electores que solicitan la inscripción en un municipio distinto al de su última residencia en España y, en caso afirmativo, quién realiza ese examen; y del mismo modo, sobre si queda constancia de los criterios seguidos por la Oficina Consular cuando, a falta de otros criterios, determina el municipio de inscripción y si, en su caso, dichos criterios son conocidos o sometidos a examen por la Oficina del Censo”. La JEC pide esas aclaraciones y también sobre la manera en que esa Oficina del Censo entiende que podrían “reforzarse la objetivación y homogeneidad de los criterios aplicables por las Oficinas Consulares, con el fin de preservar la transparencia, la objetividad y la igualdad en el proceso electoral”.

En suma, la JEC, ante estas dudas y para “asegurar al máximo la confianza de los ciudadanos en el sistema electoral, encomienda que esa Oficina haga una instrucción, sometida a su criterio y para dirigirla luego a las Oficinas Consulares, ”en la que se precisen los criterios aplicables para la determinación del municipio de inscripción electoral, especificando, entre otros extremos, la forma de acreditar el mayor arraigo propio o de los ascendientes, la documentación justificativa que podrá aportarse y los supuestos y criterios en los que proceda la determinación de oficio del municipio de inscripción». Y recalca que “la determinación del municipio de inscripción electoral” debe quedar “suficientemente motivada en el expediente cuando no resulte directamente de la última residencia en España, de forma que pueda comprobarse la concurrencia de los criterios aplicables y garantizarse la transparencia, objetividad e igualdad en la formación del censo electoral”.

 

FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail
La Audiencia de Madrid avala que la causa contra Begoña Gómez siga adelante por jurado por dos delitos
Cataluña vive el inicio de verano más cálido desde 1950, con 3,8°C por encima de la media
Noticias similares
Nacional

Castilla-La Mancha pide la intervención de la UME para sofocar un incendio en la Sierra Norte de Guadalajara

16 de julio de 2026 4160
Nacional

El jefe operativo de la Guardia Civil niega presiones a la UCO y denuncia una campaña contra él

16 de julio de 2026 6636
Nacional

Los nacimientos en Cataluña crecen por primera vez desde 2008, con 54.249 nacidos en 2025

16 de julio de 2026 7829
Nacional

El incendio forestal del municipio madrileño de Lozoyuela obliga a confinar varias localidades vecinas

16 de julio de 2026 408
Entradas Relacionadas
Nacional

Castilla-La Mancha pide la intervención de la UME para sofocar un incendio en la Sierra Norte de Guadalajara

16 de julio de 2026 4160
Nacional

El jefe operativo de la Guardia Civil niega presiones a la UCO y denuncia una campaña contra él

16 de julio de 2026 6636
Nacional

Los nacimientos en Cataluña crecen por primera vez desde 2008, con 54.249 nacidos en 2025

16 de julio de 2026 7829
Nacional

El incendio forestal del municipio madrileño de Lozoyuela obliga a confinar varias localidades vecinas

16 de julio de 2026 408
Internacional

Miles de personas protestan en varias ciudades de Ucrania contra la destitución del ministro de Defensa

16 de julio de 2026 8569
    2025 © Zocalopublico.com | Todos los Derechos Reservados
    • Contacto
    • Sobre Nosotros
    • Aviso Legal
    • Política de Privacidad
    • Política de Cookies