Skip to content
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
  • Portada
  • Nacional
  • Internacional
  • Economía
  • Deporte
  • Cultura
  • Tecnología y Ciencia
  • Entretenimiento
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
  • Portada
  • Nacional
  • Internacional
  • Economía
  • Deporte
  • Cultura
  • Tecnología y Ciencia
  • Entretenimiento
  • Contacto
Zócalo Público | Toda la actualidad nacional en un sólo sitio
  Economía  El TSJ de Cataluña libra a un desempleado de devolver los 12.400 euros que cobró por un error del INSS y el SEPE
Economía

El TSJ de Cataluña libra a un desempleado de devolver los 12.400 euros que cobró por un error del INSS y el SEPE

19 de agosto de 2026

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dejado sin efecto la reclamación de miles de euros dirigida contra un desempleado. La ayuda había sido reconocida por el Servicio Público de Empleo Estatal y después fue revisada. El caso enfrenta un error administrativo con la situación económica del beneficiario.

La sentencia no establece que todas las ayudas cobradas por error queden perdonadas. La decisión se refiere a unas circunstancias concretas: la Administración concedió el subsidio, el beneficiario no ocultó información y la devolución podía comprometer sus gastos básicos.

El fallo también distingue entre anular el reintegro y mantener el subsidio durante todo el periodo reclamado. La resolución limita sus efectos a la devolución y no recupera por sí sola una prestación que había quedado suspendida por la actividad laboral posterior.

La resolución, identificada como STSJ CAT 5430/2025, fue dictada por la Sala de lo Social del TSJ de Cataluña el 29 de septiembre de 2025. El texto está disponible en el buscador oficial del Poder Judicial.

El origen de la reclamación del SEPE

El trabajador solicitó en 2018 el subsidio para desempleados mayores de 55 años y el SEPE lo reconoció. Tras trabajar para el Ayuntamiento de Ódena, pidió reactivarlo para mayores de 52. La Administración había emitido decisiones favorables. La revisión de una prestación también aparece en este caso del INSS ante los tribunales.

En abril de 2022, el Instituto Nacional de la Seguridad Social comunicó al SEPE que faltaban dos años de cotización dentro de los quince anteriores. El aviso provocó la revisión de la ayuda ya abonada. La protección reconocida por los tribunales también se trata en esta noticia sobre incapacidad permanente.

El SEPE inició entonces un procedimiento de reintegro. En agosto de 2022 cifró en 12.483,93 euros la cantidad cobrada de forma indebida durante el periodo revisado. La deuda todavía superaba los 10.000 euros cuando el asunto llegó al tribunal.

El tribunal aprecia un error de la Administración

La Sala concluye que el beneficiario no realizó declaraciones falsas ni aportó datos inexactos para obtener la ayuda. El fallo atribuye el origen del problema al funcionamiento administrativo y considera que no puede trasladarse sin más toda la carga a quien recibió la prestación.

Los magistrados recuerdan que el subsidio cubría necesidades básicas y que las cantidades eran modestas. La sentencia aplica la doctrina europea sobre la protección patrimonial frente a errores administrativos. La devolución completa habría causado un perjuicio excesivo. La cuantía de una prestación también fue discutida en este caso sobre un derecho laboral.

Por eso, el TSJ de Cataluña estima en parte el recurso del trabajador y deja sin efecto la obligación de reintegrar las cantidades. La decisión no convierte el cobro en una conducta fraudulenta ni declara que el SEPE no pueda revisar una ayuda cuando existan causas legales.

La sentencia aún puede recurrirse

La resolución no es firme. El propio documento señala que las partes pueden preparar un recurso de casación para la unificación de doctrina dentro de los diez días siguientes a su notificación. El criterio podría llegar a ser revisado por el Tribunal Supremo. La revisión de ayudas y derechos también aparece en esta noticia sobre reclamaciones laborales.

Más noticias

Ya es oficial: Bizum cambia las reglas y permite pagar con el móvil en las tiendas físicas

17 de agosto de 2026

Juanma Lorente, abogado laboralista: las tres situaciones en las que puedes negarte a una orden de tu jefe

7 de agosto de 2026

La vivienda, al alcance de menos: hace falta cobrar 2.000 euros netos al mes para comprar casa en España y hasta 5.000 en las ciudades más caras

7 de agosto de 2026

Esto es lo que debes hacer si has reclamado la adaptación de tu puesto de trabajo y tu empresa no responde en tres meses

18 de agosto de 2026

El caso deja una conclusión concreta para los beneficiarios: una reclamación de cobros indebidos debe examinar el origen del error, la conducta de la persona y el impacto real del reintegro. La sentencia del TSJ catalán no elimina el control sobre las prestaciones, pero impide que un fallo ajeno al desempleado produzca una carga desproporcionada. El error administrativo no siempre debe pagarlo el beneficiario.

 

​ 

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dejado sin efecto la reclamación de miles de euros dirigida contra un desempleado. La ayuda había sido reconocida por el Servicio Público de Empleo Estatal y después fue revisada. El caso enfrenta un error administrativo con la situación económica del beneficiario.

La sentencia no establece que todas las ayudas cobradas por error queden perdonadas. La decisión se refiere a unas circunstancias concretas: la Administración concedió el subsidio, el beneficiario no ocultó información y la devolución podía comprometer sus gastos básicos.

El fallo también distingue entre anular el reintegro y mantener el subsidio durante todo el periodo reclamado. La resolución limita sus efectos a la devolución y no recupera por sí sola una prestación que había quedado suspendida por la actividad laboral posterior.

La resolución, identificada como STSJ CAT 5430/2025, fue dictada por la Sala de lo Social del TSJ de Cataluña el 29 de septiembre de 2025. El texto está disponible en el buscador oficial del Poder Judicial.

El origen de la reclamación del SEPE

El trabajador solicitó en 2018 el subsidio para desempleados mayores de 55 años y el SEPE lo reconoció. Tras trabajar para el Ayuntamiento de Ódena, pidió reactivarlo para mayores de 52. La Administración había emitido decisiones favorables. La revisión de una prestación también aparece en este caso del INSS ante los tribunales.

En abril de 2022, el Instituto Nacional de la Seguridad Social comunicó al SEPE que faltaban dos años de cotización dentro de los quince anteriores. El aviso provocó la revisión de la ayuda ya abonada. La protección reconocida por los tribunales también se trata en esta noticia sobre incapacidad permanente.

El SEPE inició entonces un procedimiento de reintegro. En agosto de 2022 cifró en 12.483,93 euros la cantidad cobrada de forma indebida durante el periodo revisado. La deuda todavía superaba los 10.000 euros cuando el asunto llegó al tribunal.

La sede del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

El tribunal aprecia un error de la Administración

La Sala concluye que el beneficiario no realizó declaraciones falsas ni aportó datos inexactos para obtener la ayuda. El fallo atribuye el origen del problema al funcionamiento administrativo y considera que no puede trasladarse sin más toda la carga a quien recibió la prestación.

Los magistrados recuerdan que el subsidio cubría necesidades básicas y que las cantidades eran modestas. La sentencia aplica la doctrina europea sobre la protección patrimonial frente a errores administrativos. La devolución completa habría causado un perjuicio excesivo. La cuantía de una prestación también fue discutida en este caso sobre un derecho laboral.

Por eso, el TSJ de Cataluña estima en parte el recurso del trabajador y deja sin efecto la obligación de reintegrar las cantidades. La decisión no convierte el cobro en una conducta fraudulenta ni declara que el SEPE no pueda revisar una ayuda cuando existan causas legales.

La sentencia aún puede recurrirse

La resolución no es firme. El propio documento señala que las partes pueden preparar un recurso de casación para la unificación de doctrina dentro de los diez días siguientes a su notificación. El criterio podría llegar a ser revisado por el Tribunal Supremo. La revisión de ayudas y derechos también aparece en esta noticia sobre reclamaciones laborales.

El caso deja una conclusión concreta para los beneficiarios: una reclamación de cobros indebidos debe examinar el origen del error, la conducta de la persona y el impacto real del reintegro. La sentencia del TSJ catalán no elimina el control sobre las prestaciones, pero impide que un fallo ajeno al desempleado produzca una carga desproporcionada. El error administrativo no siempre debe pagarlo el beneficiario.

 

FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail
Marruecos exportó frutas y verduras a España por valor de 890 millones de euros entre enero y mayo
Magnus Carlsen, el mejor ajedrecista de la historia, pierde contra un rival de 14 años
Noticias similares
Economía

La justicia corrige al INSS y confirma que es legal cobrar la jubilación activa mientras se trabaja como asalariado y autónomo a la vez

19 de agosto de 2026 1618
Economía

La Justicia de Andalucía avala denegar el subsidio de mayores de 52 años a una mujer condenada por defraudar 2.500 euros a la Seguridad Social

19 de agosto de 2026 14277
Economía

Sebastián Ramírez, abogado laboralista, sobre los accidentes de camino al trabajo: «Es como si te hubiera ocurrido dentro, ya en el puesto de trabajo»

19 de agosto de 2026 1873
Economía

Juanma Lorente, abogado laboralista: «Esta es la lista de permisos retribuidos que tienes en 2026 en tu trabajo, y todos son pagados»

19 de agosto de 2026 5183
Entradas Relacionadas
Deporte

Atlético de Madrid – Málaga en directo | Máxima igualdad en la primera mitad

19 de agosto de 2026 5920
Blog

La plaza Rovira gana el concurso de decorados de las fiestas de Gràcia

19 de agosto de 2026 5846
Economía

La justicia corrige al INSS y confirma que es legal cobrar la jubilación activa mientras se trabaja como asalariado y autónomo a la vez

19 de agosto de 2026 1618
Economía

La Justicia de Andalucía avala denegar el subsidio de mayores de 52 años a una mujer condenada por defraudar 2.500 euros a la Seguridad Social

19 de agosto de 2026 14277
Nacional

Turull relativiza el éxito de Aliança: “Digan lo que digan las encuesta, confiamos en el pueblo de Cataluña”

19 de agosto de 2026 14295
    2025 © Zocalopublico.com | Todos los Derechos Reservados
    • Contacto
    • Sobre Nosotros
    • Aviso Legal
    • Política de Privacidad
    • Política de Cookies