La Comisión Europea ha decidido llevar a España ante del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por no haber incorporado en su legislación nacional ciertos cambios en las normas sobre colchones de capital de la banca europea, pese a las advertencias que le ha hecho desde 2025. El Ejecutivo comunitario considera «insuficientes» los esfuerzos hechos hasta ahora por España para transponer la normativa puesto que, mientras el resto de Estados de la UE ya la han incorporado en su legislación, las autoridades españolas no han notificado todavía las medidas con las que prevén implementar los cambios. Si España no cumple, la corte puede imponerle sanciones, que pueden ser millonarias.. Los países tenían hasta noviembre de 2024 para incorporar en su ordenamiento jurídico la directiva conocida como «Daisy Chain», que modifica las normas europeas de reestructuración y resolución bancaria para permitir un trato más proporcional de los requisitos de fondos propios y pasivos elegibles (MREL, en la jerga financiera) que los grupos bancarios deben tener para financiar su propio rescate en caso de dificultades. España no respetó el plazo, por lo que Bruselas le abrió un expediente de infracción en enero de 2025 y en julio de ese mismo año le dio un ultimátum con el envío de un dictamen motivado en el que le daba dos meses para tomar medidas.. Las nuevas reglas permiten que las autoridades de resolución (el FROB en el caso de España o la JUR a nivel europeo) determinen que en ciertos grupos bancarios se pueden establecer los niveles de MREL necesarios sobre una base consolidada, lo que significaría que las subsidiarias del mismo dejarían de estar sometidas a la obligación actual de deducir el MREL de sus fondos propios.. La medida busca evitar el perjuicio desproporcionado que esa exigencia tiene sobre ciertos grupos bancarios. Asimismo, las nuevas normas introducen un tratamiento específico para las entidades que tienen que ser liquidadas bajo un procedimiento de insolvencia al uso en caso de quiebra. Si España no aplica estas medidas, «los grupos bancarios establecidos en España se verán privados de la posibilidad de beneficiarse del trato regulatorio favorable que proporciona la Directiva, lo que podría tener como resultado unos costes de financiación más altos que para grupos con la misma estructura establecidos en otros Estados miembros», advirtió la Comisión en un comunicado.. Las entidades que tendrían que ir a liquidación establecidas en España no se beneficiarán de las nuevas reglas, que, en general, les eximen de los requisitos de fondos propios y pasivos elegibles. Esto generaría problemas de igualdad de condiciones, según la Comisión Europea, que subraya que una aplicación uniforme de la directiva es importante para el funcionamiento adecuado del mercado único para la banca. De ahí que la institución haya decidido dar el último paso en el procedimiento de infracción y llevar a España ante el TJUE. Si las autoridades españolas siguen sin tomar medidas, Bruselas puede pedir a la corte que dicte sanciones de inmediato.
La Comisión Europea ha decidido llevar a España ante del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por no haber incorporado en su legislación nacional ciertos cambios en las normas sobre colchones de capital de la banca europea, pese a las advertencias que le ha hecho desde 2025. El Ejecutivo comunitario considera «insuficientes» los esfuerzos hechos hasta ahora por España para transponer la normativa puesto que, mientras el resto de Estados de la UE ya la han incorporado en su legislación, las autoridades españolas no han notificado todavía las medidas con las que prevén implementar los cambios. Si España no cumple, la corte puede imponerle sanciones, que pueden ser millonarias.. Los países tenían hasta noviembre de 2024 para incorporar en su ordenamiento jurídico la directiva conocida como «Daisy Chain», que modifica las normas europeas de reestructuración y resolución bancaria para permitir un trato más proporcional de los requisitos de fondos propios y pasivos elegibles (MREL, en la jerga financiera) que los grupos bancarios deben tener para financiar su propio rescate en caso de dificultades. España no respetó el plazo, por lo que Bruselas le abrió un expediente de infracción en enero de 2025 y en julio de ese mismo año le dio un ultimátum con el envío de un dictamen motivado en el que le daba dos meses para tomar medidas.. Las nuevas reglas permiten que las autoridades de resolución (el FROB en el caso de España o la JUR a nivel europeo) determinen que en ciertos grupos bancarios se pueden establecer los niveles de MREL necesarios sobre una base consolidada, lo que significaría que las subsidiarias del mismo dejarían de estar sometidas a la obligación actual de deducir el MREL de sus fondos propios.. La medida busca evitar el perjuicio desproporcionado que esa exigencia tiene sobre ciertos grupos bancarios. Asimismo, las nuevas normas introducen un tratamiento específico para las entidades que tienen que ser liquidadas bajo un procedimiento de insolvencia al uso en caso de quiebra. Si España no aplica estas medidas, «los grupos bancarios establecidos en España se verán privados de la posibilidad de beneficiarse del trato regulatorio favorable que proporciona la Directiva, lo que podría tener como resultado unos costes de financiación más altos que para grupos con la misma estructura establecidos en otros Estados miembros», advirtió la Comisión en un comunicado.. Las entidades que tendrían que ir a liquidación establecidas en España no se beneficiarán de las nuevas reglas, que, en general, les eximen de los requisitos de fondos propios y pasivos elegibles. Esto generaría problemas de igualdad de condiciones, según la Comisión Europea, que subraya que una aplicación uniforme de la directiva es importante para el funcionamiento adecuado del mercado único para la banca. De ahí que la institución haya decidido dar el último paso en el procedimiento de infracción y llevar a España ante el TJUE. Si las autoridades españolas siguen sin tomar medidas, Bruselas puede pedir a la corte que dicte sanciones de inmediato.
