El Tribunal Supremo ha frustrado el primer intento de José Luis Ábalos y Koldo García de ver anulada su condena por la trama de las mascarillas. La Sala Penal ha rechazado el incidente de nulidad que interpusieron el exministro de Transportes y quien fuera su asesor contra la sentencia por la que les impuso 24 años y tres meses y a 19 años y ocho meses de cárcel, respectivamente, una decisión que abre la puerta a que Ábalos y García recurran en amparo al Tribunal Constitucional para reclamar la revocación de su condena por vulneración de derechos fundamentales.. Seguir leyendo
El alto tribunal rechaza los intentos del exministro y su antiguo asesor de anular la pena de 24 y 19 años de prisión, respectivamente, que les impuso por la trama de las mascarillas
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El Tribunal Supremo ha frustrado el primer intento de José Luis Ábalos y Koldo García de ver anulada su condena por la trama de las mascarillas. La Sala Penal ha rechazado el incidente de nulidad que interpusieron el exministro de Transportes y quien fuera su asesor contra la sentencia por la que les impuso 24 años y tres meses y a 19 años y ocho meses de cárcel, respectivamente, una decisión que abre la puerta a que Ábalos y García recurran en amparo al Tribunal Constitucional para reclamar la revocación de su condena por vulneración de derechos fundamentales.
El Supremo juzgó al exministro, su antiguo asesor y el empresario Víctor de Aldama entre abril y mayo de este año y, el 22 de junio, hizo pública una sentencia que se saldó con severas condenas para Ábalos y García y un castigo reducido al mínimo para el empresario corruptor, quien se benefició de una disminución de pena por haberse autoinculpado y colaborado con la justicia y no tendrá que pisar la cárcel ni pagar los 3,7 millones de comisiones que el tribunal considera que se embolsó si cumple una serie de requisitos (no volver a delinquir, presentar un informe semestral de actividades y un año de trabajos en beneficio de la comunidad).
La sentencia, de la que fue ponente el presidente de la Sala Penal, Andrés Martínez Arrieta, asumió el relato del jefe de Anticorrupción, Alejandro Luzón, que durante todo el proceso sostuvo que los tres acusados formaron una “organización criminal” cuyo objetivo era obtener un beneficio al socaire del cargo que ostentaba Ábalos. Los magistrados dieron por probado este relato y casi toda la cadena de delitos de los que el ministerio público acusó al exministro: la adjudicación del suministro de 13 millones de mascarillas a Puertos del Estado y Adif a una empresa vinculada a Aldama; la remuneración mensual de 10.000 euros para ‘gastos fijos’ de Ábalos; la contratación en empresas públicas de dos mujeres vinculadas al exministro; el pago del piso a una de ellas; el contrato de arrendamiento con opción a compra entre Aldama y Ábalos de un piso en el Paseo de la Castellana de Madrid; y el arrendamiento de viviendas en Marbella y La Línea de la Concepción también con opción de compra por gestiones relacionadas con la emisión de una nota de prensa sobre el rescate de Air Europa y para la concesión de una licencia de hidrocarburos.
Ábalos y García pidieron la nulidad de esta sentencia, una reclamación con remotas posibilidades de prosperar, pero que es un requisito imprescindible para poder recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional, en el que la defensa de Ábalos tiene puestas las esperanzas para revocar su condena. En su escrito, el exministro argumentaba, entre otras cuestiones, que se ha vulnerado su derecho al juez predeterminado por ley porque el Supremo debió mandar su caso a la Audiencia Nacional cuando renunció a su escaño en el Congreso y dejó de ser aforado.
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