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Economía

Rebelión entre los altos funcionarios del Estado contra el dedazo a Pablo Sánchez-Blanco en el Tesoro

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Los altos funcionarios del Estado preparan iniciar acciones legales contra la modificación normativa que permite excepcionar la reserva funcionarial en la Dirección General del Tesoro, tras el nombramiento del nuevo director general, Pablo Sánchez-Blanco. Así lo ha confirmado la Federación Española de Asociaciones de los Cuerpos Superiores de la Administración Civil del Estado (Fedeca) que interpondrá los recursos que puedan corresponder contra el Real Decreto 644/2026, de 28 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, de estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, para incluir a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera entre los órganos cuyos titulares pueden ser nombrados sin ostentar la condición de funcionario de carrera del subgrupo A1 o equivalente dentro de la función pública, al amparo de la excepción prevista en el artículo 66.2 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.. Un apaño legal que ha aprovechado el Gobierno para nombrar a Sánchez-Blanco, cónyuge de Pilar Sánchez Acera, ex alto cargo de Moncloa y presunta filtradora de los correos del novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. Por ello, la Federación considera que esta modificación normativa amplía de forma «injustificada» el alcance de una excepción que el legislador configuró como extraordinaria y estrictamente motivada, con el consiguiente riesgo de «desvirtuar» la regla general que reserva determinados puestos directivos de la Administración General del Estado a funcionarios de carrera.. Una cuestión que, entienden, «trasciende cualquier caso concreto, porque lo verdaderamente preocupante es el uso y abuso de modificaciones normativas para ampliar el ámbito de excepciones», que deberían ser extraordinarias, hasta el punto de «alterar progresivamente el modelo de dirección pública profesional» diseñado por el legislador. «No cuestionamos la capacidad profesional de ninguna persona. Lo que cuestionamos es que se utilicen modificaciones normativas para ampliar excepciones que la ley concibe como extraordinarias. Las excepciones no pueden convertirse en la regla», ha denunciado la presidenta de Fedeca, Ana Ercoreca, que insiste en que la profesionalización de la Administración no puede quedar «al albur de cambios normativos que debiliten los principios de mérito, capacidad, objetividad e independencia que deben regir las instituciones».. FEDECA recuerda que el artículo 103.3 de la Constitución establece que el acceso a la función pública debe regirse por los principios de mérito y capacidad. Asimismo, el artículo 66.2 de la Ley 40/2015 configura como regla general que los directores generales sean nombrados entre funcionarios de carrera del subgrupo A1, permitiendo excepciones únicamente cuando las especiales características de las funciones del órgano así lo justifiquen de forma expresa.. La Federación considera que esta reserva funcionarial «no constituye un privilegio corporativo, sino una garantía institucional al servicio de la ciudadanía. Su finalidad es asegurar que quienes ejercen funciones de dirección pública y ejercen potestades administrativas lo hagan desde la profesionalidad, la objetividad, la independencia y el sometimiento exclusivo al interés general». Por ello, advierte de que la generalización de este tipo de modificaciones, sin ninguna salvaguarda, puede terminar vaciando de contenido la reserva funcionarial prevista en la Ley 40/2015″.. Desde Fedeca han querido dejar claro que «no cuestionamos la capacidad profesional, la trayectoria ni la vinculación al sector público de Pablo Sánchez-Blanco Mancera. Nuestra posición se dirige exclusivamente a la modificación normativa y al precedente institucional que esta puede generar».

 

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Los altos funcionarios del Estado preparan iniciar acciones legales contra la modificación normativa que permite excepcionar la reserva funcionarial en la Dirección General del Tesoro, tras el nombramiento del nuevo director general, Pablo Sánchez-Blanco. Así lo ha confirmado la Federación Española de Asociaciones de los Cuerpos Superiores de la Administración Civil del Estado (Fedeca) que interpondrá los recursos que puedan corresponder contra el Real Decreto 644/2026, de 28 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, de estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, para incluir a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera entre los órganos cuyos titulares pueden ser nombrados sin ostentar la condición de funcionario de carrera del subgrupo A1 o equivalente dentro de la función pública, al amparo de la excepción prevista en el artículo 66.2 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.. Un apaño legal que ha aprovechado el Gobierno para nombrar a Sánchez-Blanco, cónyuge de Pilar Sánchez Acera, ex alto cargo de Moncloa y presunta filtradora de los correos del novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. Por ello, la Federación considera que esta modificación normativa amplía de forma «injustificada» el alcance de una excepción que el legislador configuró como extraordinaria y estrictamente motivada, con el consiguiente riesgo de «desvirtuar» la regla general que reserva determinados puestos directivos de la Administración General del Estado a funcionarios de carrera.. Una cuestión que, entienden, «trasciende cualquier caso concreto, porque lo verdaderamente preocupante es el uso y abuso de modificaciones normativas para ampliar el ámbito de excepciones», que deberían ser extraordinarias, hasta el punto de «alterar progresivamente el modelo de dirección pública profesional» diseñado por el legislador. «No cuestionamos la capacidad profesional de ninguna persona. Lo que cuestionamos es que se utilicen modificaciones normativas para ampliar excepciones que la ley concibe como extraordinarias. Las excepciones no pueden convertirse en la regla», ha denunciado la presidenta de Fedeca, Ana Ercoreca, que insiste en que la profesionalización de la Administración no puede quedar «al albur de cambios normativos que debiliten los principios de mérito, capacidad, objetividad e independencia que deben regir las instituciones».. FEDECA recuerda que el artículo 103.3 de la Constitución establece que el acceso a la función pública debe regirse por los principios de mérito y capacidad. Asimismo, el artículo 66.2 de la Ley 40/2015 configura como regla general que los directores generales sean nombrados entre funcionarios de carrera del subgrupo A1, permitiendo excepciones únicamente cuando las especiales características de las funciones del órgano así lo justifiquen de forma expresa.. La Federación considera que esta reserva funcionarial «no constituye un privilegio corporativo, sino una garantía institucional al servicio de la ciudadanía. Su finalidad es asegurar que quienes ejercen funciones de dirección pública y ejercen potestades administrativas lo hagan desde la profesionalidad, la objetividad, la independencia y el sometimiento exclusivo al interés general». Por ello, advierte de que la generalización de este tipo de modificaciones, sin ninguna salvaguarda, puede terminar vaciando de contenido la reserva funcionarial prevista en la Ley 40/2015″.. Desde Fedeca han querido dejar claro que «no cuestionamos la capacidad profesional, la trayectoria ni la vinculación al sector público de Pablo Sánchez-Blanco Mancera. Nuestra posición se dirige exclusivamente a la modificación normativa y al precedente institucional que esta puede generar».

 

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