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  Economía  El SEPE advierte sobre el requisito indispensable para seguir cobrando el paro con más de 65 años
Economía

El SEPE advierte sobre el requisito indispensable para seguir cobrando el paro con más de 65 años

13 de febrero de 2026
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Llegar a los 65 años no implica automáticamente perder el derecho a cobrar el paro o un subsidio, pero el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) recuerda que existe un requisito documental ineludible para quienes quieran seguir percibiendo la prestación más allá de esa edad.. Si al cumplir la edad ordinaria de jubilación se reúnen los años de cotización necesarios para acceder a una pensión contributiva, la prestación por desempleo se extingue y el interesado debe pasar a cobrar la jubilación. El problema surge cuando no se alcanza ese mínimo de cotización, un escenario cada vez más frecuente entre trabajadores con carreras laborales irregulares o lagunas de empleo.. En esos casos, el SEPE puede continuar abonando el paro o el subsidio, pero exige un trámite imprescindible: presentar un certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que confirme que no se reúnen los requisitos para acceder a la pensión contributiva. «Sin ese certificado, el SEPE entiende que sí podrías jubilarte y, por tanto, extingue la prestación», advierte el organismo.. Mayores de 65 sin pensión: el certificado que marca la diferencia. La Ley General de la Seguridad Social establece que el derecho a la prestación contributiva por desempleo se extingue cuando el beneficiario pasa a ser pensionista de jubilación. Sin embargo, quienes no alcanzan la cotización mínima pueden seguir percibiendo el paro hasta agotarlo, e incluso mantener subsidios como el de mayores de 52 años, siempre que cumplan el resto de condiciones.. En el caso de los subsidios, además del certificado del INSS, se exige mantener la carencia de rentas, esto es, no superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en cómputo mensual. Si en algún momento la pensión u otros ingresos rebasan ese límite, el subsidio se pierde.. Se recomienda solicitar cita en el INSS con antelación para conocer el historial de cotizaciones y determinar si se alcanzará la pensión contributiva. Si se confirma que no, conviene pedir el certificado acreditativo y presentarlo en la oficina de empleo antes de cumplir la edad legal.. Cabe destacar que mantener la inscripción como demandante y el compromiso de actividad sigue siendo obligatorio. «Saber cuántos años tienes cotizados, qué pensión te correspondería y qué certificado puedes pedir al INSS marcará la diferencia entre quedarte sin ingresos por desconocimiento o mantener el paro o el subsidio mientras sigues buscando soluciones hasta poder jubilarte con derecho propio», subraya el SEPE.

 

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Llegar a los 65 años no implica automáticamente perder el derecho a cobrar el paro o un subsidio, pero el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) recuerda que existe un requisito documental ineludible para quienes quieran seguir percibiendo la prestación más allá de esa edad.. Si al cumplir la edad ordinaria de jubilación se reúnen los años de cotización necesarios para acceder a una pensión contributiva, la prestación por desempleo se extingue y el interesado debe pasar a cobrar la jubilación. El problema surge cuando no se alcanza ese mínimo de cotización, un escenario cada vez más frecuente entre trabajadores con carreras laborales irregulares o lagunas de empleo.. En esos casos, el SEPE puede continuar abonando el paro o el subsidio, pero exige un trámite imprescindible: presentar un certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que confirme que no se reúnen los requisitos para acceder a la pensión contributiva. «Sin ese certificado, el SEPE entiende que sí podrías jubilarte y, por tanto, extingue la prestación», advierte el organismo.. La Ley General de la Seguridad Social establece que el derecho a la prestación contributiva por desempleo se extingue cuando el beneficiario pasa a ser pensionista de jubilación. Sin embargo, quienes no alcanzan la cotización mínima pueden seguir percibiendo el paro hasta agotarlo, e incluso mantener subsidios como el de mayores de 52 años, siempre que cumplan el resto de condiciones.. En el caso de los subsidios, además del certificado del INSS, se exige mantener la carencia de rentas, esto es, no superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en cómputo mensual. Si en algún momento la pensión u otros ingresos rebasan ese límite, el subsidio se pierde.. Se recomienda solicitar cita en el INSS con antelación para conocer el historial de cotizaciones y determinar si se alcanzará la pensión contributiva. Si se confirma que no, conviene pedir el certificado acreditativo y presentarlo en la oficina de empleo antes de cumplir la edad legal.. Cabe destacar que mantener la inscripción como demandante y el compromiso de actividad sigue siendo obligatorio. «Saber cuántos años tienes cotizados, qué pensión te correspondería y qué certificado puedes pedir al INSS marcará la diferencia entre quedarte sin ingresos por desconocimiento o mantener el paro o el subsidio mientras sigues buscando soluciones hasta poder jubilarte con derecho propio», subraya el SEPE.

 

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